El embargo de salarios en Costa Rica está regulado en el artículo 172 del Código de Trabajo, cuyos puntos esenciales detallamos a continuación:
– Salarios menores al Salario minino de Ley son inembargables.
– El salario Mínimo de Ley se entiende como el menor salario que por decreto fija el Gobierno cada seis meses.
– Para el Primer semestre del 2016, este salario es de ¢258.915
– Como se determina el monto a embargar de un salario: se necesitan tener tres elementos:
o El salario bruto de el trabajador y restarle las cargas sociales (salario-9,17%) lo que llamaremos “suma liquida”.
o Salario mínimo de ley vigente.
o Entonces le restamos a la “suma liquida” el “Salario mínimo” resultando el salario a embargar.
Entonces, Si el salario bruto es igual o menor a tres veces el salario mínimo vigente, se puede embargar hasta una octava parte de el salario a embargar.-
Si el salario bruto, supera más de tres veces el salario mínimo vigente, la suma restante se puede embargar hasta en una cuarta parte del resto.
Que pasa si existen diferentes acreedores, lo que se conoce como “en fila”:
La formula y los montos indicados no varían si es un acreedor o varios, el monto a embargar no varia, excepto si es por pension alimentaria, que ese caso es de hasta en un 50%.
Entonces, de existir varios acreedores, el que esta de segundo “en la fila” debe de esperar a que se pague la deuda del primero, y entonces, tomara el lugar y empezará a recibir dinero por el embargo, asi sucesivamente.-
yo tengo una tarjeta de credito de banco uno no la pago hace 1 año tengo miedo que me emabarguen el salario y tengo 1 semana 1/2 de tener este trabajo donde me depositan en el banco de CR que puedo hacer x mes gano 210.000 colones
gracias
Las empresas de Tarjetas de Crédito tienen una plataforma de investigación bastante efectiva, consultando la CCSS, y otras fuentes, pronto se enterarán de su nuevo trabajo y gestionarán el embargo del salario, conforme las reglas actuales, el monto a embargarle seria entre 11.500 y 12.500. por mes.
Licencia Pereira.
Miles de bendiciones y muchas gracias por su pronta respuesta.
Buenas como funciona el tremite de embargo de salario es discreto o no?
Hola Geannina, si entiendo bien su pregunta, es si la comunicacion es privada, pues la corte la envia a su patrono y deberá este mantenerla y manejarla con discrecion, no obstante sepa que existen una serie de empresas que manejan bases de datos crediticias y recopilan informacion de la Corte, por lo que sucede a menudo que esta information aparece en esta bases de datos. Saludos
Una consulta, cuanto tiempo dura congelada una cuenta por concepto de embargo? cuando se envía a una empresa el aviso de embargo se congela inmediatamente o es después? apartir de que momento se descongela?
Estimada Ivannia, una orden de embargo es remitida por un Juez de la Republica, entre otra cosas contiene el monto total a embargar, entonces, dependiendo de el monto que se le puede rebajar de su salario, asi durará el el salario embargado. El patrono recibe la orden del juez embargar y la debe de acatar de inmediato, sea en el pago del salario mas proximo, cuando el monto del embargo se cumple, entonces igual debe de detener las retenciones del salario.
Buenas!!! Mi consulta es la siguiente: ¿qué sucede cuando un patrono recibe notificación de embargo salarial para alguno de sus colaboradores, y éste en varios meses posee un salario inembargable?
Muchísimas gracias desde ya por su respuesta
Estimada Evelin, la orden de embargo se debe de mantener hasta que sea posible retener suma alguna. Recomiendo: mantener la orden vigente, una vez aue surja suma a embargar consultar al empleado a ver si cancelo la deuda, sino, proceder al embargo, En situaciones similares, he recomendado a los patronos a contestar al Juez indicando que en este momento el salario no puede ser embargado. Buen Dia.
Buenos días.
Cuántos meses de atraso de una deuda o fianza, deben pasar, antes de que se envíe un trámite a cobro judicial
Estimada Kathia, Usualmente los contratos de prestamos definen que despues de un mes de atraso en el pago, la deuda se torna exigible y se puede enviar a cobro Judicial. Cuando una cuenta no esta en atraso, el deudor tiene que pagar solo el pago mensual, pero al caer en mora, entonces, por ley y por lo que dice que contrato, el acreedor puede cobrar toda la deuda. Suerte!
Tengo una pequeña duda. Nos llegó una orden de embargo de salario para un empleado que gana ¢ 96.000,00 por mes por medio tiempo de labores. Es embargable este salario?, según la legislación creo que no… pero me gustaría su ayuda. Gracias
No es embargable, de hecho por algunas dudas que surgieron, le consultamos a el Ministerio de Trabajo y lo confirmaron. el salario que percibe sea por medio tiempo o tiempo completo no alcanza el minimo legal embargable. suerte!
Estimada Licenciada
Tengo 3 embargos. En este momento ya cancele el primero. Esto lo saque sumando todas las deducciones que me han hecho en el trabajo y supera en creces la suma que debía cancelar indicada en la orden del juez. Mi pregunta es ¿debo ir a la corte para indicar que ya cancele y pasar al segundo embargo, o puedo dejar que me continuen haciendo las deducciones y esa plata pasara al segundo acreedor automáticamente? ¿Cómo funciona?
Buenas,
Tengo varias tarjetas de credito pero de momento aun cuando gano muy bien, no les puedo hacer frente.
Que sucede en el caso que me lleguen por ejemplo 3 o 4 embargos de mi salario a la empresa?
En el caso de Servimas, me envian una nota que si no pago, ademas de embargarme el salario me haran embargo de bienes de mi casa? Eso lo pueden hacer? (no se, me imagino que TV)
Gracias
Irenne, si le llegan 3 o 4 embargos, entonces el que llegue primero es al que se le va a empezar a pagar de primero, y asi sucesivamente. dentro de las cosas por embargas, estan el salario, los bienes inscritos, casa o carro, y el sus biene de la casa, con excepcion de los inenbargables, como por ejemplo, un solo televisor, los enseres necesarios para subsistir son inenbargables. saludos
Saludos Irenne,
1. cuando se embarga un salario el Juez le envia a el patrono una “orden de embargo” en esta orden esta el monto maximo a embargar, una vez que se llega a ese monto, entonces el patrono debe de dejar de retener de su salario, si esto ya paso entonces comuniquele a su patrono esto.
2. el patrono procede entonces a retener por el segundo embargo.
3. le recomiendo que se cerciore que en el proceso donde le estan embargando usted hya esta notificada, pues de no estarlo, y su salario esta embargado por mas de tres meses, podria hacer con un abogado una gestion que se llama desercion, con esta, se castiga al acreedor por no actuar con celeridad, y dentro de las consecuencias esta la de que las sumas embargadas se las reintegran.
Hola tengo 3 meses sin trabajo por que la compañia se declaró en banca rota, ahora estoy apunto de pasar a cobro judicial por unas deudas con tarjetas de crédito. Aún si no estoy trabajando me pueden mandar a cobro judicial?
Gracias!
Solo me ha llegado una notificacion que ya recibi, pero aun no me han embargado el salario.
En el caso que me notifiquen que me van aembargar los bienes de la casa, que proceso se corre? por ejemplo, si en mi casa hay 2 tv pero solo una es mia, o si los aparatos no tienen factura? gracias!
Estimada Karina, no hay duda que puede ser enviada a Cobro Judicial, la razon o el sustendo para enviar a cobro es el atraso en los pagos, y en teoria lo unico que detiene el cobro es el pago.
Irenne, no importa si le han notificado o no, los embargos el juez nos ordena sin mas ni mas, esa notificacion que le fuera entregada,. le otorgó un plazo de 5 dias para oponerse a la demanda, reclamar sobre los intereses, etc. si no lo hizo debiera de apersonarse y revisar el expediente, es bueno que contacte un abogado para que la tome en cuenta el Juez cada vez que toma una decision.
En cuanto a los bienes a embargar, una maxima del derecho dice “la posesión vale por titulo”, esto es el apoyo que tiene el acreedor para ordenar embargo de los bienes que estan en su casa, para evitarlo, tendria que tener a mando cuando llegue el juez una factura u otro documento que haga constar que no son suyos.
Mi consulta es, una compañia de una tarjeta de credito me indico que no solo me iban a envargar mi salario, sino tambien mis vienes, les informe que no tengo casa propia ni auto, y estos me imformaron que se haria un inventario de mis cosas y que literalmente tomarian posecion de estas. Es esto posible?
Hola, Hace 5 meses perdí mi empleo y comencé hace 1 semana a laborar con un salario muy bajo, lo que tampoco me permite honrar mis deudas como desearía.
Me aconsejaron poner mi casa que tiene una hipoteca como bien patrimonia para evitar alguna medida contra ella. Ofrece alguna protección real esta figura? “Bien Patrimonial”
Gracias de antemano por la respuesta
donde uno puede consultar online y ver las deudas que se tienen y el estado o si hay algun cobro en contra de uno ya sea como deudor o fiador
La regla con bienes muebles, (televisores, dvd, etc) que no se inscriben, es que el que posee es el dueño. entonces, si usted usa un reloj por ejemplo, se lo pueden embargar (es un ejemplo!) igual con el televisor, la prueba que vale en contra de esto es la factura de compra de ese televisor o de ese reloj donde consta que usted no lo compró. Entonces, tome en cuenta esto para que se prepare. Ahora tambien considere que no todos los bienes son embargables, los enseres de la casa necesarios para vivir no son embaqrgables, la refrigeradora, la cocina, el televisor, son embargables aquellos adicionales, o extras, sea un segundo televisor por ejemplo.
El art. 42 de El Código de Familia regula la habitacion Familiar, o bien patrimonial como usted le llama, esta figura da gran proteccion, pero como toda regla tiene sus excepciones:
1. deudas contraidas por ambos conyuges, no estan incluidas.
2. deudas anteriores a la fecha de que se afecto o se puso en patrimonio.
saludos
Tengo varias deudas de tarjetas de credito de hace mas de un año. Hace 1 semana empece a trabajar y deseo pagar mis deudas, pero los arreglos de pago no se ajustan a lo que puedo pagar por mes. Me dijeron que si no pagaba al finalizar este mes me van a embargar el salario. Mi salario es de 400.000 colones. cuanto me rebajarian por mes de embargo y que consecuencias trae esto? Hay alguien que pueda administrar mis arreglos de pago? me pueden despedir de mi trabajo si aparezco con un embargo?
Estimado Carlos, en este momento todas las bases de datos que manejan esa informacion son privadas, usualmente los bufetes pagan por tener acceso a ella, asi como empresas que venden a credito. Una opcion no online, es que visite la SUGEF, que esta al costado oeste de el Banco Credito Agricola de Cartago en San José, y solicite una certificacion de su situacion crediticia, ahi mantienen esos records. Llame antes de ir, es mejor confirmar los requisitos. saludos
Hola.
Mi consulta es la siguiente. A alguien que fallece y tenia una deuda con alguna empresa y tiene una propiedad una vez fallecida le llega la notificcion de embargo le pueden quitar la propiedad.
La persona firmo 1 año y emdio antes de fallecer.
y hasta despues de ese tiempo la empresa llego a cobrar y se dio cuenta que habia fallecido.
Buenas le agradezco por el tiempo que se toma para responder a las consultas de las personas, hace ya varios meses que no ha podido pagar una deuda que tengo con un emisor de tarjetas de credito por multiples razones, cuando me llamaron para informarme que me iban a embargar yo les informé que estaba bien ya que de veras no podía pagar la desorbitante cantidad que me pedian mensualmente, luego procedieron a decirme que iban a embargarme bienes y como les comente que no poseo nada a nombre mío ya que todo esta a nombre de terceras personas, estuvieron llamando para lo mismo hasta hace poco que les dije que si no comprendía que procedieran con el embargo de salario y desde entonces no me han llamado más, mi consulta es cuanto es el monto a embargarme si gano 265 mil, aparte de rebajar las cargas sociales y demás cosas, cuanto es el monto a embargarme.
Agradezco su ayuda y que dicha que hay este tipo de paginas para evacuar las consultas que tenemos las personas ya que las entidades de tarjetas tratan a los usuarios como tontos y hacen amenazas con cosas tan vitales como quitar las cosas básicas de enseres y por ello las personas se estresan provocando enfermedades.
Cual es el monto embargable por el salario de ¢257600 mensuales
Estimado Carlos, presenté una afectación de bien patrimonial para proteger mi casa de un embargo. Quisiera saber. Si la solicitud de embargo por parte del abogado a la juez apenas se me acaba de notificar; pero todavía la juez no se ha pronunciado y la afectación está para mañana por quedar registrada. Cabe aquí siempre el embargo?
Estimada Eugenia, solo para aclarar me llamo luis, el tema de las afectacion a patrimonio familiar en su caso no importa el proceso judicial SINO LA FECHA EN QUE SE CONSTITUYO LA OBLIGACION NO PAGADA. entonces, si usted firmo la deuda antes de la inscripcion de la afectacion, SI PUEDE SER EMBARGADA.
Estimado Luis (21 marzo) efectivamente la muerte no es una causa de extincion de las obligaciones, el acreedor puede abrir un proceso sucesorio y perseguir los bienes del difunto. En ese proceso sucesorio le van a nombrar un representante al fallecido (albacea) y este va a defender y representar al quien falleció.
Si una persona tiene un salario líquido de 500000 colones y le cae un embargo de 2 millones, ¿cuánto le pueden rebajar? Ahora, si le embargan el 50 por ciento de la pensión alimentaria, ¿cómo harían el cálculo al respecto?
Gracias
Si una persona tiene un salario líquido de 500000 colones y lo embargan por una deuda de 2 millones de colones, cuánto le tienen que rebajar. Ahora, si posteriormente le cae un embargo de 50% de la pensión alimentaria, cómo se calcula ese asunto.
Muchas gracias.
Estimada Carmen, (24 marzo), un salario como el que me indica 265.000, se le puede embargar mensualmente aproximadamente 32 mil colones.
Estimado Andres, (24 de marzo( un salario de 257 mil colones aproximadamente se le puede embargar 28.500 colones.
Estimado Jesus, (20 de marzo) un salario de 400.000 mil puede ser embargado hasta en 77.400 colones aproximadamente.
En teoría laboral no podría un patrono despedirlo por esa razón, de hecho si lo hiciere podría acarrear esto una condena por daños y perjuicios.
Podria contratar un abogado para que se encargue de contactar los acrreedores y llegue a arreglos de pagos con ellos. Todo depende de la voluntad y la capacidad de pago que tenga en este momento.
Buenos días! Mi consulta es la siguiente: que otro motivo puede impedir un embargo se salario, aparte de ganar menos del mínimo de ley?
Gracias de antemano por su amable respuesta.
Buenas Don Luis, Mi consulta es la siguiente, En estos dias estoy por salir del pais pues la compania para la que trabajo me enviara a una de sus filiales. Recien he tenido problemas para cancelar cuatro cuentas que tengo con tarjetas de credito, tres mias y una de fiador. Gano 680 mil y me rebajan del salario 210000 de un prestamo con otro banco. Ya dos companias de tarjetas me dijeron que me van a embargar, pero no me han notificado. Si me embargaran pueden rebajarme dos embargos simultaneamente, no tengo bienes a mi nombre y lo unico que tengo embargable es mi salario. Segun mis calculos me quedarian solo como unos 50 mil colones despues de la cuota del prestamo y los embargos si me pueden hacer mas de uno a la vez, es asi? Tambien, que pasa si me voy y aun no me notifican? Tengo entendido que con la nueva ley igual no importa asi que dichas deudas no prescribirian nunca. Es asi? Si me voy despues de notificado si llegarian a prescribir? Si me notifican y embargan y decido quedarme y perder la oportunidad para haceles frente, los embargos prescriben? o estoy ante el resto de mi vida embargado? un embargo de ocho annos despues de uno de veinte y despues uno de … Gracias.
Los embargos no pueden ser simultaneos, se atienden en “fila” conforme se paga uno. Y como en la vida como en el Derecho todo prescribe. Si sale de el pais antes de que le notifiquen, honestamente le complica el proceso al acreedor, pues el tramite se detiene si no se notifica a el deudor.
Estimada Ana (marzo 27) Puede ser que tenga una pension alimentaria, que tenga otro embargo, básicamente esos. saludos
Estimado Antonio marzo 26, El embargo ronda los 35 mil colones por mes, no obstante, si tiene pension alimenticia entonces primero se le rebaja la pension y al monto restante se le debe de aplicar el embargo, sin dejar de lado que si luego de rebajar la pension se acerca el monto no embargable, entonces la suma a rebajar por embargo es menor o ninguna.
Buenas. actualmente mi salario es de 700 mil bruto, tengo varios embargos, y la compañia actualmente me rabaja dos embargos simultaneos de 50 mil mensuales cada uno.
Como puedos hacer para que me rebajen solo 1 embargo. O me rebajen menos ya que estoy pagando mas prestamos en una asociacion.
Muchas gracias.
Estimado Lcdo(a), muchas gracias por su atención. Mi situación es la siguiente, debido a la crisis el negocio propio que tenía quebró por lo cuál no puedo hacerle frente a las deudas que tengo. No poseo bienes a mi nombre, vivo en la casa de mi madre, poseo una pensión alimenticia por la suma de ¢225,000.00. Actualmente poseo un trabajo donde devengo ¢226,000.00 de salario base y un estimado de ¢150,000.00 de comsiones. El embargo es eminente, cuál sería el monto a embargar en mi salario y como me afecta en el mercado laboral esta situación?
Probablemente me embargen el salario por que no tengo ningún bien inscrito, lo otro es que probablemente me den una casa de bien social, la pregunta es ME PODRIAN EMBARGAR LA CASA DE BIEN SOCIAL ? y si no es así hasta cuanto tiempo la pueden embargar o nunca la pueden embargar.?
Buenas tardes, estimado luis, quisiera saber cual es el monto a embargar por un salario de 280,000 colones ademas hace 3 meses vendi el unico bien que tenia a mi nombre un “vehiculo” y la notificacion de cobro judicial no me a llegad, sobre ese bien ya vendido no puede caer ningun embargo cierto?? y si no tengo ningun bien lo unico embargable es mi salario o los bienes muebles como tv, DVD, etc, tambien pueden ser embargados y de ser asi como se demuestra que son del deudor??? de ante mano le agradezco las molestias……
mi esposo recien va a entrar a trabajar con el gobierno, pero por problemas de salud no ha podido hacerle frente a unas tarjetas de credito y teme que al embargarlo lo puedan despedir en el periodo de prueba. Sera cierto esto?
Me gustaria saber cuanto seria un embargo en un salario de 240 mil mensuales? gracias
Buenas…Mi consulta es la siguiente.. En un trabajo temporal como el mìo que es interino, que unos meses trabajo 15 dìas, otros meses màs, otros menos. Podrìan embargarme? yo no percibo un salario mensual, a veces sì, a veces no.
Estimado Ignacio (abril 6) el artículo 172 del Código de trabajo, parrafo 5to,: “Aunque se trate de causas diferentes, no podra embargarse respecto a un mismo sueldo sino unicamente la parte que fuere embargable conforme a las presentes disposiciones”.
Esto significa que el monto de los embargos no puede exceder el monto que conforme ese mismo articulo define. le recomiendo leer el primer comentario que escribi para que conozca cuando es lo mas que le pueden embargar. suerte
Estimado Leandro (april 7) todos los ingresos que usted perciba producto de su trabajo se contemplan como ingresos, consecuentemente el total es embargable, en su caso se tendria que tiene un ingreso bruto de 376.000, y una pension alimenticia de 226.000, quedando un monto restante a embargar MENOR AL DE LEY. por lo que no es susceptible de embargo. los embargos afectan directamente su nivel crediticio y talvez algun empleador pueda considerar esto no positivo.
Estimado Manuel (abril 7) le comento que un salario de 280.000 puede ser embargado hasta 37 mil colones por mes. Tome en cuenta que si le embargan el salario y no ha sido notificado y el embargo opera durante mas de tres meses sin que le notifiquen de la Corte, puede utilizar la “deserción” esta medida le daría el chance de que el Juez de por terminado el proceso y ordene devolver el dinero embargado hasta ese momento, no quiere decir que no debe el dinero, sino que se considera desinteres del actor el no notificarle. Para esto es necesario que contacte a un abogado.
Los bienes muebles (televisores, radios, dvd, etc) se tiene como a su dueño el poseedor, sea el que los tiene o los usa, entonces, esta seria la prueba de que son suyos, contra esto la prueba contraria seria facturas donde consta que tales aparatos no son suyos
Estimada Mariana (abril 8 ) le comento que durante el periodo de prueba el patrono puede despedir al empleados sin que sea necesario apoyarse en una razón o base, el embargo de salario en condiciones normales no es causal de despido, sin embargo, podría un patrono considerar esta situación del embargo como algo nocivo.
Estimada Mariana, (abril 7) un salario de 240.000 puede ser embargado hasta en 23 mil colones.
Estimada Mayela, (abril 12 ) no importa si es temporal intermitente o continuo, el salario es embargable por ley, ahora lo que se debe de contemplar es el monto que esta percibiendo pues salario o ingresos menores en su caso, a 175.000 colones (bruto) son inembargables.
la pregunta es la siguiente, servi como fiador y en una ocasion solicite un credito este tipo de problemas tiene un tiempo en que preescribe o por una vida tiene uno manchado el estado de credito
Buenos dias,
Mi esposa posee una deuda con una tarjeta de credito,actualmente esta sin trabajo y no ha podido formalizar un arreglo de pago,sumado a esto la entidad financiera la esta amenazando con embargar la casa del padre de ella,me parece que esto no es posible ya que he escuchado que solo se pueden embargar bienes a nombre del deudor,pero me gustaria corroborar esa informacion.
Gracias.
ME PUEDES DAR UN EJEMPLO DONDE SE EMBARGUE EL SALARIO EN UN 1/4 Y 1/8 PARTE, GRACIAS…
Tuve un negocio el cual quebró, todas las tarjetas crediticias y de la empresa quedaron sin pagar por un periodo de 2 años, hasta ahora logre conseguir un buen trabajo en el que gano bastante 900,000 neto, pero por mutuo acuerdo me van a embargar la MITAD por PENSION, mi pregunta, es teniendo la mitad del salario embargado por pension, me pueden ebargar el resto por deuda de tarjetas? y cuanto sería?
Estimado Luis, una consulta, actualmente tengo un salario de 550.000 colones, estoy en tramites de una pension alimentario por 150 mil colones. Entonces en el momento que tenga la pension alimenticia, cuanto seria el monto maximo que me puedan embargar. No se si entiendo bien , pero seria 550 mil colones , menos 9%, menos salario minimo , menos pension. Sobre este monto seria la base para el Embargo.
Gracias por su asesoria.
Estimado Jose (abil 16) Las deudas a no se ser que sean naturales ( de confianza) están amparadas en un contrato, en ese contrato se dice quien debe, quien paga, cuando, como, intereses, ect, cuando existe atraso en los pagos entonces ese contrato se envía donde un Juez y este acata las instrucciones que el mismo contrato tiene, En el caso que me comenta, a menos que su suegro sea fiador, no existe forma de que los bienes de el sean embargados.
mi situacion es que estoy algo endudado , tengo una tarjeta de credito por 500.000 cls , pero los pagos minimos son muy altos por lo que hido pagando partes de estos pagos todos los meses , quedadando algunas partes sin pagar , he intentado hacer un arreglo de pago con esta entidad y ellos dicen que por politica de ellos no realizan arreglos de pago que se debe pargar asi sea pidiendo prestado …. ahy en costa rica alguna ley que indique a este tipo de instituciones obligadamente a readecuar deudas o a realizar arreglos de pagos , y ellos podrian embargar si todos los meses se les esta pagando partes de estos inmensos montos que piden ?
Mi consulta es, un estudiante se matriculó en una universidad píbluca en el 2007 y luego retiró las materias pero no ha pagado el monto de matrícula que se aproxima a los 160000 y ahora está trabajando y gana aproximadamente 420000 mensuales. Le pueden hacer cobro judicial?? Por cuando sería el embargo de salario???
Buenas: mi consulta seria que consecuencias trae un embargo salarial, si uno cancela todos los embargos que tuvo, puede volver a solicitar credito en el futuro o del todo queda imposibliltado.
Muchas gracias.
Tengo 2 deudas o préstamos en cobro judicial como consecuencia de un quebranto de salud tan importante que en un final forzó mi renuncia al trabajo, pero ese es otro tema para desarrollar. Actualmente, gracias a Dios, mi salud mejoró y me ha permitido trabajar; no tengo patrono; me desempeño como enfermero bajo contrato por servicios profesionales. Hace 1 mes, mi esposa, de profesión enfermera, y yo, en común acuerdo, vendimos nuestra casa y compramos otra con ayuda del Banco Nacional. La deuda y la propiedad quedó a nombre de mi esposa y queremos que en caso de que ella fallezca, tanto mis 3 hijos menores de edad como yo, en iguales condiciones, disfrutemos de la casa…
Pregunto: ¿Si pago un seguro social voluntario para mí y sigo cotizando o bien pagando cuotas para una futura pensión, es posible el cobro judicial?… ¿Cómo sería?… ¿De no ser posible el cobro judicial, cuándo prescriben y por qué mis embargos?… Estamos claros que no es posible una Habitación o Patrimonio Familiar a mi favor… ¿Entonces, cómo puedo ser beneficiario, junto con mis hijos, de la casa que acabamos de comprar si mi esposa muere?…
Buenas mi consulta es la siguiente:
Si uno tiene varios embargosos, con el tiempo logra pagar todos, es posible solicitar credito o en definitiva esto no se puede. existen entidades finacieras que ayudan a personas que tengan embargos?
Muchas Gracias
Estimado licenciado
Si una persona ha sido embargada, pero la notificacion no ha sido recibida por el demandado. que procede?
Si esta persona, tiene un salario de¢305.000 mensuales: menos cargas sociales, prestamos banco Popular, Coopeservidores, y otras deducciones, que a fin de cuentas el salario liquido mensual es de ¢60.000, cabe el embargo
gracias
Buenas tardes Licenciado y todos los lectores.
NO se si este foro es el correcto para hacer mi pregunta, pero aun así la haré y agradezco de inicio cualquier respuesta. Veo que todos hablan de las deudas que tienen y sus dudas recaen en cuales serian las consecuencias por no pagar. Mi duda es contraria a la de ellos, porque yo no tengo una deuda, más bien un conocido tiene una deuda conmigo y no me ha pagado y tampoco me regresa mi mercancia, no es una cantidad considerable, y aunque se especifica que mes con mes habrá un cobro de intereses sobre lo adeudado, no he recibido pago ya desde hace más de un mes… a dónde puedo recurrir o es probable que yo pueda recuperar mi dinero y además en caso de un abogado cargarle los gastos del juicio? o no hay nada que lo obligue a pagarme y la deuda expirará en un tiempo determinado? Saludos
Gracias…
Estimado Luis Carlos del 15 de abril, Toda las obligaciones tienen un plazo de prescripción, entran en juego una serie de elementos para definir la prescripción, por ejemplo, 4 años las letra de cambio desde la fecha de vencimiento; 1 año las facturas, etc.
Sin embargo, existen también actos o acciones que interrumpen esa prescripción y hacen que el plazo empiece a correr de nuevo, como por ejemplo la notificación que se hace en un proceso de cobro judicial.
Esdtimada Tribinad (abril 16) Seran todos aquellos que superen en tres veces el salairo minino, los que entonces seria los que superen los 450.000 mensuales, sobre ese ,monto el excedente
Estimado Juan (16 de abril)
Si señor, tomando en cuenta su salarios cargas sociales, la pension alimentaria, impuestos, aun queda un rango de salario embargable, en alrededor 25 mil colones por mes.
Estimado Alonso, (16 de abril ) Su formula esta correcta, esa seria la base de el embargo, que podría ser de alrededor de 16.000 colones.
Estimado Julio (18 de abril )El contrato que se firma con para un crédito o préstamo (digamos una letra de cambio o u pagare) contiene “las reglas de juego”, al firmarse se sabe que reglas se tienen que seguir, por ejemplo, intereses a pagar, fechas de pago, etc. Igual dice que pasa si no se paga, tanto el contrato como la ley son claros en esto, al entrar en mora (no pagar la totalidad de una cuota) la deuda se torna exigible toda, lo que en español es LE PUEDEN COBRAR TODA LA CUENTA!!!. Entonces, los arreglos de pagos son una opción que si quiere la usa el acreedor o no. Pero es optativo.
Ariana 19 de abril Si la Universidad tiene un documento garantizando esa cuenta, entonces si le pueden embargar al salario, que podría rondar en los 80 mil colones x mes.
Mi pregunta es la siguiente si soy fiadora de una cuenta y por cualquier razón esa persona deja de cancelar la deuda y yo tengo que asumirla, ¿Que puedo hacer para recuperar ese dinero con la persona a la que fie? Yo puedo embargarle alguna maquinaria, o mobiliario para recuperar esto
Estimado Luis, que pasa si salgo del país, para evitar la notificacion ante un eminente cobro judicial? Cuál es el tiempo en el que preescribe una deuda por tarjeta de crédito?
Muchas gracias
Mi consulta es al respecto de los embargo en caso de personas que NO poseen salario, ni bienen a su nombre. Pero que viven con los papás, en ese caso los enseres de la casa de los padres son embargables?
Estimado Luis Diego o (abril 25) Prescribe dependiendo de que tipo de garantía tenga el acreedor, usualmente se firma una letra de cambio y prescriben a los 4 años. Si le comento que un cobro judicial tiene varios efectos, embargo de bienes, embargo de el salario, embargo de cuentas bancarias, anotación en su record crediticio, esto sucede estando usted o no, y de hecho si sale del país, el acreedor le puede pedir al Juez que le nombre un representante, por lo que igual será notificado. Si usted no tiene, bienes, ni salario, ni cuentas bancarias, el efecto seria el mismo este o no en el país
Estimada Ariana, april 26, no son embargables en el tanto se pueda demostrar que no son suyos, o mas bien que son de sus padres, los bienes muebles o enseres se consideran de el que los posee, “la posesion vale por titulo”, entonces, tenes a mano las facturas de compra de estos, es una buena medida para mostrarle al Juez.
Estimado Ignacio (20 de abril) Efectivamente aunque cancele los prestamos, existe un periodo en el cual su crédito tiene una baja calificación, le invito a visitar el site de la sugef, que es la entidad estatal que lleva estos records.
gracias por el espacio tengo dos consultas, sucede que la compañia donde estaba trabajando comenzo a hacer despidos masivos y hace dos dias sucedio lo siguiente una excompañera mia se le sorprendio cobrando sin entregar la factura al cliente, la jefa según ella considera que eso es una falta grave y por tanto le ofrece el siguiente trato: si la despide seria sin responsabilidad patronal y la perjudicaria para buscar otro empleo asi que le ofrece a ella que renuncie “voluntariamente” y ella decide aceptar el trato además parece que hoy hicieron eso con dos compañeros más Es eso legal?, se puede hacer algo?
Ahora este es mi caso: yo fui despedido el 19 de enero del 2009 y la empresa me pago la liquidación, el día del pago me dieron el documento donde venia el monto total a pagar 365 mil colones ese documento lo recibí y firmé pero resulta que yo tenia un faltante de caja que yo estaba pagando con mi salario, ellos al final y después de haberme entregado el documento me entregaron dos cheques uno por el concepto de cobro de faltante de caja y el otro por concepto de lo que me quedaba para mi, en ese momento desconocía de mi derecho a recibir mi liquidación integra sin embargo a la muchacha le pedí una copia del concepto de cobro que ellos me estaban haciendo por que me pareció extraña su actitud, yo pensando en que ese cobro era legal decidí endosar ese cheque para ellos, pero le pedí la copia del documento donde ellos me estaban cobrando ese dinero la pregunta es: ahora que ya sé que ese cobro no es legal podría yo reclamar ese dinero tome en cuenta que yo fui a al ministerio de trabajo y lo que me dijeron era que fuera a los tribunales y presentara los documentos para establecer una demanda, mi duda es que yo al haber firmado el primer documento en donde dice que yo doy por satisfecho y recibido la liquidación completa pueda demostrar con el otro documento que ellos me hicieron ese cobro. Adjunto copia de los documentos.
Buenas, don Luis, dos preguntas:
A/ En que artículo y en cuál Ley se sustenta el hecho de que cuando hay varios embargos, deben de ejecutarse en fila; hago la pregunta porque según la página del Ministerio de Trabajo se indica que pueden aplicarse varios embargos a la vez.
B/Hay una propiedad hipotecada y con afectación al patrimonio familiar, las deudas(Tarjetas) en cuestión fueron adquiridades antes de la afectación al patrimonio, pero los problemas de pago ocurrieron tiempo después de la afectación. Se encuentra esta propiedad en peligro? Si es correcto como procede el acreedor, ya que la propiedad esta hipotecada? Si el acreedor ejecuta el embargo, puede en este caso quitar la propiedad? Muchas gracias
Sr Luis,
Puede ser objeto de embargo una computadora de escitrorio con impresora y UPS? Actualmente es utilizada por niños para las tareas escolares.
Puede ser objeto de embargo un DVD y un equipo de Sonido?
Qué pasa con activos personales como una aspiradora de Casa en donde es necesaria, ya que hay una persona que padece de asma? ó por ejemplo silla de ruedas, tanque de oxígeno cuando alguién lo requiera?
Muchas gracias
Buenas don Luis,
Si una persona paga pensión Alimenticia, le pueden rebajar otro ú otros embargos producto de varias deudas, o los acreedores tienen que esperar a que termine el plazo de la pensión? Como funciona esto a nivel de empresa, ya que según la empresa si el monto a embargar alcanza para rebajar la pensión sí pueden ejecutar más embargos.
Gracias
Mi consulta es cuánto cuesta traspasar un vehículo de valor de mercado de aproximadamente ø2.800.000,00.; para hacerlo requiero de un abogado? Para ahorrar en el costo del trámite puedo hacerlo por un monto mucho menor? Y lo otro es si en las hojas de deliciencia aparecen los cobros judiciales?
Mi consulta es la siguiente tengo una deuda con una tarjeta de credito pero no estoy laborando aunque yo podria eventualmente hacer un arreglo de pago con la empresa ellos se niegan a hacerlo, la pregunta es? No es mas factible para ellos en mi caso no tengo propiedades ni vehículos para poder embargar ni siquiera un salario, pero yo les ofrezco darles un monto por mes y se niegan a aceptarlo, esto es legal? y como proceden en mi caso?
Gracias por la ayuda
Estimado Ignacio del 23 de abril; Luego de que un crédito en mora (pagado atrasado o en cobro judicial) es cancelado, tardan varios meses en que el record crediticio es mejorado, la idea de esos records crediticios es que el sistema financiero este ”depurado” y que menos prestamos se atrasen.”
Buenas estimado Licenciado.
Tengo una consulta. Tengo un embargo de salario. Tengo la orden del Juez la cual dice que es por X cantidad. Cantidad que ya cubri según las deducciones de mi salario (esto lo puedo comprobar con las boletas de pago). Sin embargo al llamar al Bufete que lleva el caso me dice que aún no la he cubierto porque los intereses han seguido corriendo y más bien debo una cantidad exagerada de más, aduciendo que no es la cantidad que el Juez emite en la sentencia lo que debo pagar. Mi pregunta es si esto es cierto? dando entonces por un hecho que la cantidad que el Juez establece en la orden de embargo no es valida? yo tenia entendido que la cantidad que debía pagar es la que el Juez indica en la orden de embargo, de lo contrario nunca terminaria el embargo. Gracias por la ayuda.
Estimado Jose Luis del 23 de abril Las notificación no es necesaria para que se pueda embargar el salario, de hecho es muy usual de que los deudores se enteren del juicio cuando les embargan el salario. Si a alguien le embargan en salario y pasan mas de tres meses sin que le notifiquen puede – con asistencia de un abogado – pedir que declaren el juicio desierto, cuya consecuencias son: que el juicio se acaba y deben de empezar de nuevo otro, y que las sumas que le embargaron se las devuelve el Juzgado. Ahora, las deducciones que proceden para definir el monto a embargar del salario son las que indique en mio comentario que inicia este blog.
Estimada Daniela del 23 de abril,Tiene usted suerte, la presión por deudas es muy grande en estos momentos, en condiciones normales o conforme la regla esa obligación o deuda debiera de estar en un documento )por escrito) donde consta entre otras cosas: el monto adeudado, la forma de pago, el interés, etc. Entonces si el deudor se atrasa, siguiendo las reglas, usted debe de contactar un abogado, y presentar ese documento a un juez de cobro judicial quien ordena embargos. En teoría, también todos los gastos que se incurran para el cobro ante el juez (costas procesales y personales se llaman) las debe de pagar el. Expira? Todo expira en esta vida, todo, también las deudas, depende de que tipo de documento es el que contiene la obligación, asi será el plazo de prescripción.
Estimado Hen, 23 de abril Las deudas son personales en Costa Rica, por lo que si el deudor es usted en ambas deudas, y la casa está a nombre de su esposa no habría ningún problema de embargo sobre la misma. Constituir una afectación familiar no lo libraría de deudas anteriores a la inscripción de dicha afectación, sólo a cobros futuros a dicho momento. Para asegurar que la casa pueda ser disfrutada una vez su esposa fallezca, deberá hacer un testamento en que los determina como herederos, o mediante un Fideicomiso en que decide que al momento de su muerte, le bien pase a nombre de los menores y de usted en partes iguales.
Buen día Licenciado, mi situación es la siguiente: Actualmente me encuentro de fiador en dos préstamos, en uno de ellos, la persona responsable (si se le puede llamar así), debe 3 meses y está a punto de ir a cobro judicial. Es cierto que al fiador solamente le hacen el embargo correspondiente a la mitad del saldo total del prestamo? o es la totalidad, si la persona que esta adeudada esta sin bienes ni salario embargable? Muchas gracias.
Estimada Jess, del 24 de abril, Al pagar usted por ella, debe de requerir que en los pagos se consigne que usted es quien esta pagando, asi puede pedirle al acreedor que subrogue los derechos a su favor, esto le otorga el derecho de acudir a la corte con el documento que ellos le entregan a cobrarle a la deudora, ese documento le faculta para embargar , es claro que debe de pagar primero para luego poder cobrarle a la deudora.
Estimada Yerling del 7 de abril, Los inmuebles que hayan sido financiados mediante el otorgamiento del subsidio son inembargables por terceros acreedores, según lo establece el articulo 169 de la ley del Sistema Financiero Nacional de la vivienda. Existen algunas excepciones que seria bueno que consulte con su abogado, por que también existen diferentes tipos de beneficios o subsidios.
Estimado Gerardo, del 27 de abril, El artículo 172 del Código de Trabajo estipula claramente que “Los salarios… son embargables hasta en…” y continua dando las pautas. Este tipo de códigos de carácter social, tienden entre otras cosas a “ordenar” o al menos tratar de ordenar la convivencia social, es por ello que se involucra en cosas como las deudas, al determinar que los salarios son embargables HASTA una suma, esto para que las personas de la sociedad tengan lo mínimo para subsistir.
Las deudas contraídas antes de que el bien se afectara a patrimonio familiar pueden ocasionar embargos sobre los bienes, entonces si puede embargar el bien. El proceso de una forma sencilla es que al “no querer” el deudor pagar, entonces el juez “vende” por el sus bienes al mejor postor, el que compra paga las deudas que tiene el bien, en este caso la hipoteca y se deja la casa. Suerte.
Estimado Ricardo del 27 de abril
Ambas consultas se centran en un punto medular LA PRUEBA, el Juez no conoce a nadie, no sabe nada, el va a depender o su decisión va depender de lo que las partes aporten comor prueba, entonces la pregunta es . usando el sentido común – tiene usted suficiente prueba para demostrar eso. O al contrario con la prueba documental – firmada por usted – que el ex patrono, cree que el Juez le de la Razón.
Siendo un tercero ajeno a la “verdad real” y con la prueba que me aportan creería que no es procedente ganar la demanda.
Gerardo 28 de abril, luego de los rebajos de ley, procede a rebajar la suma de la o las pensiones alimentarias que existen, si el monto restante es sujeto de embargo entonces se proceden con los embargos, hay muchos casos de salarios con pension y embargo de salario a la vez.
Estimado Gerardo del 27 de abril
El menaje de la casa, que es definido como los enseres de la casa, artículos de uso domestico, ropa necesarios para el uso personal, de su conyugues o de los hijos que dependan de usted no se puede embargar, salvo que existen en la casa más de un articulo igual. Por ejemplo: si hay un televisor nada más en la casa, este no se puede embargar, pero si hay dos lavadoras una de ellas sí puede ser embargada.
Estimada Ariana, Los gastos aproximados ronda los 100.000 que cubre los timbres e impuestos de traspaso, para hacerlo si necesita un notario quien confecciona la escritura, en cuanto a poner un valor menor en la escritura no surte mayor efecto, todos los vehículos tienen un “valor fiscal”, que es cercano al valor del mercado, el regisrto va a cobrar los timbres y los impuestos con base en el valor mas alto entre el valor que pone y el valor fiscal, asi que no funciona. Finalmente, el record delictivo es privado y solo a petición de la parte o de un Juez se puede revisar.
Estimado Erick 29 de abril, El fiador es tan “deudor” como el deudor, son tratados iguales por el juez, responden por toda la deuda, asi que el fiador puede que termine pagando toda la deuda, se da justamente cuando el deudor no tiene bienes ni salario y el fiador si los posee, entonces es a el a quien le embargar los bienes.
Estimado Licenciado
Mi situación es la siguiente. Tengo un embargo el cual ya cancele según las deducciones que me han hecho de mi salario, y de acuerdo a lo indicado por el juez en la orden de embargo. Llamando al bufete que levanto la demanda me indica que eso no es cierto, que yo debo una cantidad tres veces mayor a la cantidad por la que se demando, esto por los intereses. Lo que quisiera saber es si esto es cierto, ya que tengo entendido que lo que uno debe cancelar es lo que indica el Juez en la orden del embargo, incluso me parece que ellos ahi ya han cancelado intereses, y hasta la aplican a uno un 50% más por Ley. Muchas gracias
Estimada Cinthia del 28 de abril, Los arreglos de pagos son optativos de el acreedor, depende ellos si lo aceptan o no. En su caso, no existiendo ningún bien, cuenta de ahorro, corriente, deposito bancario, bienes, salario, no hay manera de que puedan hacer algo concreto. Si debe de tomar en cuenta que el record crediticio se ve afectado.
Estimados Ewar y Angelica:
La decretarse un embargo, el Juez usualmente decreta el embargo por un monto X y además un 50% extra con el que en teoría se va a cubrir gastos extras como honorarios, copias etc. El Patrono de un embargo recibe una orden del Juez que debe de acatar, cual es la orden? Embargar el salario hasta el monto total ordenado X+50%, una vez alcanzada es suma, debe de terminar de retener parte de el Embargo. Y que sigue después?
El articulo 631 del Código Procesal Civil, dice que:
“El deudor podrá evitar o hacer levantar el embargo, si entrega en el acto al funcionario ejecutor, o si deposita a la orden del tribunal, la cantidad por la cual se hubiere decretado el embargo, y el cincuenta por ciento, si así se hubiera ordenado.
El bien así librado no podrá ser objeto de un nuevo embargo por razón de la misma pretensión. Cuando lo entregado o consignado no sea suficiente para cubrir el tanto respectivo, se practicará o mantendrá el embargo por lo que falta, en otros bienes.” El subrayado es mio.
Es claro que ese bien – el salario – no puede embargarse en ese juicio por mas que ese monto, y asi lo ha dicho la Jurispruencia.
Que pasa si ese monto no alcanza para pagar lo adeudado? Debido a que los intereses corren dia a dia, es posible que el monto que el Juez previó x+50%, no sea suficiente, entonces El actor puede embargar otros bienes, pero nunca el salario otra vez.
como puedo saber cuanto me queda por pagar de un embargo ya que en la compañia donde lavoro no meda los saldos de los embargos ( 2 )
Mi esposo adquirió varias deudas cuando trabajaba para el gobierno todas eran deducidas de salario al ser despedido x la empresa para la cual laboraba hace 3 años dejo de pagar esas deudas x falta de trabajo hoy en dia labora para una empresa privada y gana 235000mil colones de ese monto le deducen el seguro social mi consulta es si ese salario es embargable ademas tenemos un niño especial que en el momento de adquisición de las deudas no había nacido hoy en dia el niño demanda muchos gastos yo no puedo trabajar por cuidarlo a el y ese salario no alcanza para nada pagamos un cuarto en una casa y los enseres que ahi hay no son de nosotros gracias por su pronta respuesta.
Estimada Erika, tiene que tener claro que la Ley protege una porcion del salario de forma que los asalariados puedan salir adelante, al menos eso cree la ley.
En su caso le comento que no todo el salairo es embargable, si tomamos en cuenta el salario que percibe su esposo, y luego de las deducciones de ese salario es solo embargable en una suma no mayor a los 21 mil colones. Espero haberle ayudado, suerte.-
Estimado JamesRey, quien nos escribio el 6 de mayo, dos opciones, 1- el patron tiene la obligacion de darme esa información. 2. Visitar la corte y pedir el expediente y ver las retenciones, usualmente el “cajero” del Despacho donde se tramita la causa, lleva el control de esos depositos,
Mi marido contrajo muchas deudas en compras a credito, prestamos que no ha abonado. Me llaman a mi o me mandan mensajes de texto a mi cell, me han llamado abogados diciendo que va para cobro judicial pero el no tiene absolutamente nada a su nombre. Me contaron que supuestamente el vendio todo para pagar esas deudas. Como van a embargar si no tiene nada…como hago para que me dejen a mi en paz ya que ni siquiera vivimos juntos. Gracias
Estimado Señor Luis,
Por cuestiones de salud de la abuela de mi suegra tuve que correr con muchos gastos no previstos. Yo tengo 4 tarjetas de crédito y un préstamo que se me rebaja del salario mes a mes. Por sobrellevar la crisis de la abuela, para poder comprar nuestro sustento tuve que usar las tarjetas hasta que básicamente no me quedó crédito disponible, así que lo que gano se iba en préstamo y en tarjetas que ya ni las podía usar porque ya no eran sustentables. De ese modo tuve que comenzar a usar mi adelanto de salario hasta que ya tampoco me sustentó y entonces decidí ya mejor no pagar las tarjetas, lo cual fue hace tres meses.
Mi esposa y yo debido a tanto problema económico decidimos divorciarnos, sin embargo el monto de pensión que le debo dar no lo puedo cubrir y ella me va a embargar el salario.
Tengo entendido según sus valiosas respuestas que no se me puede embargar más de una vez, así que ella por haberme embargado ya no me podrían embargar las tarjetas de crédito, sin embargo tengo duda con respecto al préstamo que se me rebaja del salario, si ya no me lo cobran tampoco y queda en “lista de espera” mientras dure el embargo por parte de mi esposa.
Saludos y gracias por su valiosa atención
Estimado Giovanny, quien nos escribe el 10 de mayo, las pensiones alimentarias tienen un tratamiento diferente a las deudas de tarjetas, las pensiones tienen un beneficio por ley que esta protegido en el articulo 172 de el Código de Trabajo, que dice que “… todo salario es embargable hasta en un 50% como pensión alimenticia”.
En cuanto a el orden de los embargos, efectivamente la pensión ocuparía ese primer lugar y si fuera de el caso que haya remanente podría embargar un monto para quien este de segundo. Todo esto depende de el monto de el salario, el monto de la pension, aplicando el articulo 172, tal y como lo explique en el blog que encabeza este sitio
Estimada Tatiana del 10 de mayo , Si usted no es fiadora de esos créditos, y conociendo lo “insistentes” que son los agentes de estas empresas, lo que le recomendaría, es hacer una petición formal por escrito dirigida a las instituciones, haciendo la petición expresa de evitar en adelante hacer esas llamadas y que usted no tiene ninguna relación con el señor (su exesposo). Los resultados no se los puedo garantizar, pero es mejor que quedarse cruzado de brasos
Estimado señor Luis,
Muchas gracias por su atención, sin embargo me queda una duda. El préstamo que actualmente se me está rebajando del salario se suspende debido al embargo por pensión o sigue rebajandose?
Le agradezco su ayuda con este tema.
Saludos.
Buenas Tardes don Luis,tengo una consulta, adquiri una deuda , deje de cancelar la deuda y me embargaron el salario hace casi 1 año,,pero resulta que ahora le enviaron tambien el embargo a la otra persona que habia firmado una letra de cambio, es posible esto, ya que despues de casi 1 año de ir pagando el embargo le empiezen a rebajar a la otra persona y ademas que la deuda era por 1 millon?? Espero su pronta respuesta muchas gracias
Buenas tardes don Luis, mi situacion es la siguiente: Tengo un familiar el cual posee una serie de deudas tanto a titulo personal como en posicion de fiador. El posee una motocicleta debidamente inscrita, la cual tiene un saldo pendiente con una financiera. Hace unos dias le llego una notificacion de cobro judicial de un ente bancario privado por una deuda que posee y en este documento habla de los pagos atrasados y menciona que de no solventarse la deuda se procedera al embargo de bienes inscritos entre estos la motocicleta. Mi duda es la siguiente: Puede el vender esta motocicleta si se pone al dia con la deuda y asi evitar el embargo? O existe una limitante para la venta? Y por otro lado puede ser la moto embargado por ambas entidades? En ninguna de las entidades existe una prenda por este bien! Si la venta se pudiera dar que aspectos deben estar al dia? Agradezco su colaboracion con esta consulta
Estimada Vanessa, los deudores de una cuenta, responden todos por el todo, me explico, el acreedor puede embargar a todos los deudores (y fiadores) de forma que asi pueda recuperar mas rapidamente la deuda (capital e intereses). El procedimiento que me comenta no es ilegal, ademas, tome en cuenta que el dinero que a usted le retienen va a la caja del Juzgado y es el Juez que autoriza pagarle a el acreedor, pago que se hace con base en el detalle de capital e intereses que presento el acreedor y que el juez aprueba.
Estimada Ana, quien nos escribe el 12 de mayo, le comento que si aun el bien no esta embargado, puede ser vendido sin problema. Si debe de tomar en cuenta que a nivel penal, y el hecho de que el dueño de la moto ya conozca de la deuda, y aun asi distraiga (lo venda) el bien, puede ser considerado como una forma de eludir la obligación de pagar y podria ser acusado penalmente. Ahora si con el producto de la venta el cancela la deuda, no existiria ese riesgo. y si puede ser embargado por uno o varios acreedores.
Para vender la moto, tiene que estar al dia en el Impuesto al Ruedo (marchamo) y no tener infracciones de transito, basicamente.
Buenos dias,
En este momento tengo 1 embargo de salario del Banco popular pero tengo varias deudas que de momento no puedo pagar, por lo que me estarian llegando los embargos (y a lo que entiendo se quedarian en cola hasta que pague el primero).
Mi consulta es, me depositan el salario en el BAC, pero para fines practicos me sirve mas tener el dinero en la cuenta del Popular, es cierto que las cuentas de ahorros de Popular son inembargables? En caso que me embarguen la cuenta, no lo pueden hacer porque ya tengo el salario embargado y seria como embargarme dos veces?
Gracias y lo felicito por la atencion que brinda!
Don Luis: Trabajé 6 años para una institución del gobierno; tenía muy buen salario y mes a mes cotizaba para la CCSS pero me despidieron. Por ésta razón, tengo 2 préstamos en cobro judicial pero los embargos no han sido efectivos porque no aparezco en planillas y no tengo bienes a mi nombre. No he podido conseguir un empleo formal; estoy trabajando por ahora bajo contrato por servicios profesionales donde no tengo garantías sociales y no gano mucho. ¿En qué me afectan los embargos si voy a la CCSS a solicitar un seguro voluntario?… ¿Aún con mi situación, puedo seguir cotizando (pagando cuotas) para la CCSS por ventanilla para una futura jubilación?… ¿Por éste trámite me embargarían?… ¿Qué me embargarían?… Gracias.
Saludos Don Luis, soy el segundo de tres fiadores para un prestamo que realizo un compañero que esta teniendo problemas para cancelar sus cuotas.
En que momento se me embargaria mi salario? Hay alguna diferencia en ser primero o tercer fiador?
De atemano gracias por su comentario
Don Luis mi situación es la siguiente: soy fiador de una joven que esta atrasada con los pagos en una entidad crediticia. Ella no se encuentra trabajando, pero recibe una pensión del esposo que murió. La entidad crediticia me llama diciendome que van a enviar la cuenta a cobro judicial. Pero mi duda es si en primer instancia el cobro judicial lo aplicarán a esta joven o irán directamente a mi, por que tengo el mismo trabajo y la misma dirección indicada en la deuda.
Buenas tardes Don Luis, mi pregunta seria la siguiente. Yo tengo una targeta de credito de banco uno en la cual adeudo 1000000..me han dicho que me enviaran a cobro judicial..lo cual implicaria que me embarguen el salario..me imagino..en estos momentos mi salario neto es de 400.000..por lo caul mi duda seria cuanto puede durar el proceso para que me embarguen el salario y cuando seria el monto que me embargarian…tengo 2 meses de que cancelo pero el monto que deposit es inferio al pago minimo…muchas gracias don lius por su respuesta…..
Estimado Hen, no existe razón legal alguna para que se le embargue a usted por el seguro voluntario. Los bienes embargables son eso BIENES, un carro , una casa, un salario, un bono, etc,
Buenas Don luis, tengo un problema que no deja dormir, yo adquiri un a tarjeta hace mas de 2 anos nunca e tenido problemas con pagarla hasta hoy que fue lo que me paso , resulta q la tarjeta tiene un limite de credito de $2200 yo empeze a jugar por internet hasta un monto que sobrepasa ese limite digamos que un 3000% estamos hablando que la tarjeta de $2200 ahora debe muchisimo por q nunca hubo un control de la misma yo como jugador anomimo que soy no pude detenerme hasta que el banco despues de muchos meses se esta dando cuenta yo siempre hice mis pagos minimos pero ahora le estoy habalndo que mi pago minino en dolres es mas de 3000 no puedo yo cuando ganaba mandaba pagos de hasta 7 mil dolares pero no volvi a ganar como todas las cosas de azar al final pierdes todo y mas en fin esa tarjeta la pase muchos miles de dolares y ahora los debo no debio suceder nunca ya que mi limite es de 2200 que hago ahora no puedo pagar semejantes cifras Don Luis!
Tengo dos deudas de tarjetas de credito, una con City Bank con quienes llegue a un acuerdo de pago donde se me congela la cuenta y pago sin falta un monto asta que se termine. Y otra con Credomatic a quienes le expreso que quiero llegar al mismo acuerdo con ellos por que ya estoy muy atrasada y me estan cobrando intereses sobre intereses, pero me piden un fiador o una orden patronal y no tengo aun una orden patronal o nadie quien me sirva de fiador y entonces me niegan la posibilidad de tener un arreglo de pago. Es buena idea esperar a que un ganibete juridico me contacte para proponerles el mismo acuerdo y que me congelen la cuenta tambien y asi no pagar mas intereses sobre intereses?
Ademas si ya estoy con este acuerdo con city bank, deberia esperar credomatic antes de hacer un embargo a que yo pague esa cuenta o no aplica.
Lo que busco es la manera de salir adelante con mis deudas pero sin pagar intereses sobre intereses + cargos de mora como lo hace credomatic hay algo que me pueda aconsejar por favor? ellos se niegan a ayudarme y asta se portan groseros conmigo cuando me llaman.
Estimado Guillermo, Por ley las tarjetas de crédito, pueden cobrar los saldos adeudados mediante la certificación expedida por un Contador Público Autorizado, esto hace que no importa el límite autorizado, o la letra de cambio firmada, sino el monto total adeudado. Asi las opciones viables son muy pocas.
Estimada Esther, la opción de negociar o llegar a un arreglo de pago es optativo de el acreedor, depende de el , y no existe ninguna obligación legal para hacerlo.
Entonces, depende de Credomatic, si aceptan o no el arreglo, si ya le manifestaron esa intención de no negociar, es dificil
Estimada Esther, la opción de negociar o llegar a un arreglo de pago es optativo de el acreedor, depende de el , y no existe ninguna obligación legal para hacerlo.
Entonces, depende de Credomatic, si aceptan o no el arreglo, si ya le manifestaron esa intención de no negociar, es dificil que cambien de parecer.
Debe de tomar en cuenta ademas que si Credomatic, procede a llevar la cuenta a cobro judicial ante un Juez, entonces, el Juez embargariá su salario, no importando el arreglo que usted tien con City. Esto podria echar al traste el arreglo que tiene con city, pues de tener usted salario, este se vería disminuido sustancialmente.
Estimado Geiner, quien nos escribe el 15 de mayo, El embargo de un salario como el suyo – 400.000 – es de aproximadamente, de 77.000 colones. La Corte, una vez que recibe la demanda, puede tardar meses. Pero tomando el tipo de interes que cobran, ese tiempo le genera tambien elevados intereses en su contra.-
Estimado Jose qiuen nos escribió el 15 de mayo, le comento que las fianzas conforme las reglas de nuestro país, son solidarias, esto quiere decir que “todos deben todo”. El acreedor puede elegir embargar a todos por todo, a uno por todo, ya será el juez quien se encargue de controlar que los fondos recuperados de los embargos se destinen a pagar la cuenta y el remanente devolverlo a cada uno de los deudores.
Estimado Juan Carlos de el 14 de mayo, le comento que al igual que la respuesta anterior, no existe diferencia para el Juez entre el deudor y los fiadores, todos deben por igual, y responden por toda la cuenta. Existen no pocos casos en los que la cuenta es pagada por un solo fiador, y el deudor no pagó una solo colón.
Hola:
Muchas gracias por ayudarnos con nuestras dudas, queria saber si un bien prendado puede ser embargado por otro acreedor, en este caso un vehiculo….. Y si las deuda q tengo actualmente puede pasar a cobrarsele a mis padres o hnos…… gracias
estimado luis mi consulta es la siguiente en 1999 recibi un embargo por una empresa de electrodomesticos por una suma de 200 mil lo cual el patrono me estaba rebajando normalmente pero durante ese tiempo se me impuso un embargo por pencion alimenticia y el patrono desidio rebajar primero la pencion y suspendio el rebajo del primer embargo , por lo que deduje que ya estaba totalmente rebajado y cancelado dicho embargo . despues al año siguiente me quitaron el embargo por pencion quedando mi salario libre de embargos . ahora en el 2009 vuelve a aparecer el embargo de la empresa electrodomesticos con una suma superior a la primera dictada en el 1999 por 372 mil no entiendo lo que paso ellos dicen que no fue cancelado en su totalidad y que interpusieron otro proceso con intereses sin embargo ya paso mucho tiempo de eso. que puedo hacer al respecto actualmente me estan rebajando de nuevo el embargo y para colmo pusieron un embargo sobre mi propiedad de bien social. puede dicha empresa volver a rebajar ese embargo y por un monto mayor a lo estipulado por el juez en aquel entonces y como puedo hacer para limpiar mi regimen crediticio gracias.
Estimado Giovanni, quien nos escribe el 11 de mayo, las pensiones alimenticias tienen prioridad, sobre los embargos, los embargos sobre los prestamos, entonces, el orden seria algo asi;:
Salario
– cargas sociales,
– pensión alimentaria
– embargo de salario
– pago de prestamo
Buenas tardes don Luis, muchas gracias por la oportunidad. Quisiera saber cual es el tiempo de vigencia de un embargo de salario, por ejemplo, si yo tengo un embargo por el cual abono poco y me llega otro embargo, por cuanto tiempo el segundo estará vigente si el primero se va cancelando en forma lenta???, existe prescripción del embargo de salario si no ha podido aplicarse??
BUenos dias una consulta, en el trabajo anterior tenia dos embargos A) a quien cancelada y B) quien estaba en espera ahora en otro trabajo me llegó un embargo de B) pero A) esta cobrandole a mi fiador no puedo asumir las dos deudas y quisiera pagarle a A) y asi no afecto a mi fiador , puedo reactivar el embargo que de hecho estaba antes de B) espero haberme explicado
otra pregunta , los prestamos NO prescriben en 10años y no es verdad que los intereses se vencen año calendario, puedo hacer algo yo sin recurrira un abogado ??
y si me dice que no pueden prescribir por defecto, no es eso acaso anticontitucional
gracias
Estimado Giancarlo, quien nos escribe el 18 de mayo, los bienes responden por las deudas que no se pagan, por eso es que el Juez los embarga, cuando hay una deuda, el acreedor le indica a el Juez de esta y le pide embargar los bienes de el deudor, todos, embargados o no.
Las deudas son personales, y nunca pueden ser “pasadas” a terceros, solo si ellos son fiadores o deudores de esas obligaciones
Estimado Henry que nos escribe el 19 de mayo, Su patrono hizo bien en proceder primero con la pension, las pensiones tienen prioridad por ley.
En cuanto al embargo, hay cosas que debe de hacer:
1. Localizar el expediente.
2. Contactar un abogado para que lo revise.
3. Que el Abogado analice prescripción de el titulo (la letra de cambio o lo que firmo).
4. Analice prescripción de intereses.
5. si es posible establecer una deserción.
Los primeros cuatro rebajan la deuda, el numero 5. acaba el proceso y lo deberia de presentar de nuevo el acreedor,
Saludos Don Luis, pueden ser embargadas las propiedades en la que uno es accionista dentro de una sociedad anonima, aunque uno no tenga mayoria de acciones?
Primero que todo felicitarlo , por esta gran labor, que Dios lo bendiga. En el 2002, deje de pagar una tarjeta de crédito según el ultimo estado estaba en 374000.00, por situaciones fuera de mi alcance no pude pagar y salí del pais. Ahora me apersone al Juzgado a retirar una copia de expendiente y la juez emite oficio en donde se solicita que me embarguen. Se da por estravida la comision expedida 8-8-06. Al final dice lo anterior dentro del plazo de tres dias, apercibido que en caso de su omisión no se le atenderan futuras gestiones que formule , Fecha 31-12-09. La letra esta firmara 2001, me cobran 599 mil de la letra mas 544 mil de intereses y moratorios de 301 mil, no entiendo porque se emite esa orden de embargo si yo no he sido notificada,hasta el momento. Saludos
La verdad que no entiendo por que tengo que pagar puedo solicitar prescripcion o al menos que me cobren lo real. Muchas gracias
Le agradesco su atencion, tengo un familiar muy cercano q no ha podido cumplir con el pago de la tarjeta de credito x 3 meses, el tiene trabajo fijo, pero tiene una deuda de la casa q paga y la cual esta hipoteca, y ademas un carro q es el q utiliza para trabjar, el quiere negociar con credomatic, pero le dicen q para arreglo de pago debe estar la deuda al dia, que se puede hacer en este caso, traspasar el carro para no perderlo y la casa en que situacion que la misma si ya tiene una hipoteca, el quiere pagar pero no puede cumplir con el total de las cuotas atrasadas, y no tiene forma de conseguir un prestamo para pagar lo atrasado, ME URGE su respuesta estamos desesperados con la situacion
Don Luis mi pregunta es la siguiente yo gano 489000 y me rebajan 2 embargos no se supone que se puede rebajar solo 1? Me rebajan de el 1ero 34600 y era de 362000 y de el segundo 22100 y era de 2350000 en ninguno de los 2 casos me notificaron como me recomienda proceder? en el primero ya casi lo termino de pagar y aun no me han notificado, ademas de el segundo a mi esposo tambien le rebajan igual no lo notificaron tampoco le rebajan 37000 colones el gana 456000 y no se ve reflejado lo que le rebajan a el en el saldo mio. Agradezco su ayuda!
Hola soy fiadora de mi ex esposo en un arreglo de pago de una tarjeta de credito, hace más de un año que no paga y el departamento de cuentas por cobrar del banco me llama continuamente con amenazas de un embargo de mi salario.
Tengo dos consultas, 1. Trabajo medio tiempo y mi salario es de 172.000 CRC mensuales, cuanto me embargarían aproximadamente?, 2. Mi ex esposo paga pensión alimenticia por nuestros dos hijos, pero él me depósita mensualmente la empresa para la que trabaja no sabe ni siquiera que tiene pensión, debería aplicar el rebajo de la pensión de su salario por medio de la compañia para que esten enterados, por si le embargaran su salario?
Quedo pendiente de sus comentarios.
Saludos.
Estimado Luis:
Existe una notificación de deuda que cumplió tres meses, puedo solicitar deserción del caso.
Gracias por su tiempo!!!
Hola.
Mi consulta es cuanto tiempo es el maximo para que una deuda expire y en estas casas crediticias como teletec quitan las manchas de deudas de una persona.
Gracias
estimado don luis mi pregunta es, el padre de mi hijo paga una pencion alimentisia,el problema es que como sele hiso un aumento de la pencion que hera de 51000 y paso ha 63660 desde noviembre, el solo paga 42900 colones yo pedi el enbargo de salario , el problema es este, yo la pedi para entregarla personalmente en el trabajo de el pero como yo le tengo un poco de temor a esta persona, la mande con un polisia que es el encargado de las ordenes de captura y todo eso el me dijo que entrego el enbargo en el trabajo. eso fue el (( 24 de abril )) y ya estamos hoy sabado 30 de mayo creo que ya la empresa deberia haver echo el rebajo del enbargo, yo llame por telefono a la empresa y lo que me asusto fue que me dijeron que no han entregado ningun enbargo, ahora nose si fue que el polisia me engaño y no entrego el enbargo, talves este hombre le pago para que no lo entregara porque el lo conose , ho si me estan mintiendo en la empresa que hago nose que haser , el sigue depositando lo mismo los ((42900))el polisia no me contesta las llamadas por eso esque estoy pensando mal de el yo puedo haser algo con este polisia si me engaño y no me entrego el embargo, puedo pedir otro ho que hago ((DESESPERADA))
Estimado Luis:En realidad ellos lo que llevan es un record histórico y debido a que no se rigen por regulación especial, pueden tener los records sin que tomen en cuenta los plazos legales, se debe, en aquellos casos en que existe una deuda prescrita o pagada gestionar por escrito la eliminación de el record, o bien que lo excluyan en total de los records,.
Antonio quien nos escribe el 21 de mayo: Es una pregunta que tiene mil respuestas, pues depende de el estado de el proceso, asi funcionará la prescripción. El punto medular es que la prescipción se interrumpe, por acciones de el acredor, entonces , cada vez que el actor hace una gestion dentro de el juicio para recuperar el dinero, se interrumpe la prescripción y empieza digamos “de cero”. Entonces, en los casos como el que usted comenta, los procesos se hacen eternos. Ahora bien, los deudores deben de revisar si fue dictada sentencia, de esto depende mucho si se puede lograr echar abajo el juicio.
Marco quien nos escribe el 22 de mayo:
Regla: “Primero en tiempo primero en Derecho” si en su nuevo trabajo el embargo B llegó primero, el tiene el derecho y no depende de usted cambiarlo. La prescripción tiene un sustento legal en el Código de Comercio, con reglas claras y acorde con los principios constitucionales. Para acudir a una corte debe de ser asistido por un Abogado, además de que es mejor pues los Abogados tienen la técnica adecuada para asistirle, evitan que los procesos no sigan un curso normal, con alegatos no sustentados en leyes.
Juan Carlos quien nos escribe el 25 de mayo, Es posible, claro, solo que remotamente posible, los records de los accionistas son llevados en forma privada por los mismos socios de la sociedad, y no constan en ningun registro publico, lo dificil es la prueba que tendria que aportar el acreedor para lograrlo.
Estimado Juan de el 29 de mayo Un Salario como el suyo puede ser embargado en hasta 100.000 aproximadamente, asi que parece que no hay problema con los embargos. Si aun no han sido notificados, los acreedores podrían ser “castigados” dentro de el juicio con algo llamado “deserción” que es justamente cuando un acreedor embarga pero no notifica, esto tiene como consecuencia que el juicio el juez lo termina , devuelve lo embargado y el actor tendría que empezar de cero. Le recomiendo que busque a su abogado y que revisen esos expedientes, nosotros hemos tenido excelentes resultados, por detalles como ese.-
Estimada Melissa quien nos escribe el 29 de mayo, Su salario es inembargable, no supera el mínimo de ley. Es correcto debe de acudir a defender sus derechos por la pension alimentaria, pues en caso de que le embarguen el salario a su esposo, tendría que acudir a la corte a plantear su pensión y la resolución tarda tiempo.
Kathy quien nos escribe el 30 de mayo
Vamos comentarle como funciona el proceso normalmente, una vez que el policía hace entrega de el embargo en el patrono, entonces el policía debe de enviar al Juzgado la orden con la firma de quien lo recibió y la fecha. Entonces, le recomiendo que vaya al Juzgado y revise si ya fue devuelta por el Policia y que razón puso. Si no esta entonces, solicite otra orden.
Don Luis, un gusto saludarle y le agradezco de antemano por esta oportunidad. Mi consulta es: cuando llega al trabajo un embargo firmado por un “Asistente Técnico Juidicial”, ¿corresponde a una sentencia o es un embargo que está en proceso?, porque tengo entendido que un embargo solo puede ser expedido y firmado por un juez. ¿Cómo se sabe si un embargo por sentencia?
Estuve 10 meses sin trabajo y ahora tengo 6 tarjetas de crédito atrasadas. Sólo me han hablado telefónicamente, pero no he recibido notificaciones de un juez sobre los cobros judiciales.
Gano 720.000 Colones menos cargas sociales, no tengo bienes inmuebles a mi nombre, soy soltera, sin hijos y vivo en casa de mis padres
Cuánto me pueden rebajar el primer Cobro Judicial?
Cuanto es el máximo total que me pueden rebajar entre todos los Cobros Judiciales que pueda llegar a tener?
Cuál es el máximo de Cobros Judiciales que puede uno tener?
Gracias por la colaboración.
Yo puedo presentar un recurso de amparo, por algun embargo donde?.
Si a mi me embargan el salario, y las cuentas donde depositan mi salario la congelan por causa del mismo embargo, me estaria haciendo una 2da retencion a mi salario ?
Si una propiedad esta hipotecada, cabe un embargo?
Para el embargo de bienes no registrables como televisores y muebles le avisan a uno? o llegan a romper la puerta y sacar lo embargable? lo pregunto porque ya me amenazaron con embargo de bienes en la casa (muebles, electrodomesticos) y no sé a qué tienen derecho los acreedores, me pueden quitar todo lo que tengo? hay un policía al momento del embargo? si llegan y uno no está qué pasa-? pueden violentar la puerta?
Hola, tengo muchas deudas con tarjeta de credito y prestamos. Por la crisis y que mi esposo esta sin trabajo no he podido pagar, nunca antes habia estado morosa hasta ahora. Para mi es muy dificil pero no me queda mas que otra opcion que no pagar y que me hagan embargo. Pero tengo muchas deudas, cuantos embargos pueden hacer a mi salario??? Es cierto que Servimas me puede quitar mis bienes .. no tengo casa propia pero se que llegan a la casa y se llevan las cosas de la casa como la refri y cocina etc… Ellos pueden hacer eso??? Un vencino le paso pero un abogado le dijo que no abriera porque no podian hacer eso. Solo el embargo salarial.
Yo gano 455.700 mensuales, pero de ahi un banco me rebaja las cuotas mensales sobre mi salario y el monto es de 156.000 eso se toma en cuenta sobre el embargo o no???
Se que tambien uno queda en una lista negra, en las noticias dicen que por 4 años pero cuando lo llaman a uno le dicen que por 10 años. Cual es cierto??
Agradeceria mucho me respondan! Gracias!!!
Estimadea Bianka, quien nos escribe el 14 de mayo, Es correcto en el Banco Popular las cuentas de ahorros así como certificados de dinero son inembargables esto ya que se estableció en el acta constitutiva del banco ya que es un banco para los trabajadores y es una manera de darles algún tipo de protección, y con respecto al embargo del salario, si, solo una vez se le puede embargar el salario y una parte por supuesto, no la totalidad.
Estimada Sofia de el 29 de mayo: La deserción es sinonimo de abandono, se castiga al actor de un juicio que no actúa rápido para recuperar su dinero en la Corte. Existen varios requisitos para que se de la deserción. que este causando un perjuicio – el embargo – que no se hayan notificado a las partes, que hayan transcurrido mas de tres meses despues de la ultima actuación de el actor. Entonces, no es solo el paso de el tiempo.
Un comentario: Gracias a Dios existen personas como ustedes que se preocupan por ASISTIR gente que no podemos pagar un abogado , nos da una luz de esperanza
muchas gracias Dios Lo bendiga y les de mucha prosperidad, esto si es beneficios social
Estimado Marco, gracias por sus comentarios, he enviado una copia de este comentario a mi equipo, es una labor de todos aca!!!! gracias y que Dios le bendiga a usted!
Mi pregunta es la siguiente: ¿con un salario bruto de 682000 colones cuento puede ser el monto a embargar por una deuda de 1500000?, ademas ¿cuantos embargos pueden rebajar de forma simultanea?, ¿Que pasa si tengo creditos que son deducidos por planillas?
Aclareme por favor si puede el embargo perjudicar mi cumplimiento de otros compromisos como los pagos de los prestamos , que tambien podria convertirse en embargos consecuentes ?
gracias de corazon por esta benefica labor, Lorena
Estimada Maria, quien nos escribe el 28 de mayo
Los arreglos de pago son una potestad de el acreedor, el decide si los acepta o no. El traspasar los bienes en este momento puede ser interpretado como una acción tendiente a no pagar una deuda y es posible que puedan plantear una acción penal por eso en contra de su familiar, a menos que sea real el traspaso, que efectivamente venda el bien. La situación es que si no paga, entonces el acreedor irá a la corte a cobrar, embargando tanto el carro como el salario y la casa. Es importante en este punto analizar la situación económica de su familiar cercano, y determinar si puede o no cancelar esas deudas con los bienes y el salario que tiene, si no es asi, entonces debiera de considerar vender el carro y pagar las deudas, o tomar alguna otra medida.
Aalvarez quien escribio el 1 de juniio
No cabe un amparo, lo que debe de hacer es enviar una carta a el banco ordenando que el monto depositado como salario, no sea embargado. En referencia a el embargo de una propiedad hipotecada, puede ser embargada ilimitadamente, no hay restricción alguna, si finalmente se llega a rematar (vender en la corte) la casa, entonces con lo que se recibió se pagan en el orden que estabn los embargos, es ahí donde muy posiblemente no alcance a todos.
Estimada Lorena, quien nos escribe el 3 de junio Los salarios pueden ser deducidos por varias cosas, primero por las deducciones de ley (9% de la ccss e instituciones), luego de eso, de existir pensiones alimentarias, entonces este podría ser regbajado hasta en un 50% de el salario, luego de esto, vienen los embargos (ordenados por el Juez) y finalmente los acuerdos entre particulares (sean los pagos automaticos de prestamos).
Entonces, efectivamente tiene que considerar, pues un embargo puede afectar los pagos automáticos, es por ello que estamos trabajando en opciones a los deudores para en casos extremos poder tener un plan de salvamento.-
estimado don luis dos preguntas figurese que fui al jusgado como usted me aconsejo haver el expediente, y figurese que no el resivido del embargo no esta, el que el polisia no me contesta llamadas para hablar con el ni nada me connfirma que no la entrego,don luis si ese enbargo se pidio para entregarlo personalmente y yo lo mande con el polisia por miedo de no encontrarme con esta persona usted cree que la abogada de la defensoria publica no me podra aser otra solisitud de enbargo, yo puedo pedir que el jusgado mande la solisitud del enbargo al trabajo de esta persona para no tener mas problemas, y otra pregunta toca firmar la orden de apremio corporal el 6 de este mes, ahora quien me garantisa que este polisia que es el encargado de los apremios deseche la orden ((((DESORIENTADA))))
Gracias Luis por su respuesta …cual sera en este caso el monto imbargable de mi salario , y cuales serian posibles opciones en mi caso para poder salvar los compromisos y no agravar aun mas mi situacion economica y la de mi familia?
Estimadca Lorena, el monto de el salario inembargable actualmente es de aproximadamente 158.000 colones. Existen algunas opciones que nuestro Despacho esta analizando para atender casos como el suyo.
Estimada NIDIA que nos escribio el 26 de mayo: La prescripcion de un documento como la letra de cambio opera a partir de la fecha de vencimiento, entonces mas importante es cuando vencía la letra. De ahí en adelante 4 años. Debe de considerarse además que esta prescripción se puede interrumpir, que en su caso, seria que le hayan notificado de el Juicio. En cuanto a los intereses, estos prescriben al año y también puede interrumpirse la prescripción, si el actor de el juicio realiza acciones tendientes a recuperar el dinero.
Las ordenes de embargo que expiden los Jueces no dependen de que los deudores estén notificados o no, de hecho se emiten antes de que sean notificados, sin embargo, también es cierto que si existe un bien embargado, el actor tiene que notificar al deudor en el plazo de tres meses, o estar al menos tratando de hacerlo, sino es posible que el deudor acuda a la deserción, o sea a pedirle a el Juez que “castigue” al actor por no actuar diligentemente. Si el juez acepta la deserción, el juicio se termina y el actor tiene que empezar de nuevo el juicio, si había embargos entonces son devueltos al demandado.
En su caso, es mejor que un abogado revise el expediente y analice esas opciones que le comento.
Estimada Angie, quien nos escribe el 2 de junio, No hay limite para que un salario sea embargado, lo que si es posible limitar es el monto a embargar de el salario, a eso se le llama suma embargable.
A el salario se le puede rebajar, según este orden: Primero por las deducciones de ley (9% de la ccss e instituciones), luego de eso, de existir pensiones alimentarias, entonces este podría ser rebajado hasta en un 50% de el salario, luego de esto, vienen los embargos (ordenados por el Juez) y finalmente los acuerdos entre particulares (sean los pagos automaticos de prestamos).
Entonces, en su caso, con un salario de 455.000 colones, la suma embargable es aproximadamente 96.000 colones, entonces, si hay un embargo, primero “cogen” ese monto, y luego pagarían el monto de el préstamo, a menos que exista una pension alimentaria, pues como puede ver tiene prioridad.
Estimados señores mi pregunta es la siguiente: tengo cuatro prestamos en diferentes entidades bancarias por razones de fuerza mayor ya no puedo pagar mis deudas, mi salario neto es de 260000 colones mensuales, mi pregunta es por que monto podrian embargar mi salario, soy empleado del sector publico , cabe indicar que que de los cuatro prestamos solo por uno se me hace la deduccion de salario los demas no.
gracias.
Estimado:
Por razones familiares di mi firma en una operación crediticia, misma que se encuentra en proceso judicial con amenazas a mi salario, cuentas etc etc. Yo quiero saber si una finca que estoy próximo a heredar formaria parte de esa lista de embargos?? Muchas gracias.
Respuesta a Isabel de el 2 de junio, Aproximadamente puede ser embargado 150.000 por mes, no importa el monto de el embargo sino el salario que se percibe, en teoría el primero embargo tiene prioridad, y los demás esperar en “fila”. Los créditos que son deducidos en planilla, ceden frente a un embargo. Pasan a segundo plano, primero se embarga (orden de un Juez) luego se deduce el pago de el préstamo.
Kathyb,g quien nos escribe el 3 de junio, tiene todo el derecho de pedir que se vuelva a emitir la orden, hagalo y al igual como cuenta su historia aca, cuentela a su defensora, suerte!!
Estimado Carlos quien nos escribe el 4 de junio, un salario como el suyo puede ser embargado en aproximadamente en no mas de 30.000 colones, le comento que estamos trabajando en un plan de asistencia a deudores de tarjetas. Asi que le invito a visitar el sitio pues pronto estaremos iniciando.
Estimado Alberto quien nos escribe el 20 de junio, le comento que frente a los embargos, el hecho que usted herede la propiedad no le exime de que sea embargado, es perfectamente embargable.-
Estimado Luis:
Tengo 2 hipotecas en mi casa, una por 5 millones de colones y una por 1.5 millones de colones. En el momento que las hipotequé yo estaba trabajando para una empresa extranjera pero quedé embarazada y dejé mi trabajo y mi esposo que trabaja por cuenta propia era el único que llevaba dinero a la casa. El problema es que no nos alcanzaba para pagar las hipotecas y las dejamos de pagar pero ahora he recibido del banco de Costa Rica las notificaciones que mi caso está en orden judicial.
La pregunta es: Que puedo hacer para no perder mi casa, y si hay alguna forma de que el banco o alguna entidad me ayude para hacer una arreglo de pago. Yo no me niego a pagar, solo que quisiera tener mas flexibilidad en el pago atrasado y asi a partir de ahora empezar a pagar lo atrasado pero en cuotas mas bajas. El problema es que hablé con un oficial del banco y me dijo que ellos no pueden hacer nada, que ya esto está en orden judicial. De verdad no puedo hacer nada? Gracias por su ayuda.
Leyendo varias de sus respuestas, me recordó que la casa donde vive mí papá está a nombre de mis 2 hermanas, 1 hermano y a nombre mio. Esa propiedad está hipotecada y una de mis hermanas menores es la que paga la hipoteca, y mantiene esa casa. Podria el Banco tomar esa casa y embargarla a pesar de que tenga una hipoteca y tomarla como parte de pago de lo que yo debo en la mia? Gracias.
Hola tengo una duda… si uno de los bancos me mancho el record crediticio con la SUGEF, yo ya no soy elegible para conseguir un prestamo en ningun otro banco o institucuion financiera?
Estimada Maritza, si usted se atrasa en los pagos la ley le da el derecho al acreedor a:
1- si hay unas garantia (una hipoteca sobre una casa o una prenda sobre un carro) a pedir el remate de la garantia.
2. si de ese remate resulta que no fue suficiente el dinero que se recibio de el remate, puede por ley, ir en contra de otros bienes.
3. Si lo que debe no tiene garantia, (deudas de tarjetas) entonces puede embargar los bienes propiedad de el deudor.
Entendido esto, es factible que ese derecho que usted tiene sobre la casa, sea embargado.
Buen Dia.
Me llego una cita para embargo judical, la cual no legre entender, yo tengo un credito con el Banco de Costa Rica que deje de pagar desde Octubre 2008, la razon fue por que teniamos un acuerdo de pago pero como me volvi a atrazar no me quisieron recibir los pagos, ahoro mi pregunta es si en el jusgado puedo volver a realizar un acuerdo de pago o si ya definitivamente procede el Embargo Judicial
el asunto es que contraje una deuda hara 7 años con Miravalles se firmo una letra por 1.5 millon ( no esta enterado de esto hasta hace una semana pues cuando firma era por la suma erogada de ¢375.000) esta deuda tiene caducidad ?, cual es la vigencia de exigencia de pago de la misma?, por otro lado no puede hacerle frente pues me quede sin empleo y bueno ahora me quieren cobrar semejante suma cuando lo que recibi fueron los ¢375.000.
Quiero consultar si un empleado público se le puede despedir porque le pongan una pensión alimentaria o un embargo, como hacen en los bancos….en este caso es en el INS??
Quisiera que me aclaren lo siguiente:
Estoy a punto de ser embargado por una deuda de tarjeta de credito, no tengo propiedades ni vehiculos a mi nombre, solo mi salario que es de 350.000 mil mensuales. Aparte de esto tengo impuesta una pensión alimenticia de 70.000 mensuales. La pregunta es cual es el monto que podrian embargarme de mi salario?.
Les agradeceria mucho me aclaren esa duda.
Estimado Ronald quien nos escribe el 1 de junio, En realidad existen procesos “internos” en los juicios que son atendidos por asistentes de los Jueces; las ordenes de embargo se expiden usualmente al empezar el proceso, así que no podríamos saber si es antes de la sentencia o luego de la sentencia, esto se sabe solo haciendo un estudio de el expediente en la corte.
a Jesenia quien nos escribio el 1 de junio:Pueden haber en embargos como deudas tenga, no hay limite, lo que si se limita es el monto a embargar de el salario, un salario como el suyo, puede ser embargado en alrededor 150.000. Al llegar un embargo, el primero que llegue es el que el patrono debe de rebajar, los que lleguen después “deben de hacer fila”.-
Hola,
Mi consulta es la siguiente, poseo mas de una deuda en estos momentos me han llegado notificaciones de embargo de mis cuentas, propiedad etc, no he podido cancelar xq ahorita me encuentro sin trabajo, no tengo cuentas corrientes, solo deudas, mi casa esta hipotecada por un Banco Estatal y esta hipoteca vence en el 2018, que me pueden hacer?
Estimado don Luis:
Pronto me llegarán varias órdenes de embargo porque no pude hacer arreglos de pago, me era imposible pagar. No se trata de pensiones alimenticias, sino de deudas de tarjetas y un par de préstamos.
1) En qué casos se autoriza más de un embargo a la vez? Es decir, en qué casos es posible que le embarguen a uno el 100% del monto embargable y no solo la octava/ cuarta parte correspondiente a un solo embargo??? Solo por pensión se pueden dar embargos simultáneos?? O hay otras excepciones?? El artículo 493 de CPC habla sobre eso, pero no me queda claro cuándo los terceros acreedores tienen derecho a hacer efectivo el embargo simultáneamente con el primer embargo que ya esté en ejecución.
2) Vivo en la casa de mis padres, nada aquí es mío, ni aun la compu que uso, todo es es de mis padres… Pueden venir a llevarse las cosas de la casa de mis padres si no hay recibos que digan que las cosas son de ellos????????????? No puede ser!!!!!
Le agradezco si puede aclararme las dos consultas. Gracias!!
Gracias infinitivas por su dedicacion y su paciencia para contestarnos. Mi pregunta es la siguiente; Mi compañero tiene un prestamo en una cooperativa de mas o menos 1700.000 que el estaba pagando pero despues por diferentes motivos renuncio y el ahorro fue tomado quedando la deuda en mas o menos 1300.000 ahora el esta interino y el fiados lo busco para que fuera a negociar con ellos ellos querian 60.000 por mes pero el tambien tiene pension alimentaria de 25.000.00 mas un embargo de un señor que no pago por mas o menos 25.000.00 el empezo a depositar 25.000 por quincena a la cooperativa o sea abona 50..000 x mes mi pregunta es si el dejara que eso fuera a cobro judicial aumentaria la deuda? x intereses, si no pudieran embargarlo le tocaria al fiador pagar o ese monto es mas o menos lo que le correponderia el es guarda salario base 225.000 x mes pero trabaja horas extras y a veces llega a 170.000 x quincena
Tengo deudas con varias entidades financieras (tarjetas y créditos personales), ya que estuve casi un año sin trabajo, ahora gano menos dinero que antes y tengo muchas más deudas.
1- Una emisora de tarjetas me dice que le deposito dinero mensualmente para evitar que me manden a cobro judicial, pero que por el momento no pueden firmar un arreglo de pago conmigo. ¿Usted cree que debo hacerlo o no debo de pagar nada hasta que firmemos un arreglo?
2- Con otra entidad financiera tengo una tarjeta y un crédito personal, me dijeron que eran un mismo banco, pero que esto lo llevaban por separado, entonces que me iban a enviar 2 embargos judiciales, yo llegué a un arreglo por la tarjeta, pero con la gente del crédito personal no pude, entonces decide no firmar nada, porque igual me iban a enviar a cobro judicial ¿Esto lo pueden hacer, enviar 2 embargos?
Muchas gracias por su colaboración.
Tengo una deuda de tarjeta de credito la cual solicite un arreglo de pago y no me lo aceptaron. Ahora lamentablemente me tengo que ir del pais y esa deuda queda pendiente. Mi consulta es que si este banco me puede cobrar o embargar en otro pais donde tambien tienen oficinas. Gracias
Estimado Luis, estoy atrasado con un arreglo de pago, no tengo salario, es posible que embarguen el salario de mi esposa, aunque ella no se encuentre como fiadora
Estimada Maria, quien escribe el 19 de junio, le comento que el salario tiene una protección especial, pues genera el dinero para subsistir, es por ello que esta protegido, excepciones: la pensión alimentaria, que puede “quitar” de el salario hsta un 50%. en lo demas se debe de respetar las reglas de 1 cuarto o un octavo. Bienes en embargables, los bienes que usted detalla se les llaman bienes muebles, y la posesion vale por titulo, esto significa que el que los tiene es el dueño. si estan en la casa de sus padres, se entiende que son de ellos a menos que se demuestre lo contrario, demostracion que tendria que hacerla el acreedor.
Estimada Francela, quien nos escribe el 20 de junio, con todo gusto atiendo este blog, es un placer servir de algo!.
Al ir a cobro judicial, la deuda aumenta efectivamente, los honorarios de el abogados, los gastos de el juicio, etc. Los fiadores responden por todo, esto quiere decir que si va a cobro judicial la deuda, entonces el Juiez embarga todo loq que tenga el fiador y tambien el deudor y con eso se pagaria la deuda.
Estimada Yesenia quien nos escribe el 23 de junio, nuestro despacho ha atendido decenas de casos de cobro por tarjetas y el problema mas grande que existe es que no hay nada por escrito, y los deudores no tienen respaldos de pagos, etc, Lo mejor es que firme un arreglo, y que queden las reglas por escrito, si no, entonces queda a la “buena voluntad” de la empresa de tarjetas y es sabido que las empresas no tienen “buena Voluntad”.
El origen de esa deuda que me habla de credito personal y la tarjeta, es diferente y de hecho firmó dos documetos diferentes con reglas diferentes incluso, si es posible que le envien a cobro en dos procesos diferentes.-
Estimada Lucia de el 23 de junio, le comento que es una excelente pregunta, efectivamente es posible, solo que es extremadamente oneroso para el acreredor hacerlo y honestamente nunca lo he visto. Es posible pero remoto
Estimado Hum qiuen escribio el 24 de junio, IMPOSIBLE, este tipo de deudas se adquiere por la firma de un contrato, no por afinidad. Asi el que hecho que sea su esposa no la hace fiadora o deudora.-
Estimada Maritza quien nos escribe el 9 de junio pasado, Las deudas de tarjetas, hiopotecas, etc, son al fin y al cabo, contratos, y los contratos pueden ser mejor revisados por abogados, pues justamente gran parte de el estudio Universitario versa sobre eso, contratos. busqaue un abogado especialista en esa rama, para que revise los contratos y la situacion actual, en cuanto a intereseses, prescripciones, etc. Y luego el mismo le puede ayudar a negociar con los acreedores.
Estimado Jose quien nos escribe el 10 de junio, si su credito esta manchado en la sugef, no le va a ser posible obtener un credito en otro lugar, uno de las razones para que estos records fueron creados es justamente para ello, para proteger a los otros acreedores de “malos deudores”.
Buenas Tardes
Estimado Luis
Mi consulta es la siguiente, hace mas o menos 1 mes me despidieron de mi trabajo, en el cual me estaban rebajando 1 embargo de salario, lo que me gustaria saber es como hago pagar verificar cual es el monto que me queda para cancelar, ademas que por esa misma deuda otra persona( fiador) tambien fue embargada, como se aplican esos dos embargos y como obtengo el saldo del embargo, donde???
Mil gracias
Muchas gracias por su ayuda. Tengo un cobro de honorarios ante el juzgado, donde el abogado solicita se me embargue una propiedad y mi salario. Ya ha pasado 3 meses y medio y no he recibido la resolución del juez. Yo me opuse porque el cobro que se me hace es desorbitante y falto de verdad. Quisiera saber , en lo que respecta a mi salario me hacen rebajos obligatorios, tales como una poliza Magisterio Nacional, ahorro obligatorio Caja de Ande que quiera uno o no se lo rebajan desde que inicia a laborar para el Ministerio de Educación. Estos rebajos obligados se tomarían dentro de las cargas sociales obligatorias? en caso del embargo al salario. Cual proceso sería… 1° me rebajarían el salario o 2do me embargarían la propiedad. O las dos cosas al mismo tiempo pueden embargar. Que puedo hacer para que sea una sola cosa. Gracias por su ayuda
existe alguna institucion financiera que pueda embargar mas de lo que usted y la informacion de la pagina han brindado, porque un empleado del banco credito agricole de cartago (ahora bancredito) en exceso de confianza me informo que aval banco uno (ahora citi) podia embargar el 100 % del salario, lo cual me parecio ridiculo, porque no pueden dejarme sin sustento alguno, pero mejor es preguntar por si las dudas.
muchas gracias de antemano por atender mi consulta, tengo varias cuentas que pagar ninguna de momento sobre pasa los 600000, en total suman 2 millones, mas se me an salido de control, eh descuidado unas cuentas por las cuales me an llegado cobros judiciales, mi preocupación es que la casa donde vive mi madre esta a mi nombre, la pregunta es ¿existe un monto mínimo para que una propiedad sea embargada? por una suma de 600000 se pude embargar una casa?.
Cristian de el 13 de junio: el arreglo de pago es optativo y opcional de el acreedor, depende de el exclusivamente.-
Estimado rodrigo quien escribe el 16 de junio, le comento que las obligaciones prescriben, solo que es necesario tomar en cuenta muchas variables, como si fue notificado a no, la fecha de la letra de cambio, si Miravalles ha seguido el juicio, etc. lo mejor que puede hacer es obtener copia de el expediente judicial y contactar a un abogado para que analice eso. ademas, estas cuentas, se hacen grandes por los intereses tan altos que cobran, entonces tambien puede revisar si estan prescritos (prescriben a el año)
Estimada sandra, de el 17 de junio, el embargo de salario no es por si una caiusal de despido, si le despiden por esa razon, el patrono, sea quien sea, debe de cancelar todos los extremos laborales.
Estimado Gonzalo, quien escribio el 18 de junio, el embargo de un salario de 350 mil con una pension de 70.000, ronda los 34 mil colones.-
Estimada Yesenia quien escribio el 18 de junio, ante un embargo todos los bienen responden por la deuda, en su caso, la casa que esta hipotecada, es la que será embargada, y rematada, con el producto de ese remate (que es una venta judicial, sea que el juez vende la casa por usted) se paga la hipoteca que tiene y las deudas, si sobra dinero se lo devuelven.
Estimada Vanessa, de el 25 de junio, las sumas que a usted le rebajaron de el salario fueron enviadas a el Juzgado, debe entonces, revisar en el Juzgado, los montos reportados como rebajados y revisar el saldo que debe. todo esto en el expediente que tiene el juzgado. Recuerde que si no ha sido notificada de ese juicio, puede que pueda ser declarado desierto en su favor. entonces es mejor que le pida a un abogado que lo revise por usted.
Estimada Lucia de el 25 de junio, 100% falso, ningun acreedor puede embargar, mas de lo que la ley dice, recuerde que los acreedores acuden donde un Juez y es este el que ordena el Embargo.
Estimado ezequiel de el 26 de junio, los bienes de un deudor pueden ser embargados, no importa el monto de la deuda, es un derecho de los acreedores.
Estimado Luis, tengo la siguiente situación:
El padre de mi hijo, desde febrero del 09 no depositaba la pensión alimentaria, aduciendo no tener dinero por cuanto fue despedido en enero de su anterior trabajo, el nunca se intereso en ir al juzgado a ver como le podían ayudar por lo que solicite la orden de apremio por los meses pendientes la cual se hizo efectiva este mes en su nuevo lugar de trabajo de donde fue trasladado a la reforma y posteriormente al ponerse al día quedo en libertad (los pagos los debe efectuar los 30 de cada mes, el proximo pago correspondería a finales de mes) sin embargo, en estos días me llego una notificación por parte del juzgado donde me informaban que le habían concedido un mes de tiempo para buscar trabajo por cuanto había manifestado estar sin trabajo desde enero hasta la fecha lo cual no es cierto incluso aporto documentos de la caja para hacer constar que ni siquiera estaba cotizando, por lo que necesito me indiques que procede en este caso ya que fui al juzgado y no me indicaron mayor cosa.
Otra cosita no me queda claro lo del embargo de salario por pensión? es otra alternativa adicional al apremio? como funciona?
Muchas Gracias.
Estimada Elena de el 25 de junio, le comento que todos los bienes de las personas responden por todas las deudas, es asi como el Juez puede ordenar el embargo de todos los bienes. Es posible que si uno de los bienes tiene un valor suficiente para cubrir toda la deuda, que el deudor mediante un abogado haga un tramite de exceso de embargo, y se liberen los otros bienes.
Buenas noches, mi novio tenia una tarjeta de credito. Le concedio una adicional al papa, pero el señor abuso de la tarjeta y gasto mas de 2,000 dolares. Mi novio cancelo todo lo que indicaba el estado de cuenta y cancelo la tarjeta, sin embargo en este momento el banco le esta exigiendo que cancele un monto de mas o menos 1,500 dolares que señalan es por extrafinanciamiento de la tarjeta.
Mi novio nunca autorizo o firmo algun papel por el extrafinanciamiento que ahora le quieren cobrar.
Podria darme alguna sugerencia, sera posible evitar que se tenga que pagar este extrafinanciamiento. Gracias de antemano, por atender mi consulta.
Hace mas de dos años me embargaron el sueldo por una tarjeta de credito, hice unos tramites cancele parte de la deuda a los encargados del cobro y me levantaron el embargo, pero el dia de hoy llego a la empresa donde trabajo el mismo embargo que me habian levantado, Es esto posible?
Muchas gracias
Estimada Johana, quien nos escribe el 29 de junio, El Articulo 31 de la Ley de Pensiones establece la posibilidad de un deudor alimentario de solicitar un plazo para encontrar trabajo, el cual no podrá ser mayor a un mes. Esta situación la debe comprobar el de forma satisfactoria.
Si ya el está trabajando, a usted le corresponde contestar la demanda en ese sentido, y aportar la prueba respectiva.
El apremio corporal procede para el cobro de hasta 6 mensualidades atrasadas, y no puede mantenerse por mas de seis meses. Este apremio se revocará si la parte interesada recurre a la vía Ejecutiva (embargo) para cobrar la obligación o si el deudor paga.
Si el deudor alimentario es asalariado, puede solicitarse que le retengan la pensión directamente del salario.
En Dias pasados escribi…despues de cuanto tiempo una deuda se declara Incobrable..le comento A mi me Embargaron el Salario en el 2003 en una empresa en la cual ya deje de laborar y luego de ahi he estado en 2 empresas ..yo pense que el embargo seguia pero no es asi en las otras 2 empresas nunca me han rebajado el embargo…y a la fecha ya han pasado 6 años de eso , que pasa en ese caso???
Estimado Mauricio, le comento que hay dos terminos que se parecen, pero que legalmente son diferentes, incobrable y prescrito.
Incobrable es aquello que luego de gestionar administrativas y judiciales es imposible de recuperar, total o parcialmente, es potestativo de el acreedor y usualmente es una estrategia contable pues las sumas declaradas incobrables se rebajan de la renta. Prescrito, es aquello que “muere” legalmente, y depende de el titiulo que se trate, una factura comercial prescribe a el año, una letra de cambio a los 4 años, etc. Este tiempo se puede interrumpir si el acreedor !”actua” o gestiona el cobro, entonces el tiempo empieza de cero. Lo mejor que puede hacer es estudiar el expediente judicial, pues es ahi donde sabrá a ciencioa cierta que ha pasado.
Hola, una amiga mía le esta pasando que tiene problemas con la pensión alimenticia, pues ella va y firma la orden de captura, pero es ella misma la que tiene que ir a dejar la orden de aprensión a la policía más cercana, eso esta bien??, es decir no lo tiene que hacer el juzgado???. Después el irresponsable, no cotiza para la caja en su trabajo, entonces aún así se le puede embargar el salario??. Le agradería me pueda contestar. Gracias.
Estimado Greivin: 1. esa costumbre de llevar las ordenes de apremio, se dan para alijerar el proceso, pero me parece que si ella no lo pide, el Juzgado lo puede enviar, no se si llegaran al final. 2. La peor diligencia es la que no se hace, yo le recomendaria que vaya a el Juzgado y pida el embargo sobre el salario y que le envien el embargo a el patrono, es una orden de un Juez, y si el en realidad trabaja ahi, y si el patrono se niega con prueba se podria acusar a el patrono por esa accion.
Si a una personan le rebajan una pensión alimentaria mayor a la suma embargable de su salario establecida en el artículo 172 del Código de Trabajo (la 8va y 4ta parte según salario), le pueden aplicar un embargo por deudas financieras? o tiene que hacer fila?
Estimado Alberto, quien escribio el 8 de julio, el salario es embargable por pensión alimentaria hasta en un 50%, ante un embargo asi, los demas embargos deben de hacer fila. el otro 50% es para que pueda subsistir con los demas gastos.
Estimada Maria, en los contratos de tarjetas de credito, el voucher es el titulo que ampara la deuda, para llevar a cobro una cuenta de tarjetas, un Contador Público Autorizado, “revisa” el record de voucher y declara cuanto es la deuda, de hecho a la corte llega la certificacion de el contador y no los vouchers, Entonces si su suegro estaba autorizado a firmar y firmó el voucher, es suficiente para que puedan cobrar. Todo depende claro de que el suegro estuviera autorizado y de que ese voucher estuviese firmado.-
Estimado Mauricio de el 3 de julio, en teoria si cancelo la deuda, no puede volverse a embargar un bien o el salario, por la misma razon. Le recomiendo ubicar el juicio, el patrono puede tener la orden de embargo y ahi dice donde se tramita, y asi confirma que se trata de el mismo proceso. Recuerde que si su salario tiene mas de tres meses de embargado y usted aun no ha sido notificado por la corte, puede – por medio de un abogado – que le terminen el juicio y pedir que le devuelvan el dinero embargado. El acreedor tendria que empezar el juicio de nuevo.-
Hola hace ya varios días que escribi y quisiera alguien me pueda dar una respuesta al respecto.Tengo en este momento un embargo del cual me rebajan ¢117,000 mensualmente. Me acaban de indicar que me llego otro donde yo estaba como fiadormi pregunta es: Me pueden rebajar los 2 embargos al mismo tiempo?? Porque esto sin duda alguna seria faltal para mi familia. Mi salario bruto es por ¢810.000. Que sucederia si me llegara un 3er embargo ?? como proceden en ese caso ? Porque me dijeron que este mes me lo aplicarian a la planilla, cual es la ley que no permite esto ? osea la ley que dice que deben de hacer Fila ?? Gracias por su ayuda.
Estimado Diego, situaciones personales causaron un atraso en las respuestas, en su caso, con un salario de 810.000. por ley las deducciones legales (ccss e impuestos) son 95.300 colones, quedando un margen embargable de casi 714.700 colones, aplicando las reglas de los embargos, el monto a embargar es de 120.336 colones. Su salario es embargable hasta 120.336, sea por uno o varios acreedores.
Buenas Tardes, Tengo una deuda con una tarjeta de credito por la cual pago un monto de 350. 000 colones x mes. Si dejo de pagar la tarjeta y me embargan el salario podrian embargarme 120.000 colones x mes, lo cual es preferible para mi porque obviamente el monto es mucho menor. Si no tengo bienes a mi nombre que otras implicaciones podria sufrir si dejo de pagar para que me embraguen el salario?
Gracias por su atención y ayuda, ha sido de gran utilidad. Tengo una propiedad con una hermana, ambas somos coopropietarias. Mi hermana presentó una demanda de Abreviado por División Material, la cual terminó por no tener división siendo valorada por un perito que el juez puso y le dio un valor de 46.000.000 milllones. Mi pregunta si tengo un cobro de una deuda por 5.000.000.00 millones puedo poner a responder la parte que me corresponde, este monto lo rebajarían de el valor total y me devolverían lo sobrante si solicito que se remate.
Estimado licenciado: segun he leido, me queda claro el orden de las deducciones que usted menciona, sinembargo me queda una duda, mi salario es de unos 260 mil y por compromisos con bancos me deducen de mi salario las cuentas quedandome un liquido de 60 mil cls. ¿ que pasa con las deudas que ya me rebajan ? si me embargan el salario, no podria hacerle frente a cualquiera de ellas, y me vería involucrada en nuevos embargos, ¿ eso funciona así, ?
Buenas tardes;en el 2005 me enviaron una tarjeta a cobro judicial pero trabajaba propio, no cotizaba para la caja y el juzgado declaro el juicio abandonado, ahora hace como tres meses me contactaron y yo acorde pagar 10mil por mes el problema es que otra persona que me llamo de esa entidad me dijo que tenia que pagar todo o si no me embargaban que los 10mil por mes ya no los hiban aceptar como le dije que no podia pagar todo me amenazo con embargarme , yo queria honrrar la deuda pagando cada mes pero ellos quieren que pague todo y en este momento me es imposible, la pregunta es ellos pueden embargarme despues de que un juez declaro ese caso abandonado en el 2005 ??
Gracias de antemano por su ayuda.
Buenos dias, mi pregunta es si yo tengo un salario base de es equivalente al salario minimo de ley y despues recibo pago de comisiones reportadas en la Orden Patronal, estas ultimas estan sujetas a embargo? O como se manejaria este caso.
Buenas tardes , mi consulta es la siguiente a mi empresa llego una notificacion por un embargo de salario yo gano 375.000.00 colones , de eso si no equivoco me van a embargar como 23.000.00 colones mensuales q es la octava parte , pero llame al banco y me dijeron que van a venir mas embargos por intereses , y cosas asi , la pregunta es aparte de este embargo , me pueden seguir embargando mas mi salario o es mejor llegar a un arreglo de pago . o como puedo hacer para que mi salario no lo puedan tocar mas ( aclaro la deuda esta como principal mi esposa q tambien trabaja y yo estoy como fiador .) muchas gracias !!
Hola mi consulta es la siguiente: a mediados del 2006, realice un credito con una cooperativa y por razones de salud tuve muchas incapacidades, por lo que no me rebajaron por planillas las cuotas, me demandaron y en el 2007 me rebajaron de palnillas , pero por mi salud volví a incapacitarme y hubo periodos que no se rebajó, por lo que me embargaron el salario, no obstante posteriormente se volvió a rebajar de mi salario el credito, éste era por trecientos mil colones, por planillas se rebajó la suma de aproximadamente SEISICENTOS VEINTE MIL COLONES y por embargo la suma de CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL COLONES, aunque se levanto el embargo el proceso continua, ¿Que debo hacer, si ya esta pagado el doble de la deuda y se me rebajo normalmente, tienen derecho a solicitar intereses , si quincena a quincena rebajaban el dinero?
Estimado Gerardo. la suma maxima embargable de su salario es 23.000 a menos que sea por una pensión allimentaria, se le podria embargar hasta el 50%. los demas embargos deberpan de “hacer Fila”.
Estimada Marisol de el 21 de julio, las sumas que le embargaron, fueron depositadas a la orden de Juez, y este las aplica a la deuda, el Juez revisa que todo este en orden en cuanto a lo que le estan cobrando. Le recomiendo que visite el Juzgado donde se tramita el cobro judicial y constate como se aplicaron las sumas. Es mejor si un abogado le hace este trabajo, el le puede ayudar a defenderse en caso de que existan armas legales a las que se pueda echar mano.
Pablo 17 de julio, todos los ingresos producto de el trabajo se toman en cuenta como salario, esas extras, comisiones, forman parte de el salario, y como tal pueden ser producto de embargo.
Estimado Rafael de el 16 de julio, Le recomiendo que contrate a un abogado para que revise ese proceso judicial, existen dos opciones que podria utilizar la deserción o la prescripción. el primero hace que el juicio tenga que ser presentado de nuevo, lo que le puede beneficiar en cuanto a pagar menos intereses- el segundo hace que la deuda desaparezca. Perop todo depende de una serie de hechos que solo un abogado le puede indicar viendo el expediente.-
Ashley de el 16 de julio, para saber cuanto es lo embargable, conforme la ley, solo cuentas las cargas sociales (CCSS e Instituciones) los prestamos que le deducen tendrian aue pasar a segundo plano. tiene prioridad el embargo sobre los prestamos.
Estimada Elena, 16 de Julio, usted es dueña solo de una porción (50%) y solo esa porcion puede ser embargada por sus deudas. asi que pone a responder su porcion y de la parte que le toca a usted, se rebaja. Su hermana no puede perder por sus deudas.
Estimada Ana de el 15 de Julio: en vez de pagar x mes, dejarse embargar, veaos algunos efectos:
1, pagar honorarios de abogado.
2. pagar gastos de el juicio.
3. Pagas mas intereses, por que va tardar mas en pagar la cuenta.
4. va a estar manchado su record crediticio por mas tiempo.
Estimado Don Luis.
Le agradezco su tiempo. En mi caso estoy pagando una deuda por tarjeta de crédito, la misma ya esta en cobró judicial desde hace varios meses pero el Bufet de Abogados me sigue llamando a mi actual trabajo y me sugieren realizar un arreglo de pago por la misma, me indican que los intereses siguen aumentando la deuda… Es eso correcto??
Mi salirio es de 250000 mensuales. Gracias!
hola saludos mi pregunta es la siguiente tengo una hermana que perdio su trabajo y por ende le quedaron muchas deudas ahora se acaba de dar cuenta que la casa de ella esta en proceso judicial yo lo que quiero saber es si le quitan la casa o si se puede llegar hacer un arreglo con ellos por lo menos tratar de pagar alguna mensualidad ya que mi hermana no es que no ha querido pagar por lo contrario es muy trabajadora y honrada simplemente no encuentra trabajo
Hola Luis, tengo tres tarjetas de crédito, pero no puedo pagar una, es por 600 mil, que pasa si la dejo de pagar, existe la posibilidad de que me envien a la carcel o algo asi, o yo tendria que asistir algun juicio que eso es en realidad lo que no quiero. Cual seria el procedimiento que seguirian conmigo si la dejo de pagar y ya. Gano 215 mil colones.
Gracias
Estimada Carmen, le comento no existe prisión por deudas, lo que va asuceder es que si va a cobrol la deuda va a crecer, pues va a tener que pagar los gastos de el abogado de la empresa de tarjetas, los gastos de el juicio etc. asi tambien que los bienes suyos, el salario, va a ser embargado, un salario como el suyo puede ser embargado en aldededor 12 mil colones por mes. –
Estimado Johnny, 28 Julio los intereses es la ganancia de los prestamos, ese es el negocio, en arreglo, al dia o en cobro, siempre estaran. Depende de que tipo de arreglo le propongan, puede ser una opcion, siempre mejor pida antes las condiciones de el arreglo, los plazos, los intereses, etc. Y GUARDE TODO LO QUE TENGA, es su respaldo
Luis Dios le bendiga por todo lo que hace por las personas, mi consulta es la siguiente:
Que pasa si uno realmente no puede pagar una deuda, yo se que se va a cobro judicial y todo esto, pero aunque le realicen un juicio y ud no tiene trabajo ni dinero para pagar, que pasa?? Y tambien que pasaría si yo me desaparezco en el sentido de que cambio mi numero, la casa donde vivo es alquilada y me hagaba de mudar no me van a encontrar aqui, no tengo ni un solo bien a mi nombre que pasaría en mi caso… Mandarian a la policia a buscarme o no… Y en cuanto tiempo caduca cada deuda…
Muchas Gracias
Dios le bendiga
Estimado Luis, tengo una consulta sobre ley de pensiones alimenticias, por ejemplo en el caso de un un salario ya liquido de 587 mil colones. Paso a mis tres hijos un monto de 150 mil por mes, pago unos prestamos por arreglos que se le hicieron a la casa donde ellos viven por un monto de 75 mil, actualmente pago el prestamo de casa donde yo vivo por 198mil mensuales, sube y baja dependiendo de la tasa basica pasiva, mis gastos de comida, servicios publicos y transporte por 150mil y esto incluye que los fines de semana de Viernes a domingo mis tres hijos estan con migo.
Esto me deja con 14mil colones al mesa para cubrir mis necesidades de vestido y demas cosas, que normalmente se ve mas en comprar cosas extras que siempre salen los fines de semana con los chicos. Le comento que mi salida o la separación se dio a petición de mi esposa de que me fuera de casa, osea fue totalmente en contra de mi voluntad, marcado el panorama, mi consulta es la siguiente, aparte de los 150mil que les paso, se me esta pidiedo que cubra con muchos otros gastos, como pagos de eventos especiales en la escuela, o demas cosas de los niños que por cuestion de presupuesto no puedo cubrirlos, pero me dicen que legalmente estoy obligado a hacerlo porque ella no trabaja. Ella por ejemplo no paga casa ya que la casa es de la familia, sus padres viven con ella por lo que ellos cubren muchos gastos de la casa, y hasta tienen servicios que yo no puedo ni poner en mi casa como cable o internet. Por lo que quisiera saber que es lo que dice la ley al respecto.
Buenos dias caballero mi consulta es la siguiente yo tengo una deuda con importadora monge de 230.000 colones y estoy atrasado como con 100.000 colones.Yo quiero entregar el articulo porque yo no puedo pagar el monto atrasado en un solo pago y quisiera saber cuanto tendria que pagar si me embargan el salario,si yo gano 216.000 colones sin las dedupciones y tengo una pension alimentisia de 45.000 colones provicional.Gracias por su alluda.
Estimado Mario, Para fijar el monto de pensión alimentaria se deberán tomar en cuenta las posibilidades economicas y el capital que le pertenezca o posea quien deba darla, así como el nivel de vida acostumbrado de los beneficiarios.
Demostrado en juicio que sus posibilidades económicas no dan para pagar esos otros gastos, usted no estaría obligado a cubrirlos. (art. 164 Código de Familia) Aporte de la Licda. Mariselle Verdesia.
Estimada Guiselle, 29 de Julio, El arreglo de pago es una opcion que tiene el acrreedor, depende de “su buena voluntad”. Haga lo posible de llegar a un arreglo y en caso de que le notifiquen de el Juicio, busque un abogado para poder defenderse y saber que pasos seguir.
Estimada Gloriana, 31 de Julio, Si el deudor no tiene bienes, no tiene salario, no tiene nada, el acreedor no puede hacer nada mas. no hay prision por deudas, no hay impedimento de salida. Solo que el credito se le manchará. Y las deudas prescriben a los 4 años, generalmentel pero, por ley tambien estos cuatro años pueden extenderse. Bendiciones a usted tambien !!
Estimado don Luis:
Aunque soy bastante joven, actualmente tengo 3 embargos debido a mi ingenuidad y falta de malicia cuando trabajaba, lo que me llevó a ser estafada por un familiar, el cual, sencillamente se dejó de hacer responsable de estas deudas. Ahora, ya no estoy laborando y no tengo salario ni bienes, ya que desde hace 5 meses empecé a estudiar a tiempo completo en una universidad pública, en donde cuento con una beca total, gracias a la cual se me deposita un subsidio mensual de aproximadamente 45 mil colones en una cuenta de ahorros a mi nombre. El problema es que el banco emisor de dicha cuenta de ahorros es uno de los acreedores con los que tengo operaciones en cobro judicial (curiosamente accedieron a abrirme la cuenta de ahorros aunque en ese momento ya estaban en cobro judicial los créditos). Según las consultas que he leído en su sitio web, entiendo que el banco no me podría embargar este subsidio, ya que el monto es menor al salario mínimo, pero quisiera estar totalmente segura para mayor tranquilidad. Me surgió la duda porque, a pesar de que el cobro judicial de mis deudas existe desde hace 1 año, hace pocos días me llamaron del banco para negociar un arreglo de pago, lo cual -aunque desearía mucho- es simplemente imposible para mí en estos momentos y durante mis próximos años como estudiante. Estas deudas pueden prescribir en 4 años?
Además, existe un vehículo registrado aún a mi nombre a pesar de que fue devuelto hace 11 meses a la agencia donde se adquirió mediante un financiamiento. Fue devuelto por falta de pago y morosidad. Me dijeron en la agencia que debido a esta deuda que no se ha saldado, el traspaso del carro tardaría mucho. A este vehículo, por estar aún a mi nombre lo pueden embargar otros acreedores?
Le agradezco muchísimo su ayuda, ya que todos estos problemas han sido un verdadero calvario y no cuento con los medios para acudir a consultarle a un abogado. Realmente, esta lección ha sido muy dura y penosa y me ha enseñado a no confiar en nadie y a no prestar mi nombre ni mi firma nunca más. Mil gracias!!
mi hermano le esta debiendo a un Banco Privado un dinero, pero no ha podido llegar a un arreglo, no tiene empleo, ni tiene propiedades y los abodados del Banco han estado llamando a mi mamá amenazandola que mi hermano no llama lo van a detener judicialmente.dbo aclarar mi hermano no vive con ella, no se como dieron con mi numero de telefono. y en otra oportuinidad llamaron ofreciendole un trabajo que por favor llamara ya no hayan que inventar para localizar a mi hermano.
mi pregunta es si se puede llegar a detener judicialmente a mi hermano, mi hermano no sabemos donde vive mi mama esta muy enferma y de feria esta recibiendo esta amenazas
Estimado Luis, Gracias por sus consejos tan valiosos, mi consulta es la siguiente, fui victima de una estafa en dos tarjetas de credito, ahora se me esta tramitando un embargo porque no he podido pagar, puesto que no contaba con esos gastos, entre mis bienes a embargar estan dos vehiculos, una propiedad, una embarcacion y mi salario, ¿ me quitan los bienes y tambien me deducen el embargo del salario? ademas vendi un vehiculo hace mas de cuatro años pero sigue a mi nombre, actualmente no se donde se encuentra el sr. al que le vendi el carro, pero me preocupa, que tenga problemas por esto. ademas como calculan ellos el valor de los bienes, lo aplican a las deudas? le agradesco su ayuda,
Dios le bendiga siempre
Buenas tengo una duda, cuanto tiempo despues de que el acreedor pone la demanda de cobro judicial, trascurre normalmente hoy en dia para que la notificacion llegue a donde el patrono, ahora el patrono mismo le comunica de previo a uno que le seran rebajados dineros por motivo de embargo, o simplemente lo realiza y ya, tambien cuando es realido el cobro judicial y se llega a un arreglo por fuera con el acreedor es posible que este proceda a levantar la demanda y se suspenda el embargo pertinente, existe un procedimiento para esto. Muchas gracias.
Estimado Luis: Una consulta que pasa si a uno lo citan para un juicio, de lo mismo de tarjetas de crédito y uno no se presenta.
Muchas Gracias
Carmen, 10 de agosto, le citan justametne para que se defienda, pierde el derecho a alegar que existen intereses prescritos, que la deuda no es la que ellos dicen etc.-
Hola! En este momento estoy en una situacion muy dificl. Por la crisis tuve que cerrar mis negocios y a causa de esto no he podido afrontar 3 de las deudas que tengo por pymes y otros. Con algunos llegue a un arreglo de pago, pero con los de tarjeta de credito no hubo forma, ya que me solicitaban montos que no tengo. Ahora para mantener a mi familia consegui un trabajo para apenas cubrir nuestras necesidades y pagar algunas de las deudas. Mi salario es de 594000. Las preguntas son las siguientes:
Cuanto me pueden embargar?
Si estoy pagando otras deudas, no se toman en cuenta para calcular el embargo?
No tengo casa ni carro, pero me podrian embargar otros bienes (Tv u otros). Como se cuales de estos vienes me podrian embargar?
Acabo de tener un bebe. Me podrian embargar las cosas que son de el? (coche, cuna, silla para comer)
Le agradezco la atencion que me pueda brindar.
Gracias.
Kenneth 4 de agosto: Teoricamente de su salario, menos las deducciones de ley (9%) y menos esa pension provisional, NO QUEDA SUMA PARA EMBARGAR. no se le puede rebajar nada por concepto de embargo.-
Susana (6 de agosto) le comento: 1. el monto que le depositan como beca no es salario, por lo que puede ser embarado en su totalidad, solo el salario esta protegido por ley, asi si es posible que se lo embarguen. 2. El vehiculo mientras este a su nombre puede ser embargado por todos los acreedores. 3. prescreibes a lños 4 años si el acreedor no ejerce el derecho a cobrar, la prescripcion es un “castigo” por abandonar el cobro.
Rocio (7 de agosto) por regla general no existe prision por deudas, esos comentarios sobre que lo pueden detener no tienen sustento legal y no son reales. No se preocupe por eso.-
Estimada Cathi, del 7 de agosto, le comento que el acreedor va a decirle a el juez por medio escrito, cuando le debe usted en total, y cuanto son los intereses, le dice que bienen aparecen inscritos a su nombre y le pide que los embargue, el Juez ordena embargarlos, (sin tomar en cuenta el valor), asi como el salario, luego le notifican a usted y usted podria alegar “exceso de embargo” osea, que se embargamos bienes demas. finalmente el juez toma el dinero de el embargo de el salario, y los bienes los remata, los bienes como los carros los valora un perito y dice que valor tienen, en ese monto o valor es que los remata el Juez
David 8 de agosto, el patrono no tiene que notificar a el empleado, pero usualmente lo hacen, la orden de embargo que le llega a el patrono tiene un monto total a embargar, una vez que el patrono alcanza esa suma, este deja o debe de dejar de retener el salairo. Si es bueno que usted lleve el control y que ademas se apersone a el Juez a que las sumas sean aplicadas a la deuda, sino es asi, entonces los intereses siguen corriendo. Recuerde que si esta embargado el salario por mas de tres meses y aun el Juez no le han notificado la demanda puede pedir la desercion, que es un derecho de los deudores y que en resumen acaba el juicio y ordenan devolver el dinero embargado. El acreedor tendria que inicar otra vez el Juicio.
Estimado licenciado:
Según la ley, ¿Cuál es el momento específico en que una deuda (tarjeta de crédito, préstamo bancario, etc) es declarada INCOBRABLE?
¿Será con el último pago de la operación, cuando queda prescrita, cuando es abandonado el juicio o algún otro?
¿Dónde puedo encontrarlo en la ley?
Mil gracias por su respuesta.
Estimada Juliana, es potestad de el acreedor, usualmente lo pasar por incobrable luego de tres años de no estar pagada y de que el deudor no tenga bienes ni salario, pero no impide que el acreedor la reactive.
la prescripción es un castigo y es extremo, por ejemplo una tarjeta de credito prescribe 4 años despues de el ultimo pago, si antes de esos 4 años el acreedor trata de cobrar, entonces, se interrumpe el plazo y arranca de nuevo los 4 años.
la prescripcion esta en el Código de Comercio articulos 968.
Hace un tiempor compre un celular en una tienda, como estaba malo lo devolvi y nunca volvieron a llamarme (ellos se dejaron el aparato) y ahora luego de más de un año me llaman para embargarme, es eso posible
Estimado Alonso, Su respuesta: Si usted tiene como probar que estaba malo y que lo devolvió para que fuera reparado y nunca se lo regresaron, podría alegar esto en la corte cuando le hagan el cobro judicial.
Estimada Mariana M, (agosto 18)La propiedad de su casa está dividida en dos, diciendo de una forma sencilla, una parte le pertenece a usted y la otra a su madre (sui madre tiene el derecho de usar la casa). El acreedor puede embargar la parte suya – nunca la de su madre – y rematarla, pasando a ser de ellos, sin embargo, el derecho de su madre a usar la casa y vivir en ella no lo pierde. Ella podría seguir viviendo en la casa.-
Estimado
Si su salario es de 594.000, le pueden embargar hasta 48.100 mil colones aproximadamente.
Le pueden embargar bienes no necesarios para subsistir.
No es posible que le embarguen las cosas de el bebe.
para que tenga mayor claridad sobre que es embargable en una casa le invito a leer: http://www.dyncr.com/blog/embargo-de-bienes-en-costa-rica-menaje-casa/
Estimado Luis,
Es posible que se embarguen bienes inmuebles donados antes de contraer las deudas, y como influye que aparezcan como servidumbre trasladada en el registro a la hora del embargo.
Agradezco de antemano la atención brindada.
Estimada Nancy, son embargables, y el hecho de que pesen sobre el bien servidumbres e incluso hipotecas u otros embargos no impide el embargo.
Estimado Luis, aquiri una cuenta con una tarjeta de credomatic en el 2001, nunca me enviaron estados de cuenta, nada, por problemas de economicos tuve que dejar de abonar a la cuenta, la semana pasada me dejaron una notificacion de embargo. Puedo alegar que son intereses prescritos como una manera de defensa? Puedo alegar que nunca me enviaron los estados de cuenta a las direccion antes dadas, en esto momento no poseo nada a nombre mio, vivo a la orilla de un rio que esta a punto de llevarse la casa, en resumen no estoy en condicion de pagar ahorita, tengo obligacion con mis padres ya que soy el menor de todos y me toco toda su manutencion.
Dios lo bendiga.
Estimado Luis de el 7 de setiembre, los intereses prescriben al año, puede alegar la prescripcion de el tiempo anterior a el año de la notificación, sin embargo estos alegatos deben de ser presentados por escrito y autenticados por un abogado. En ese mismo escrito el abogado va a incluir cualquier otra defensa en su favor. El hecho de que no le enviaran los estados de cuenta no es algo que se pueda alegar. por que eso no lo eximia de el pago.-
DON LUIS MIRA ESTOY EN UNA ENCRUCIJADA ENORME PARA EMPEZAR MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE:
YO ME METI EN UNA COOPERATIVA QUE SOLICITO UN PRESTAMO DE MAS DE 60 MILLONES A INFOCOOP SOMOS 12 SOCIOS LA COOPERATIVA QUEBRO Y NUNCA PAGO AHORA HICIERON EL EMBARGO DE BIENES DE LA COOPERATIVA Y A LOS SOCIOS LOS CUALES HABIAMOS FIRMADO PAGARES EN FORMA INDIVIDUAL CADA UNO UN SOCIO YA HIZO ARREGLO DE PAGO PERO LOS DEMAS NO EN MI CASO ME ES IMPOSIBLE HACERLO A MI ME NOTIFICARON EN FEBRERO DE ESTE AÑO LA ORDEN SALIO DEL JUZGADO DESDE OCTUBRE PERO ME LLEGO HASTA FEBRERO Y EN LA MISMA DICE EMBARGO SOBLE VEHICULOS QUE YO TUBE LOS CUALES YA HABIA VENDIDO EN DICIEMBRE SOBRE LA CASA NO ME CAYO EMBARGO POR QUE YO VIVIA EN UNA CASA QUE SALIO INSCRITA A MI NOMBRE EN ENERO DEL 2009, YO LA TRASPASE A A MIS HIJOS PERO CONSERVANDO YO EL USUFRUCTO ACTUALMENTE RENUNCIE AL USUFRUCTO Y SE LAS DEJE EN LA TOTALIDAD A MIS HIJOS QUE DE TODOS MODOS ERA DE ELLOS LO QUE YO QUIERO SABER ES SI ES EMBARGABLE EN ESTE CASO O NO
MUCHAS GRACIAS
Estimado Luis estoy pagando un embargo 1 407 000 por causa de un fiador, se supone que ya lo pague sin embargo me lo siguen rebajando de planilla, fui al banco de la deuda y me dicen que el monto no ha sido depositado, cuando voy a la corte el espediente dice que ya he pagado 1 490 000 pero no lo pasan al banco por que dice que es prematuro, a que se refieren con esto y que deberia de hacer para que lo pasen al banco y me lo dejen de bajar de planilla si ya lo he pagado en su totalidad y aun mas.
Excelente blog uno no siempre encuentra cosas tan utiles en la web como las que esta haciendo usted. Gracias y Saludos
Estimado Gustavo, gracias por sus comentarios, le recomiendo que un abogado revise el expediente, y determine que esta pasando desde el punto de vista legal. Por ejemplo, si le estan rebajando el salario, pero no han sido notificados todos los demandados, o que los intereses esten prescritos, etc. Todas estas son armas que pueden: o bien dar por terminado el proceso o bien hacerle ahorrar dinero en intereses prescritos. pero, todo depende de que tiene el expediente.-
Estimada Mor de el 10 de setiembre: le comento que si la casa fue traspasada y ya no esta inscrita a su nombre,no podria ser embargada por una deuda suya, pues ya no le pertenece.
Estimado Luis mi consulta tengo dos deudas con tarjeta de credito una por 356.000 y otra 452.000 ambas estan en cobro judicial no he podido abonar porque estaba sin trabajo casi año y dos meses hasta hora consegui un trabajo que me gano 160.000 al mes y apenas tengo dos meses yo queria saber si se podria sacar un prestamos para pagar esas cuentas, ya que por los cobros he perdido opurtunidades de trabajo, asi cancela esa cuenta y buscar otro nuevo t rabajo..gracias
Una empresa de publicidad me cobra por un anuncio del cual no estuve de acuerdo, eso fue en el 2007. Lo que pasa es que no tengo ningun reclamo por escrito y la unica prueba de que no recibi lo que pedí es el anuncio en si.
Ahora una empresa me llama a cobrarme por el anuncio bajo amenaza de mancharme el record crediticio, lo que me abre la interrogante de si eso es realmente malo. Ya se que me va a costar conseguir prestamo, lo cual no me desvela, pero me dice que incluso para conseguir trabajo me puede afectar. Es eso cierto?
Buenas tardes,
Se que no se trata sobre liquidaciones laborales. Pero me ayuda con esta duda:
Una señora cuidaba mi hija en la casa de ella por los últimos 5 meses, y ahora ya no voy a tener sus servicios. Debo pagarle vacaciones, aguinaldo, preaviso y cesantía?
A ella yo le pagaba 20,000 por semana.
Don Luis mi pregunta es que pasa si el acreedor cobro antes de los 4 años pero me notifican despues de los 4 años la deuda preescribe?
Mi pregunta se debe a que tengo una deuda que en febrero cumple 4 años y no me han embragado ni notificado pero revisando la pagina de el poder judicial me doy cuenta de que ya esta en cobro judicial
Muchas gracias
Don luis si me notifican despues de haber pasado 4 años pero el cobro empezo antes de los 4 años procede prescripcion o no.
Le agradezco su ayuda
Buen dia
Luis tengo algunas consultas a uno le pueden manchar el credito antes de llegar a un embargo de salario?? cual es la diferencia entre cobro judicial y embargo de salario??? Si me embargan el salario lo que me embargarian seria aprox. ¢8000 y tengo una deuda de ¢500.000 pasare todaa la vida embargado??? esa deuda no se ingrementará por intereses???
Gracias
Hola
mi comsulta es la siguiente, mi salario es de 620.000 pero por un problema grave familiar adquiri varias deudas tengo una deuda significativa de 7.000.000 sin fiador, yo no puedo seguir pagandola, que monto me enbargarian en este caso es mas de los 7.000.000?, y cuanto deberia pagar por este monto, no entiendo muy bien en los comentarios anteriores lo de los bienes embargables, yo tengo un carro a nombre mio, lo puedo pasar a nombre de mi madre, y que mas ma embargarian?
Muy buenas.
Tengo varios embargos, me estan rebajando 2 actualmente de mi salario, gracias a Dios me ha ido bien estos meses y podre cancelar las deudas. Como es el proceso para cancelar las deudas, es con el banco o con el juzgado?
Tambien cuanto tiempo despues de cancelar las deudas puedo optar por un credito en el futuro.
Muchas Gracias.
Buenas, estoy atrasada con varias cuentas sin embargo las notificaciones que me han llegado es de cobros administrativos, si yo quisiera salir en este momento del pais por viaje de trabajo me podrian restringir la salida en el aeropuerto? Ademas otra consulta si lo van a embargar, ¿que embargan primero el salario o el carro?
Andrea, es casi imposible y nunca sucede que gestionen un impedimento de salida de el páis. el embargo usualemente cae sobre todos los bienes a la misma vez.
hola lo felicito por el espacio, actualmente tengo una cuenta 2meses atrasada)tarjeta de un banco el monto debido es de 280000 colones , y m llamaron diciendo q hivan atomar via legal, la pregunta es q no tengo vienes a mi nombre, solo trabajo,vivo con mi madre, ella no trabaja solo se apoya economicamente de mi, la casa en la q vivo es de mi madre y fue dada en interes social esta a nombre de mi madre, en la casa solo hay 2 tvs,refri,lavadora y cocina.algunos de estos bienes puede ser embargado=? ademas mi sueldo es de 185000 sin descontar el 9%, el salario me queda como 170 aprox, cuanto me pueden embargar del sueldo? ademas como empieza el proceso legal? gracias
Hola Don Luis, primero felicitarle por el blog, esta super útil.
Mi pregunta es, me avisaron por teléfono que mi salario será embargado por no mantener al día la deuda de una terjeta de crédito, la deuda es de 1 millón de colones. Mi salario, según orden patronal es de 558.313, a ésto habría que deducir cargas. ¿Cuánto aproximadamente me van a rebajar?, además, aunque no me dijeron que me iban a embargar bienes, me preocupa un carro que tengo a nombre mío, sin embargo que tiene como arrendador a una sociedad (la que me financió el automovil), estoy a punto de cancelar el carro (en 2 cuotas), y dudo de si me lo van a embargar.
Gracias por la ayuda.
estimado Bryan, de el 21 de setiembre, un salario como el suyo es inembargable, no se puede embargar. podria obtener algun tipo de prestamo, pero en el “mercado negro” por que una vez que estamos atrasados caemos en la lista negra, ese mercado negro las condiciones son muy dificiles, tasas de interes altas, etc.
Andres de el 22 de setiembre, me pregunto si existe algun contrato firmado entre ambos, usted y la compañia, si existe ese contrato, supongo que ahi se consignan las reglas de como iba a ser el proceso de aprobacion de el anuncio, etc, revise si ellos siguieron las reglas. Ahora bien, si le manchar en record, tambien puede acudir a las empresas “datum” etc, que son las que llevan ese records a reclamar por que fue incluido si no existe incumplimiento.
Estimada Adalieth, efectivamente debe de cancelarle todos los extremos laborares que indica.-
Estimado Pablo, los cuatro años se cuentan desde el ultimo pago efectuado, si el acreedor va la corte, no basta con que interponga la demanda, sino que sea notificado el demandado.
Estimado Pablo, ski le notifican luego de 4 años, debe de apersonarse a el proceso y alegar la prescripcion, eso no es de oficio o sea el Juez no lo hace por usted, usted tiene que hacerlo, debe de contratar un abogado y defenderse alegando la prescipcion.
Estimado Wilberth, 25 de setiembre, dejeme explicarle:
1. cobro judicial, es el proceso mediante el cual un acreedor trata de cobrar el dinero no pagado, se lleva a cabo ante un juez y existen varias acciones que se toman para recuperqar el dinero, embargo de salarios, embargo de bienen, ordenes de captura con automoviles, notificacion al deudor ext.
2. Embargo de Salario: el juez a peticion de el acreedor le ordena a el patrono a que embargue el salario de el deudor.
3. Las deudas generan intereses, entonces, si conforme pasa el tiempo la cuenta crece y la suma que se le embargue, se aplica a la deuda.
Estimada diana de el 30 de setiembre, el monto a embargar de el salario no depende de al deuda, sino de el salario. en su caso su salario puede ser embargado en alrededor a los 100 mil por mes. todos los bienes que usted tiene, responden por sus deudas, entonces, el carro puede ser embargado. tenga cuidado pues sabiendo que va ser embargada traspasar el carro puede considerarse un delito penal, y la podrian acusar.
Estimada Pamela de octubre 9, le comento que el embargo puede rondar lños 100 mil colones por mes, no importa si el carro tiene una deuda o no, ellos lo que van a revisar es si esta a su nombre, y si lo esta lo embargan.
Estimado Don Luis. Mi consulta es que yo tenia la tarjeta Promerica y la deje de pagar hace ya tres años porque mi situacion economica no lo permitia. Yo tengo un salario de 165.000 mensuales Bruto y ahora me llamaron para embargar mi salario. Me dicen que van a cerrar el sitio donde trabajo y le van a cobrar una multa a la dueña del lugar. Yo deseo saber si eso corresponde de verdad y cuanto me van a embargar mi salario. Con esta tarjeta lo que sucedio es que hice varios prestamos para estarla pagando pero llego le momento que no podia con todo y yo tengo en esas otras cuentas fiadores y no me queda nada de salario. Estoy muy desesperada hasta el punto de quererme quitar la vida para terminar con esto. No resisto mas estoy desesperada. Por favor contesteme y ayudeme. Bendiciones y muchas gracias.
Estimada Sonia, primero que todo quiero que entienda algo, el atraso en su tarjeta de credito NO ES SOLO SU CULPA, en cualquier negocio, las cosas pueden pasar y asi como usted esta pagando consecuencias por esto, la empresa de tarjetas tambien. Ellos decidieron darle un credito y ahora usted no lo puede pagar.
Entienda ademas que las personas que llaman por telefono, son pagadas para eso, y muchas muchas veces hacen cosas indebidas, ilegales y comentarios ilogicos, asi que no lo tome tan en serio.
Al ver el monto de su salario tenga claro que ES INEMBARGABLE, no se le puede embargar ni un colon, por que esta justo en el minimo inenbargable.
Por ahora, aboquese a no preocuparse tanto, cuanto las cosas desde el punto de vista economico mejoren para usted, entonces se atendera la cuenta.
Buenas Tardes Licenciado,
MI consulta es la siguiente, tengo un arreglo de pago atrasado por mas de cuatro meses con una Credomatic, por casi 2 millones y medio, me ha sido imposible hacer los pagos ya que tengo un prestamo con BP y tengo un sueldo bruto de 609,000, y el neto que me queda es aproximadamente de 220,000.00 colones. Tengo una familia de 4 hijos y mi esposa, mi casa la tengo libre y patrimonio familiar. El arreglo de pago lo hice el año pasado como en noviembre, la tarjeta de credito me la dieron ellos como el 2004, la casa la puse en patrimonio familiar en Octubre del 2005 , fue hasta el 2008 que me he visto con atrasos de hasta tres meses o màs. Mi consulta es me pueden embarga la casa? y una consulta mas, pueden estar llegando a cobrarme a mi lugar de trabajo en horas laborales?
Le agradezco de antemano su ayuda.
Hola don Luis una consulta: a una amiga le van a embargar el salario y la compañia de tarjetas le dice que tambien le van a embargar el carro del esposo, pero ese carro el lo compro y siempre a estado a nombre de él, ellos pueden hacer eso, es que la tarjeta es solo de ella, él ni siquiera le sirvio de fiador.
Gracias
Estimada Carmen, de el 6 de noviembre, las deudas son al final, contratos, y solo estan obligados quienes formaron el contrato, asi que si el esposo no es fiador o deudor, no es posible. es solo parte de la “presion” que ejercen los cobradores.
Estimado Ignacio quien nos escribe el 5 de octubre, que hacer:
1. Confirmar que los saldos que le cobran son los correctos, es bueno tenemos estados de cuenta a mano y todos los pagos efectuados.
2. el pago se debe de hacer en el Juzgado o bien ante la entidad acreedora, cerciorese que esta pagandole a la persona correcta. Es preferible pagar ante la entidad, y que el pago quede registrado.
3. Si el pago es la cancelación total, exiga que si existe algun juicio en la corte, que este se de por terminado.
4. al cancelar la totalidad, exiga un documento donde conste que no debe nada, que fue cancelado todo.
5. las reglas de records crediticios, hoy en dia son estrictas asi que si bien paga, quedarpa registrado por un par de años como “mal deudor”.-
Estimada Andrea de el 6 de octubre, le comento que el salario es inembargable, no se le puede embargar, los bienes de su casa no son suyos son de su madre, asi que son inembargables.
Buenas
Quisiera hacerle la siguiente consulta:
Hace unos años tuve un problema con un embargo por tarjeta de credito con el banco nacional, un amigo fue el fiador, se declaro el embargo, trate de hacer un arreglo de pago, pero por motivos de trabajo autorice a mi mama a realizarlo, le di un dinero para ello, lo entrego al banco , fue solo eso lo que hizo, pero el embargo continuo, eso fue hace 3 años, el expediente se cerro pero lo volvieron abrir, y hace un mes a mi mama le embargaron la cuenta que tiene el banco. El banco dice que ella es la fiadora de la cuenta, ella no trabaja desde hace 20 años,y el verdadero fiador ya no aparece en la operacion. Ella nunca fue notificada de ello. que puedo hacer para que le liberen la cuenta, ya que ella ni orden patronal tiene como para aparecer como fiadora, para ser fiador el banco pide muchos requisitos y entre ellos tener ingresos cosa que mi mama no tiene, y nunca fue notificada, revisando en el sistema del poder judicial, tampoco existen demandas en contra de ella.
Le agradezco mucho la orientacion que me pueda brindar.
Hola mi pregunta es la siguiente, si yo tengo varias deudas de las cuales son por tarjetas de credito que pasa si no las pago y no hay forma de que me las cobren porque no tengo trabajo? cuanto es el tiempo que quedan esas deudas activas, porque por lo que se es que tienen una duracion de 5 años? es eso cierto
estimado steve, quien nos escribe el 4 de diciembre, le comento que la empresa de tarjetas, va a empezar el cobro judicial, no importa si tiene trabajo o bienes, estas deudas prescriben a los cuatro años, solo que se puede hacer mas largo por que por ley hay cosas como la notificacion que le hace la corte, la sentencia aque dicta el juez que, hacen que los cuatro años empiezen a contar de nuevo.
Estimado Juan, quien escribió el 2 de diciembre: hay algo clave: El banco esta cobrando una deuda que esta en un contrato, ese contrato es ley entre las partes, entonces, pidale al banco una copia de ese contrato o busquelo en la corte. Una vez que lo tenga confirme si su madre firmo o no. todo depende de ello.-
Estimado Cesar quien escribe en noviembre 2, le comento que al haber contraido la obligacion o deuda antes de que se “pusiera2 en patrimonio familiar la casa, es perfectamente embargable.
Buenos días, quisiera consultar, cómo el es proceso para calcular un embargo, de una persona que gana ¢200.000.00 brutos, tiene una pensión alimenticia.
Gracias
Buenas
la duda que tengo es que tengo una casa de bien social o sea me la entrego el gobierno pero tengo tres deudas con entidades financieras diferentes
ya estoy bastante atrazado con mis deudas y ya me han notificado embargos
salariales y de bienes
mi pregunta es pueden embargar mi casa aun estando en esa condicion de bien social…
gracias
buenas noches lincenciado yo gano en promedio ya con los rebajos 187400 colones cuanto es lo que me pueden rebajar de mi salario agradeceria una pronta respuesta gracias esto es por una deuda con un banco
Hola, tengo un par de deudas con HSBC, de las cuales una se declaro incobrable y no pude llegar a un arreglo de pago y la verdad no me sirve pagar la otra si la otra esta para aplicar el debido embargo. En este caso, me es mejor esperar el embargo y pagar de más al juzgado para cancelar el monto o buscar otra forma de arreglo que no sea como hacen en ocasiones, solicitar sumas exhorbitantes.
Saludos
Cuando se da un embargo el juzgado tiene que mandar un citatorio al deudor y fiadores antes de dar sentencia. ya que nos llego el embargo y nunca nos dimos cuenta del mismo hasta que se dieron los rebajos.
Buenos dias. mas que una consulta es para un consejo. Tengo varios saldos de tarjetas y un prestamo con un banco que ascienden a 12 millones. Todos estan al dia, pero con los pagos minimos.
Ahora estoy solicitando un credito con una financiera, para pagar esas deudas y quedar solo con una.
Podria darme su opinion. Gracias
Estimada Maria (enero 29) me gusta su pregunta, hemos atendido procesos con deudores morosos y con deudores quebrados, esto nos ha ayudado a reconocer los riesgos de las deudas. regla de oro el tipo de interes.
Enfoquese en el tipo de interes, si es variable, si es fijo, la tasa. la idea es que compare el tipo de interes que tienen las tarjetas frente a el nuevo credito. aunque como regla, las deudas de tarjetas nadie les supera en abuso!
Estimado Carlos 27 de enero, el acreedor presenta la demanda, diciendo cuanto y desde cuanto le deben, el tipo de interes, y pide en la demanda que se embarguen bienes, cuentas corrientes, salarios, etc.
el Juez revisa que todo este correcto y le da curso a la demanda, y ordena entre otras cosas:
1. embargar los bienes.
2. embargar los salarios
3. notificar los deudores y fiadores.
todo a la misma vez, asi que es posible y legalmente correcto, que primero se embargue el salario y luego de notifique de la demanda.
Estimado David (27 enero), si el proceso va a cobro, entonces ademas de pagar la deuda y los intereses, le van a cobrar, gastos judiciales, y honorarios de abogado, asi que le recomiendo es que trate de llegar a un arreglo antes de ir a la corte.
Mario de el 26 de enero, le comento que si ese salario tal y como me lo comenta, es inenbargable.-
Estimado Pablo, de el 25 de enero, existen diferentes formas de que el Estado, otorgue bienes o bonos, igual entonces hay algunos que si se pueden embargar luego de un tiempo, o bien tienen limitaciones para vender o hipotecar, o ser embargados, le recomiendo que visite el Registro Nacional y obtenga copia de el documento donde usted adquirió hay va a encontrar la respuesta.
Estimado Javier, de el 25 de enero, un salario bruto por 200 mil colones, al cual le afecta ademas una pensión alimentaria, parece que es inembargable.
Buen día, mi consulta es basicamente: cuando existe un proceso de cobro judicial, la empresa emisora soliciita primero el embargo de salario?, o solicita el embargo de bienes (muebles o inmuebles), si se realiza el embargo de salario los bienes no serán embargados, o abarca todo.
Muchas gracias
Estimado Luis alejandro, del 4 de febrero, le comento que el emisor (actor de el juicio) solicita a el juez El embaqgo de todos los bienes, depositos y salarios, de una sola vez, asi es normalmente.-
hola licenciado mi pregunta es la siguiente cuanto me rebajarian si mi salario ES DE 206.045 COLONES POR MES y la deuda es de 500.000 de cuanto seria el embargo ese salario es sin contar las cargas sociales que mas o menos queda en 187.700 ya con los rebajos si me puede ayudar se lo agradeceria gracias y que estes bien que dios te bendiga
Como se manejan los embargos multiples, uno por pension y otro por deuda?
Saludos, mi consulta es, estando embargado por una tarjeta, realice un arreglo de pago con la entidad autorizada y encargada de cobrar deudas de la misma. La deuda ya fue cancelada hace dos semanas, que debo de hacer para limpiar mi nombre ante la sugef y para levantar el embargo, además, como eso demora, como hago con el dinero que rebajaran de más por el embargo, ya que no ha sido levantado y con el que ya me rebajaron para que me sea reembolsado, adonde me debo de dirigir.
De antemano gracias.
Gracia don Luis, mi caso es el siguiente: Tengo más de una cuanta en tramite de cobro judicial (5), tengo 22 años y creo que ya esta por llegar mi primer cobro judicial por cuanto llegaria este si mi salario es de 307,800.00 colones, y sí mis cuentas son reales tal vez duraria mas de 20 años pagando esa cuenta dentro de ese tiempo empesaria a pagar la otra deuda o ya habria prescrito? y mi otra consulta es conforme mi salario sube. sube la cuota del embargo?
En el momento de adquirir las tarjetas tenia alguas propiedades, hoy en dia ya no las tengo a mi nombre, ya no pueden hacer nada?
Si durante el embargo quiero salir del pais puedo hacer sin ningun problema?
Gracias por su Valiosa ayuda.
Buenas tardes, una consulta, yo tengo un salario de 530 mil por mes, tenía varias deudas de tarjetas de crédito pero con esfuerzo puede cancelar de contado algunas y solo me quedo una de credomatic, pues ellos no quisieron negociar y me quieren embargar, me imagino que sería pronto, pero mi duda es yo tengo un préstamo en un banco y pago casi ¢250 mil por mes que pasa si me embargan con ese préstamo personal se sigue pagando igual o se congela. Muchas gracias, bendiciones por su ayuda
Estimado Mario, su salario conforme los datos que me proporciona no es embargable.-
Estimado Daniel 9 febrero, le comento que la pension alimentaria tiene mayor peso frente alos embargos asi que primero la pension luego los embargos.
Estimado Manuel de el 09 febrero, veamos:
1. la sugef, le mantendra registrado como “mal deudor” por varios años aun y cuando haya pagado.
2. El acreedor a quien le pagó debe de enviar un escrito a el Juzgado, pidiendo que levanten el embargo y que terminen el juicio. DEBE DE ESTAR ATENTO A ESTO.
3. las sumas que llegaran a el Juzgado, despues de el pago, tiene usted que pedirme a el juez que se las reintegre.
Estimado Jesus, tomando en cuenta los plazos prescripcion, es posible que una deuda prescriba en no menos de 10 años o mas. la prespcion es algo con que no se puede contar.
Y si cuando su salario sube, tambien el monto a embargar, a mas salario el porcentaje es mayor,.
si esas propiedades no son suyas no las pueden embargar, y no pueden impedir la salida de el pais por una deuda de tarjetas.-
Estimada silvia de el 11 de febrero, el salario se le rebajan primero las cargas sociales y los impuestos, luego las pensiones alimentarias, luego, los embargos, y luego los pagos de prestamos, en ese orden.
ese es el orden en que se va a afectar su salario-.
hace años tuve una tarjeta de credito aval deuda que se me fue acumulando legue a un arreglo pero en el 2003 se me fue iposible pagar el viernes 12 de febrero del 2010 recib i una notificacionde cobro judicial esta viene con una certificacion de un CPA mi pregunta es la siguiente
EL CPA dice fecha de ultimo pago 8 de sep de 2003
Fecha en que el deudor se constu¡ituye en mora 1 de feb 2009
NO ES ILOGICO QUE QUIERAN COBRARME DESPUES DE CASI 6 AÑOS NO ESTA PRESCRITA LA DEUDA ?
POR OTRO LADO LA DEUDA FUE ADQUIRIDA CON AVAL CARD LUEGO BANCO UNO DESPUES BANCO DE CUSCATLAN Y AHORA CYTI ?
gracias
Buenas noches, licenciado. Tengo dos tarjetas de crédito con Aval, cada una tiene extrafinanciamientos. El abono promedio de una de ellas es de 90.000 y la otra de 185.000, y los saldos son como de 3.500.000 de colones den total. Yo tenía un trabajo independiente que me permitía hacer esos pagos, pero lo perdí, ahora trabajo en un almacén, y mi salario es de aproximadamte 210.000, menos las cargas sociales, más unos 35.000 por comisiones de ventas. He venido haciendo pagos parciales y en estos momentos estoy atrasado en el equivalente a tres meses (800.000). Leí en La nación de hoy, que el deudor se puede declarar Insolvente. Me gustaría saber como iniciar el trámite, ya que yo quiero pagar, pero estoy asfixiándome, ellos me llaman a menudo y me presionan a ponerme al día, algo que por ahora no puedo. Les solicité me ayudaran con un arreglo de pago, y me dicen que el primer requisito es estar al día, y luego hacen el estudio para ver si califico para el arreglo. Le ruego me dé una luz por favor. Muchas gracias.
Soy una persona de 57 años, trabajé hasta octubre del 2009 en una muy buena posición con un alto salario, me despidieron y por mi edad me ha sido muy difícil obtener otra posición similar.
Tengo pendientes de pago 5 tarjetas las cuales no he podido pagar desde octubre 2009, ya me están avisando de que me van a pasar al cobro judicial.
En el pasado tuve participación de 2 sociedades que poseen dos propiedades y un vehículo, estas sociedades ahora son de propiedad de mi esposa y dos hijos, yo no tengo ninguna acción.
Será posible que resulten embargadas también?
Gracias
Hola Don Luis a mi me hicieron un embargo en total de 324000 colones y me los rebajaron de el salario hace unos dias me meti a la pagina de el poder judicial a hacer una consulta de un expediente que tengo y me meti al de el embargo y aparece como declarado desierto sin embargo a mi en el trabajo me rebajaron el monto total de el embargo como procede en estos casos?
Gracias
Muchas gracias Dios lo bendiga
Estimado Andres de el 15 de febrero, le comento que las deudas de tarjetas prescriben, entre otras formas, 4 años despues de el ultimo pago, el tema es que en el juicio mediante un abogado debe de alegar esa prescripcion. el juez no lo va a hacer por usted, debe de usted de alegaro.
Estimado Danny, de el 15 de febrero, basicamente se necesitan dos cuentas en mora a dos acreedores diferentes. la insolvencia es un accion extrema, pero a nuestro criterio es justo lo que muchos de los deudores de tarjetas deben de acudir, esta ordena la suspension de los intereses, nombra un curador, alguien que administra los ingresos y distrute parte de su salario entre los acreedores.
Estimado Gaston 15 febrero, el patrimonio de las personas responde por sus deudas, patrimonio esta compuesto por cosas como el salario, los bienes, las acciones, los depositos y las cuentas, etc. Si esas acciones no pertenecen a un deudor o fiador de esas tarjetas, tecnicamente son inenbargables.
Candy febrero 16, el declarar un proceso desierto, es una accion a favor de el deudor, que el Juez toma. Esto quiere decir que el juicio esta terminado y usted puede reclamar que le regresen todo el dinero que le embargaron. Debe de hacerlo rapido pues ese dinero puede ser embargado de nuevo. Necesita un Abogado para que prepare un reclamo de devolución.
Estimado don Jorge, de febrero 16, me comento que por pension alimentaria un salario puede ser embargado hasta en un 50%.
como puedo limpiar mi historial crediticio en la sugef , necesito solicitar un prestamo no me lo pueden dar pq me faltan 55 puntos
Estimada rosibel, de el 24 de febrero, le recomiendo: 1. que visite la sugef y pida una certificacion de su record crediticio. 2. Revise detalladamente lo que esta certificacion indica y confirme que la información es correcta. Este tipo de record, si es correcto se “limpia” solo por el paso del tiempo y que por atienda los creditos actuales de forma correcta.
Hola Luis, estoy atrasado con una hipoteca con un banco estatal. Despues de que rematen mi casa, el banco me va a cobrar el saldo faltante y si no tengo como pagarlo probablemente me embarguen el salario. Dos preguntas: 1- Si el juez emite una orden de embargo a mi salario, mi patron tendria derecho legal de despedirme con o sin responsabilidad laboral? 2- Actualmente gano 1,350,000 colones. Cuanto es lo mas que me podrian embargar de mi salario?
Buenas tengo 3 meses de no pagar una cuenta de tarjeta de crédito y me están llamando para decirme que van a proceder con sanciones económicas,yo no tengo propiedades,pero tengo un carro que esta prendado,yo lo puedo vender y no veo afectado con alguna acusación y si me pueden quitar mis enceres de la casa,el monto de la deuda es de mas de 6 millones
Buenos Dias Licenciado. Tengo varias deudas con bancos y otras entidades (6), las cuales se encuentran bastante atrasadas por el tiempo que me quede sin trabajo. Si mi salario actual es de 305000 (bruto), cuanto seria el monto que me podrian rebajar por mes, asi como el tiempo que tardarian en dictar la sentencia. Me imagino que los embargos se aplicarian por orden…. tardaria toda la vida con embargos de salario????
Don Luis estoy en un gran apuro y necesito su consejo. Lo felicito por esta pàgina.
Mi situacion se complicò hace màs de un año cuando me despidieron por lo de la crisis, tengo una deuda en el bncr y dejè de pagarla ya que se me hizo imposible, no he conseguido trabajo, Esta deuda es por poco mas de 3 millones, tengo un vehiculo el cual tiene un valor de 6 millones y lo he tratado de vender para pagar esa deuda y no me ha sido posible, probablemente nadie està en este momento dispuesto por la situacion economica, Lo que pasò fue que de un momento a otro me di cuenta que mi cuenta bancaria de ese mismo banco fue ambargada por lo que supongo que ahora me espera un embargo de todos mis bienes y cuentas. Como pasa en la vida y no solo en las peliculas hace unos dias me salio un comprador para el carro, antes de darme cuenta de que mi cuenta estaba embargada, ya que me di cuenta a traves de internet al consultar mi cuenta, y ya tenia el trato cerrado, puedo llegar al banco con el dinero adeudado ??? alli mismo me arreglarian la situacion…? o tengo que ir a un juzgado,,,,? o tengo que esperar hasta que me llegue algun aviso por escrito de los embargos para proceder,,,? Muchas gracias.
Buenas.
Estimado licenciado.
La pregunta es que mi esposa tiene una deuda atrasada con una tarjeta de credito.
Ella no tiene salario, ni propiedades a nombre de ella.
El abogado del banco alega que yo aparezco con una tarjeta adicional a la de ella y me insinuo,que a mi me pueden embargar tambien, y que yo sepa, no tengo tarjeta adicional de ella, ni he firmado nada con el banco.
Es eso posible?
Los articulos de la casa son embargables como dicen por ahy?
Gracias
Hola. Gracias por este servicio, mi consulta es que pasa si tengo una deuda con coopemex esta atrasada pero cerraron, ellos me pueden embargar, aunque la cooperativa este intervenida.
Gracias.
Hola Leyendo varios comentarios de los participantes, no comprendo muy bien el asunto de embargo de bienes, si me embargan el salario, voy a tener la sorpresa de encontrarme en mi casa un Juez que se lleve mis cosas, cama, joyas, reloj, ropa, aunque no sean bienes Inscritos, mi casa esta como patrimonio familiar y no creo que existan facturas de los bienes, por lo tanto se llevan todo????.
Gracias.
Tengo 3 tarjetas de credito de diferentes entidades 2 de bancos privados y una de un banco del estado, ademas un préstamo con una entidad privada, entre todo lo que debo suman ¢4.300.000.00 aproximadamente y las cuotas a pagar son muy altas y me he atrasado en varios meses, la situacion ya se me a hecho insostenible.
Quisira saber, si me embargan mi salario cuanto tendria que pagar tomando en cuenta que el monto bruto es de mas o menos ¢600.000.00 y si pueden existir otras complcaciones, tengo casa propia pero esta a nombre de mi esposa y ademas esta hipotecada.
Gracias
Estimado Javier, al darse el remate de la casa, el juez aplica lo que logró recuperar de dinero con esa venta o remate, toma ese dinero y paga todo lo que se le debe a el acrreedor, si sobra se lo reintegra a usted, si falta, puede embargar otros bienes. Es absolutamente ilegal que un patrono aplique un despido en razon de un embargo de un salario. Y un salario de 1.350.000 colones puede ser embargado por mes hasta en 181.000 colones.
Estimado Andrew, le comento que vender el carro ya sabiendo que debe esa cuenta, puede interpretarse como una accion criminal, y puede ser acusado penalmente. los bienes de la casa, pueden ser embargados aquellos no necesarios o utiles, sea si tiene dos televisores uno de ellos. etc. los basico no puede ser embargado.-
Estimado Alonso, de marzo 2, le comento que un salario de 305.000 es embargable hasta en 14 mil colones por mes. en cuanto a tiempos de el proceso es dificil contestarle, si un embargo es superior a ese monto embargable, entonces el primero que llega es el que primero se paga, los otros hacenfila. El tema de los embargos de salarios, con varias cuentas en cobro, es dificil para el deudor, pues si se pueden pasar muchos años.
Guillermo, marzo 2, si vendio el vehiculo lo mejor que puede hacer y los mas pronto posible es visitar el Banco y cancelar la deuda, o al menos abonar la mayor cantidad posible, cada dia que pasa la cuenta crece, y si por ejemplo le notifican, entonces el abogado del banco puede cobrar mas dinero por su trabajo.
Estimado Francisco del 4 de marzo, si usted no es fiador o deudor de esa tarjeta, es legalmente imposible que le embarguen o que le demanden en el proceso. Los bienes de la casa son inembargables en el tanto sean necesarios para vivir, entonces, solo son embargables aquellos suntuosos, sea el segundo tele, la segudna computadora, etc.
Estimada diana de el 4 de marzo, debe de seguir atendiendo la cuenta, no puede dejar de pagarla, por que los intereses siguen creciendo. contacte a la cooperativa y busque como pagar.
Diana del 4 de marzo, los bienes embargables de la casa, son aquellos no necesarios para vivir, sea joyas, relojes, pero aquellos necesarios, como camas, televisor, refrigeradora, cocina, no son embargables.
Estimado Sergio, su salario puede ser embargado hasta en 47 mil colones por mes, si tiene una cuenta de banco, la pueden embargar, pero si solo tiene el salario, solo se lo van a embargar. la casa si no es suya no la pueden perseguir
Bueno dias!!!
Mi consulta es la siguente: MI salario bruto es de ¢340.000.00 pero tengo deudas que se me deducen automaticamente de mi salario y unicamente recibo un salario liquido de ¢60.000.00 al mes.
Tengo dos deudas con tarjetas de credito que llegan a ¢800.000.00 las dos que esta un poco atrazadas.
A mi me podrian realizar un embargo al salario y me dejarian de rebajar las deudas que se me deducen automaticamente de mi salario?
Gracias
Estimado Don Luis, espero estes lleno de vendiciones.
Don Luis mi pregunta es la siguiente:
Yo actualemente tengo varios procesos de 4 embargos de tarjetas de credito, y 1 por parte de infoccop, mi suma maxima sujeta a embargos es de 221542 colones, todos ellos me pueden embargar o debe ser de uno en uno.
Muchas Gracias.
Buenas, el papa de un amigo tiene una letra de cambio por 500mil colones con mas de 10 años, ellos quieren pasarlo a cobro judicial pero le dijeron que despues de 4 años no pueden cobrala, eso es asi? Gracias
Buenas estimado Don Luis, mi consulta es la siguiente, el embargo salarial aparece en la hoja de delincuencia? Y la otra consulta es sobre el tope maximo de embargo de mi salario bruto de 500mil. Gracias
Buenas Licenciado,
Mi pregunta es la siguiente:
Yo tengo una deuda con Citi por casi 6millones y pago ¢165.000 x mes, estoy atrasado en la mitad de la cuota de este mes.
En este momento estoy constituyendo una sociedad anónima y pusimos mi casa como aporte de capital pero aun no se a completado el traspaso por que el Lic. esta asiendo las correcciones de unos defectos menores que puso el registro.
Una ves listo el tramite de la S.A. yo no me voy a dejar ninguna acción para evitar que me las embarguen.
Puede Citi detener este traspaso?
Esta realmente protegida la casa a nombre de la S.A.?
En caso de que la cuenta pase a cobro judicial cuanto me cobrarían por este tramite + o -?
Muchas gracias por su atención.
Estimado Luis, mi consulta es la siguiente:
pueden a uno embargarle la cuenta de banco que es exclusivamente para depositar su salario, (solo ese uso tiene) y si es asi ,el banco lo notificara a uno con anterioridad?
como deberia actuar uno, una vez embargada la cuenta, entiendase que es el salario de uno en su totalidad el que estaria embargado o me equivoco?, muchas gracias por este servicio tan oportuno que presta.
cuanto me van a rebajar de embargo si gano 400.000,pueden embargar una casa que es patrimonio familiar,si me embargaron el salario me pueden quitar lo que me depositan en la tarjeta que es lo que me queda de salario.
gracias es exelente esta pagina
Tengo deudas por 5 tarjetas de credito, y 4 prestamos en el Banco Popular (entre ellos una hipoteca), las deducciones de los prestamos las rebajan de mi salario por planilla (380,000) Mi salario bruto es 805,000, si le quitamos los rebajos por concepto de renta, CCSS, Aporte Banco Popular, Aporte Asociacion y los prestamos la suma de rebajas asciende a 531,000, dejando un salario disponible de mas o menos 300,000. Obviamente no le puedo hacer frente a las deudas de las tarjetas de credito, y ya me han comunicado la posibilidad del embargo de salario, de ser asi, por cuanto podria ser embargado mi salario? La hipoteca se podria ver afectada de alguna forma? Le agradezco de antemano
buenas tardes
tengo una pregunta pago una pension de 140.000 mensuales a mi ex pareja tambien tengo unas deudas con tarjetas de credito , yo gano 300.000 al mes mi consulta es si me enbargan por cuanto seria y si tocan la pension,
muchas gracias
Estimada Sofia M, marzo 8, Al salario se le deduce o por ley (cargas sociales, pensiones alimentarias, etc, embargos), o por acuerdo, ese es el caso de deducciones automáticas, como el pago de prestamos.
Si llega un embargo al salario (deducción por Ley) este va a hacerse primero que las deducciones automáticas. Entonces, primero las cargas sociales, luego los embargos.-
Estimad@ MOR, del marzo 8, cuando el Juez le ordena al patrono que embargue el salario, el Juez le da la suma a embargar, (usualmente el total de la deuda mas 50% de ley), entonces si en la primera orden que le llegue al patrono, ese monto es superior a los 221.542, entonces, primero van a retener hasta que se pague la primera deuda, y luego con la segunda y asi sucesivamente, se hace una “fila”.
Estimado Manolo del 8 de marzo, efectivamente las Letras de Cambio Prescriben a los 4 años. Debe de saber tambien que existen hechos a acciones, que pudieron haber interrumpido esos 4 años, como por ejemplo un pago parcial, o alguna gestion de cobro, todo depende de que se pueda demostrar.
Estimada Natalia, del 9 marzo, le comento que las deudas no aparecen en la hoja de delincuencia. y su salario por 500 mil colones puede ser embargado hasta en 36 mil colones, no mas de eso.-
Estimado Jonn, del 9 de marzo, le comento que las sociedades son personas diferentes a las fisicas, esto quiere decir que si esa sociedad no es fiadora o deudora de un credito, tecnicamente es imposible que la persigan. Asi que en su caso, todo indica que el bien no puede ser embargado.
Estimado Dave, del 9 marzo, el salario esta protegido por ley, puede leer el primero blog para entender un poco mas sobre lo embargable de un salario. Esaqs cuentas de salarios no pueden ser embargadas mas alla de el monto embargable por ley.
Estimada Eugenia, del 10 de marzo, su salario de 400 mil lo pueden embargar hasta por 25 mil colones por mes. La casa la pueden embargar, solo si la deuda es anterior a la fecha en que se puso en patrimonio familiar la casa. si la cuenta es de el salario no pueden embargarla por mas de los 25 mil colones.
Estimado Alexander, del 10 de marzo, le comento que un salario como el suyo, de 805.000 es embargable hasta en 76.000 colones por mes. primero le van a rebajar las cargas sociales, impuestos, luego el embargo, y luego los prestamos.
Si va a cobro judicial, pueden pedir rematar la casa, ellos pagar la hipoteca y se dejan la casa.
Estimado Victor, del 12 de marzo, segun los montos que me indica, su salario luego de que le rebajen las cargas sociales y la pensión, no tiene monto embargable.-
mi hijo tiene un salario de ¢206.000 por mes sin las cargas sociales si le embargan por pension pueden aplicarle otro embargo.
mi casa es patrimonio familiar ahi vivimos mis hijos mis nietas y yo la obtuve con bono cuando la obtube no tenioa las deudas pero me dejaron un documento en la casa donde hay una copia del registro de la propiedad con los datos de mi casa,ello pueden dejarme sin casa,yo desde que me la dieron aparece como vivienda familiar gracias por sus consejos que Dios lo bendiga
Si tengo el salario de 805,000 y una pension de 350,000, en cuanto podria quedar el embargo?
Buenos Dias Don Luis, mi pregunta es la siguiente:
Si yo tengo salarios reportados por 2 patronos diferentes por un monto de 250 mil cada uno se pueden embargar ambos o solo uno de ellos.
Muchas Gracias
Otra Pregunta Don Luis; si yo firmo una letra de cambio a favor de una cooperativa x, ésta cooperativa se la puede endosar a otra entidad como garantia en un crédito el cual si no se paga podrian enbargarme directamente a mi.
Muchas gracias por su ayuda tan buena.
Estimada Eugenia, con ese salario y si le aplican rebajo por pensión no veo posible que le puedan rebajar por un embargo. Cuando un bien esta en patrimonio familiar y si las deudas son posteriores a ella, no son embargables, tome en cuenta que este consejo es segun la informacion que me aporta usted, es necesario que un abogado revise el caso en concreto para tener completa certeza.-
Estimado alexander, del 16 de marzo, le comento que con ese salario y con ese monto de pensión, no hay monto embargable.-
Estimada MOR, de el 17 de marzo, efectvamente ambos salarios pueden ser embargados.
Estimada MOR: 17 de marzo, las letras de cambio estan hechas para circular, asi que si el acreedor la endosa, el nuevo “dueño” puede cobrarle a usted. Tenga cuidado que al hacer el pago, a quien le esta pagando tenga la letra por que sino le estaria pagando a la persona equivocada.-
Buenas tengo varias tarjetas de credito hace 5 meses que estaba sin trabajo y ya gaste mis ahorros para no atrasarme con ningun pago y ahora tengo pero no me alcanza para pagar todas mi deudas he pensado en dejar de pagar una tarjeta del citi ya que pago por ms ¢70 000 he llamado para hacer arreglos de pago pero no me lo aceptan y la verdad creo que pagaria menos si me lo embargan ya que gano ¢230 000 bruto lo que me da miedo es que si dejo de pagar aunque sea el minimo la deuda va a subir un monton y me da miedo que mientras me hacen cobro la cuenta suma a millones por los intereses
tengo un salario de 223000 colones por mes y varias cuentas que por motivos ajenos no he podido honrrar la pregunta es cuanto seria el monto a embargar y cuanto es el tiempo de prescripcion de una deuda sea un banco o financiera gracias.
Buenos dias don Luis, el dia de ayer me enviaron un fax de la operadora de credito y cobro comercial donde se me notifica que la empresa GOTARRA S.A solicita que se inicie la gestion de un credito personal a mi nombre, el credito fue hace aproximadamente 4 años, el pendiente que quedo en la cuenta fue de promedio 200 mil colones, resulta que al dia de hoy corrió un interes corriente del 74% y un 83.20% de interes moratorio donde la deuda se elevó a 1,250,592.50, donde nunca recibi una notificacion de atraso de pago, ni una llamada ni nada, y resulta que ahora debo pagar esa cantidad o me imagino que iniciará un cobro judicial, me gustaria que me pudieran orientar como proceder en este aspecto.
Buenos días, tengo una consulta respecto a los embargos salariales, yo trabajo en una empresa privada y tengo un embargo salarial que me deducen desde hace 9 meses, me llaman de mi trabajo que llegó otro embargo de una fianza y que me lo van aplicar, no sé si estoy en lo cierto pero tengo entendido que si tengo un embargo el otro se aplica hasta que cancele el primero? esto porque en mi trabajo me indicaron que pueden aplicarme varios embargos. Eso es posible?? GRacias por tener esta página.
hola mi consulta es la sigiente yo gano 232000 x mes y trabajo en una empresa de seguridad y tengo 3 embargos y tengo mas deudas me pueden hacer mas embargos xq lo q me queda son 105000 x quinsena me pueden hacer mas cobros
Un embargo de salario puede impedir la salida del pais?
Estimado Rolando, gracias por escribir, le comento que una deuda de dinero, no puede impedirle salir de el pais., y para dejarlo mas claro, jamas ir a prision. las deudas afectan las cosas, no a las personas, me explico, le pueden embargar el salario, las cuentas bancarias, su casa o carro, pero no su libertad de movimiento.-
Estimado Davie, de el 17 de abril, ese monto de su salario puede ser embargado por no mas de 7 mil colones por mes. asi que los demas embargos tienen que esperar.-
Estimada Vane de el 17 de abril, parael salario es muy protegido por la Ley, asi que existes reglas para embargar un salario. Entonces, sabiendo cuanto es el salario se sabe cuanto es lo maximo que se puede embargar. por ejemlplo Un salario de 400 mil lo pueden embargar hasta en 25 mil colones.- uno de 230 mil colones hasta en 7 mil colones. Entonces, no importa cuantos embargos tenga, su salario no puede ser embargado por mas que esa suma. Los demas embargos tienen que “hacer fila”.-
Estimada Lisa de el 12 de abril, su historia es la historia de miles de personas, se lo digo con conocimiento de causa. Debe de entender que las deudas son contratos entre dos partes, usted como deudora y ellos como acreedores. Ambas partes tienen derechos y obligaciones, asi que sentimientos de culpa no caben aca, pues ellos sabian que podia pasar si por alguna razon usted dejada de tener capacidad de pago.
Que le recomiendo:
1. que pida a cada acreedor un documento (por escrito!) de cuanto es la deuda, que tasa de interes le cobran.
2. eliga pagar o llegar a un arreglo de pago la que tenga mas alto el interes.-
Recuerde que un salario como el suyo puede ser embargado por una suma no mayor de 8 mil colones por mes, tome en cuenta eso.-
Estimado David de el 12 de abril¿, un salario de 223 mil colones puede ser embargado hasta en 5 mil colones por mes. Las deudas pueden prescribir, desde los 4 años hasta 10 o mas años. depende de muchas variables.-
Estimado Victor, del 13 de abril, recomendaciones:
1. busque a un abogado que le asesore.
2. los intereses prescriben a el año, asi que los intereses e esa deuda n pueden ser mas de los del año.
3. no era necesario que le notificaran el atraso, legalmente no hace falta.-
4. Si tiene bienes (casa o carro) o salario los van a embargar.
5. busque el contrato o papel que firmo y donde dice cuanto es la deuda original, el tipo de interes, etc.
Hola! Tengo varias dudas. Tengo una deuda la cual me rebajan 200.000 en forma automatica cada vez que me pagan. Ademas tengo deudas con 5 tarjetas por el monto total de ocho millones aproximadamente. 1.Que proceso puedo seguir para evitar el embargo por las tarjetas de credito, puedo llegar a un arreglo de pago con cada una de ellas o preferiblemente dejar que caiga todas en embargo. 2.En caso de embargo cual es el % que me podrian embargar en un salario de 650.000 sin deducciones. 3.En caso que tenga que salir de viaje por cuestiones de negocio, me afectaria salir del pais? y si me afectaria como debo de evitar que me impidan la salida?, la cual es de negocios y no de placer. Espero su pronta respuesta. Muchas gracias
Sr. Pereira
Me acaba de llegar un embargo , mi salario es de 403.000 cuanto es el monto a embargar y cuanto es mensualmente, otra pregunta es, a mi me pagan por medio de deposito a una cuenta bancaria de ahorros , la cual uno debe de abrir al ingresar a planilla en esa empresa,cabe la posibilidad de que aparte del embargo de salario tambien puedan embargar la cuenta bancaria donde le depositan el salario ?
Rason del embargo Deuda de tarjeta de credito
Le agradesco por su tiempo para responder estas consultas
Esperando por su amable respuesta
Mauricio Muñoz
Deseo saber si los discos compactos, libros e impresoras son sujetos de embargo en caso de tal.
Estimado Antonio, definitivamente esos bienes, son embargables.
Estimado Mauricio M, del mayo 1, le comento que un salario como el suyo es embargable por mes hasta en 25 mil colones. y no es posible, que su salario sea embargado mas que ese monto, aun y cuando este un una cuenta bancaria-
Estimada Raquel, del 1 de mayo, le comento:
1. un salario de 650.000 es embargable hasta en 54.000 colones por mes.
2. E arreglo de pago, es posible solo si loa acreedores lo aceptan.
3. Ni hay impedimento de salida por deudas.
4. Dejar las deudas que se vayan a cobro, puede hacer que las deudas sean eternas, pues generan intereses muy altos, asi que es mejor que trate de llear a un arreglo, trate de pagar las de interes mas alto primero.
Buenas Tardes, Recientemente me entere de una opcion que tienen las personas que manejan deudas con entidades bancarias, (tarjetas de credito por ejemplo). Me explicaron muy por encima que si el monto de las deudas por tarjetas de credito cubre la mayor parte del salario recibido por la persona que entonces esta puede optar por aplicar a algo llamado insuficiencia de deudas, en la cual se presenta un proceso judicial en el cual se nombra a una persona encarga de realizar los pagos a las entidades bancarias y asi no afectar a la persona con el pago de su salario completo a cubrir estas deudas, Me podrian informar si esto es un proceso factible o cuales requisitos se deben cumplir, y en general como funciona el proceso, (pros vs contras), de antemano muchas gracias por su respuesta
Estimado Alonso, le comento que el nombre es INSOLVENCIA y es un tramite como el de la quiebra de las empresas. los pro y los contras son particulares a cada caso. Ventajas, los intereses se suspenden, una vez abierto el proceso, el juez< nombra a un tercero para que administre parte del salario y las deudas
mi pregunta es, gano 780 mil bruto, laboro en en poder judicial, tengo que pagar de oencion alimenticia la suma de 180 mil. del resto pago casi 200 mil en prestamos entre targetas y bancos. pero me llego una notificacion por embargo de un banco. mi pregunta es que si por ser empleado judicial puedo perder el trabajo por tener una orden de embargo. estoy preocupado porque mi actual esposa esta embarazada y dependemos solo de mi salario. mi nombramiento es interino. que puedo hacer en este caso.
Estimado Edgar, de mayo 8, le comento que no existe ninguna causal de despido relacionada con deudas. le recomiendo intentar hacer un arreglo de pago.-
Estimado Don Luis, mi salario bruto mensual es de ¢ 330,000.00 mensuales en caso de un primer embargo cuanto es la suma que me tienen que rebajar, y si hubiera un segundo embargo cuanto me rebajarian.
Gracias
Danilo Flores
Estimado Danilo, su salario es embargable hasta en 17 mil colones por mes. sean uno o mas embargos.-
Buenas tardes mi consulta es la siguiente: tengo una targeta de credito que hace ya varios meses no la he podido pagar he tratado de llegar a arreglo de pago con el acreedor pero los pagos que me exigen son más bien mayores al pago minimo que ya de todas formas no puedo pagar por lo que seguramente me van a enviar a cobro judicial, lo que más me preocupa es que vivo en casa de mis Padres y mis hermanas en un apartamento construido en cima de la casa de ellos, el problema es que el domicilio que tengo es precisamente la casa de ellos y no el apartamento y tengo miedo que si me realizan un embargo de bienes lo realicen no en el departamento si no en la casa de ellos, todos ellos tienen televisor computadora entre otros, pero normalmente uno pierde las facturas de estos articulos……. esto podria suceder o se debe de sobreentender por fe de los familares que el lugar donde vivo es el apartamento….. agradeceria me puedan evacuar esta duda Gracias
Gano por un sistema de comisiones cada 3 meses, si en este mes mi salario es de 3.200.000, cuánto es lo que me rebajan de un embargo
Don Luis mi sueldo bruto es de 480000 colones y tengo 2 pensiones alimenticias diferentes que suman 245000 colones mensuales cuanto seria el monto que me pueden embargar y quien le avisa al banco si el sueldo es embargable o no
Gracias
tengo una pension alimenticia y por ese motivo me e atrasado en unas cuentas me comunique con la intitucion bancaria y no mostraron interes en mi problema economico y aora me llaman que me van a pasar a cobro judicial.
la pregunta es ellos pueden enbargarme teniendo pension alimenticia
Estimado Ernesto, si luego de pagar las cargas sociales, y cubrir la pensión queda suma embargable, entonces si es embargable. Siempre recuerde que la Ley protegue a el trabajador para que en caso de embargo le “quede” una suma de dinero para subsistir, todo esto esta explicado en varios delos comentarios anteriores.
Estimado Gilberth, del 28 de mayo, le comento que conforme los numeros que me comente, su salario es inenbargable siempre y cuando el patrono este reteniendo esas sumas de la pension. Y qiuen le dice al Juez que el salario es o no embargable, es el patrono, el revisa la Ley y le comunica al Juez.
Estimado Max del 27 de mayo, segun su salario, este puede ser embarado hasta el 530.000 colones.-
Estimado Guss, del 26 de mayo hay una regla que define los referente alos bienes muebles (televisores, computadoras) y es que LA POSESION VALE POR TITULO, le pongo un ejemplo, la Ley no discute que el reloj que usted usa, o el lapicero es suyo, por que usted es el poseedor. En el caso de los bienes de la casa de sus padres, es claro que pertenecer a ellos no a usted. Es importante que siempre se sepa, que es la casa de ellos y no la suya, y en caso de funcionario de la Corte ls visite, le sean claros en cuanto a esto.
bueno…hace como 10 o 11 años…yo trabajaba en una empresa….mi jefa me pidió un favor (del cual me arrepiento cada vez que lo recuerdo)…ese favor era sí podía servirle de fiadora pra un préstamo de 2 millones…después de haber salido de dicho trabajo…ella me quedó debiendo muchas cosas….máquinas, productos, etc…entre esto que me quedó debiendo….fue 1 año de salario…decidí no pelearlo mi hacer un escándalo x esto…pensando que ahí se quedarían los problemas y ya no iba a pasar nada más….hace como 3 o 2 años decidí crearme una tarjeta de débito del BCR…pro cuando me dieron la sorpresa…de que esa jefa no había pagado el préstamo que hizo hace 11 años…y además lo había alterado y lo aumento a 8 millones….lógicamente sí me hago una cuenta bancaria me la encargarían o me descontarian de mi cuenta….necesito que por favor alguien me ayude…hace como 3 años hable con ella por teléfono y no quiso acceder a pagar nada y me colgó sí darme explicación alguna…de verdad necesito saber como librarme de este error que cometí hace tanto tiempo….gracias por adelantado….
Estimado Lic a raíz de la crisis no le pude hacer frente a un par de deudas de tarjeta de crédito, esto hace más de dos años, me llamaron de las compañías, me trataron de intimidar pero nunca llevaron a cabo ningun proceso judicial de embargo en mi contra, asumo será porque tengo una pension alimenticia por ¢250.000.00, trabajo independientemente y no tengo bienes a mi nombre. Mi consulta es la siguiente: caducan en algún momento estas deudas?? después de cuánto tiempo puedo volver a ser sujeto de crédito en el sistema financiero nacional? Muchas gracias por su atención.
Estimada Lorena, en este punto lo que le recomiendo es que contrate un abogado especialista en cobro judicial y que el analice si la deuda prescribio, si los intereses estan prescritos, etc.
Estimado Leandro, conforme la legislacion local, una deuda puede ser “cobrable” hasta diez años o mas, todo depende de lo que el acrredor este haciendo para recuperar el dinero, entonces,si el entablo un cobro, y esta haciendo gestiones para recuperar el dinero, entonces esto hace que la deda n prescriba. Lo mejor que puede hacer es pedir a un abogado que revise los procesos de cobro.
Si por ejemplo pasan cuadro años de su ultimo pago, y ellos no le han notificado el proceso (notificacion de un Juez, no de ellos), es proceso puede estar prescrito, y entonces no se lo pueden cobrar, esto se tiene que alegar en la corte, y no es automatico, sino que usted como deudor tiene que ir con un abogado a alegar que esta prescrito.
Busque un abogado para que le asista formalmente,-
Se me aplico un embargo el año pasado el cual sumandole el 50% de intereses hacendia a 650.000 colones, este fue cancelado en su totalidad en noviembre 2009. Sin embargo la misma empresa me ha enviado hace 15 dias el mismo embargo por la misma cantidad aduciendo que no le fue depositado la suma embargada. Yo tengo prueba de los depositos por el monto. Despues de ir a reclamarles en sus oficinas, hoy me llaman y me dicen que es que los intereses siguieron sumando y que el total ahora haciende a mas de 1 millon de colones. es esto legal? como es que la suma por la que fui notificado sigue hacendiendo aun cuando ya fue pagada en su totalidad hace mas de 6 meses?
Buenas Tardes, Estimados la consulta es la siguiente, es que tengo una cuenta de una tarjeta de credito con el banco 8888. ellos me llaman al trabajo intimidando y pidiendome que les haga unos pagos exajerados de la noche a la mañana. ellos me indican que van a pasar mi cuenta a cobro judicial y a envargo. yo en realidad estoy ganando ¢110.000.00 colones si ellos proceden a realizar el embargo cuanto tendran que rebajarme de mi salario, a lo que me indican ellos yo les devo una cuenta de 2 millones que toda via nose de donde salio esa suma. Les agradeceria si me pudiese ayudar con esta consulta.
hola, una consulta, tengo deuda con tarjeta de credito en banco xx, no tengo bienes a mi nombre, porque ya hace algun tiempo habia traspasado mis bienes, pero quiero saber, si es posible que embarguen al nuevo propietario, la persona que me compro, lo hizo aceptando las hipotecas de otros prestamos.Gracias, favor contestarme por el correo tambien,
Buenos Dias Licenciado. La cuenta donde se deposita el salario, pueden ser congeladas a pesar de que se solicite el rebajo del monto embargable al patrono???
Deseo me indiquen que procede si soy fiador de una cuenta en la cual el deudor no canceló y se encuentra en trámite de cobro judicial, mi pregunta especifica es si me emnbargan el salario por la cantidad mensual que pagaba el deudor o por otra cantidad que tome en consideracion el salario inembargable y ademas si el embargo lo puede tramitar el acreedor directamente o tiene que haber un juicio primero.
Gracias por su ayuda
TEngo deudas con cuatro tarjetas de crédito y por razones que no vienen al caso estuve sin trabajo formal desde el 2007. Las deudas son todas del 2006. Ahora entré a trabajar con un sueldo de 850 mil y estoy asustadísima de qu eme embarguen sueldo y cuenta bancaria pues me depositan en el BCR y no hay forma de que me paguen con cheque.
Qué tengo que hacer??
Don Luis tengo una consulta, yo desgraciadamnete me endeude mucho, tengo alrededor de 10 deudas y debo como 10 000 000 colones, ya intente por todos los medios hacer arreglos de pagos, pero casi ninguna entidad quiso aceptarlos, y mi salario no me alcanza para pagar todo, entonces voy a tener que optar por los cobros judiciales para ir cancelando una a una, mi consulta es, si me embargan el salario y la empresa me hace los rebajos, cuando me depositen el salario en la cuenta me lo pueden retener aunque mi salario este embargado. Gracias
Estimado Mauricio, la orden de embargo fue emitida por un Juez, ese juez lleva el proceso y es ahi donde se puede saber como se aplico el dinero que se le embargo, lo que le recomiendo es que visite la Corte, y junto con un abogado, revise cuando dinero de embargo, y como se aplico a la deuda.-
Estimado Luis G, del 14 de Junio, un salario de 110.000 colones por mes, es inembargable, su patrono no puede retener suma alguna.
Estimada Rocio, del 14 de junio, le comento que esas propiedades ya no son suyas, entonces no pueden ser embargadas. Ahora bien, las hipotecas no importa quien sea el dueño, entonces, si esas hipotecas no se pagan, el acreedor puede ir a la corte y rematarlas, no importa quien sea el dueño.-
Estimado Alonso, de Junio 16, el salario esta proteguido por ley, y solo puede ser embargado conforme las reglas del Código de Trabajo, asi entonces, no importa si lo entregan a usted en efectvo, o lo depositan en una cuenta, de hecho el banco sabe y respeta esta normativa. Asi que no puede ser embargados dos veces.
Estimado Jose G, el monto del embargo se define segun el monto del salario, a mayor salario, mayor el monto del embargo mensual. No importa cual era la cuota que pagaba el fiador.
El embargo del salario lo pide el Acreedor a un Juez, y es este ultimo el que lo ordena. Siempre tiene que haber un Juez de la Corte.
Estimada Olga del 18 de junio, le comento su situación no es sencilla, tome en cuenta estas cosas:
1. al tener un salario como ese, si las empresas de tarjetas la pasan a cobro judicial, le pueden embargar hasta 85 mil colones por mes, no mas que eso.
2. Es urgente que pida a cada empresa de tarjetas una certificacion del saldo, donde diga que saldo en capital e intereses debe, esto le sirve para tener prueba del saldo.
3. revise que cargos automaticos tienen la tarjetas y si hay, pida por escrito que las eliminen.
4. Tenga claro que la deuda de las tarjetas es una transaccion comercial, y por lo tanto ambas partes, ellos y usted, tenian derechos y obligaciones, lo que le quiero decir es que no es solo su problema, las empresas tambien previeron que esto podria pasar, y por eso mismo, los intereses que cobran son tan altos.
Estimado Cabalceta del 18 de junio, no es embargable la cuenta si en ella lo que se deposita son salarios.
Cuanto tiempo dura en expirar una deuda de tarjeta de credito si la empresa bancaria que me la otorgo no ha podido contactarme desde hace 6 años que no la pago
Don Luis, necesito hacerle una pregunta, si yo tengo un salario mensual bruto de 604000 colones aproximadamente ¿cuál sería el monto que me deucirían por concepto de embargo?, le consulto ya que tengo muchas deudas y casi ni me alcanza para pagar todas ellas. Le agradezco mucho su gentil atención a mi inquietud.
estimada licda. Mi caso es que me endeude demasiado, tengo cerca de 6 deudas unas las puedo pagar otras no, ya estan a punto de pasarme mis deudas a cobro, puedo hacer algo de mi parte llevando el estado de cuenta de mis deudas al juez para que pueda ver que estoy en una situacion dificil y que si me embargan no podre pagar ninguna o igual me van a embargar mi salario es de 440000 COLONES al mes
buenas !!! una cosulta :
1)cuantos embargos me pueden hacer al mismo tiempo?
2si tengo una moto y esta con orden de embargo desde hace mas de 1 año ¿por que nome la han quitado aun?
3)esa moto puedo pasarla a nombre de otra persona?
4)mi salario es de 207500 sin rebajo¿cuanto me deben rebajarpor el embargo?
5) el embargo se termina hasta cancela r la deuda o despues de un tiempo establecido?
6)despues de cancelada la deuda del embargo,cuanto se debe esperar para no salir manchado creditisiamente ?
Gracias,espero me contesten y puedan sacar de estas dudas
Buenas tardes,
Gano 600.000 mil al mes, me acaban de informar que va a llegar un embargo, podria indicarme cual es el monto maximo que me pueden embargar y si esto es apelable?
Estimado Jose, las deudas de tarjetas prescriben 4 años despues de la ultima gestion del acreedor, entendidas estas como : ultimo pago efectuaroa la deuda, notificacion de la corte, sentencia dictada en su contra por la corte, entre otras. entonces si nada de eso ha pasado, estaria prescrito.-
Estimado Don Jose J,un salario de 604.000 colones es embargable hasta por 48.200 colones por mes.-
Buenos dias,
Gracias de antemano por su tiempo para responder a mi duda,
Actualmente estoy con un salario de 302500 colones y me fue embargado un monto en la quincena de 142 mil colones lo cual cubre el total de la deuda y sobre lo cual no hubo intervencion del patrono sino que el tramite fue directamente con el banco.
Ademas de no recibir ninguna notificacion formal del proceso de embargo.
Es esto legal y si ocurriera nuevamente con otros de mis de acreedores como puedo proceder, ya que me puso en una situacion bastante dificil con solo 27 mil colones en una quincena.
Gracias nuevamente.
Hola!!! tengo una deuda de una tarjeta de credito tengo tres meses de atraso en el pago y meamenazan con un cobro judicial, la razon por la que no le he echo frente a mis deudas es porque no tengo trabajo, si no hat reportes a la caja por falta de trabajo y no tengo nada a nobre mio, que pasa con el cobro judicial, que es lo que van a embargar??
Gracias!!!
Estimado Ricardo del 5 de julio, gracias por escribir ese proceso que usted quiere encontrar en la Corte se llama INSOLVENCIA, y existe cuando existen dos o mas deudas que el deudor no puede pagar. es necesario que contrate a un abogado para que le lleve el caso, pues no puede ir a la corte por usted mismo. Este proceso de INSOLVENCIA, tiene pros in contra, pero una de sus grandes ventajas es que los INTERESES SE SUSPENDEN en su favor, asi que hablando de forma practica la cuenta se “congela” y no crece mas.-
Estimado David, del 6 de julio, vamos a ver:
1. Uno a la vez, no lo pueden embargar mas que lo que su salario “aguante” y en su caso un salario de 207 mil colones no puede embargarse por mas de 3 mil 500 colones por mes.
2. Hay muchas razones por las que esa moto no se la han quitado, una de ellas es que por que no lo han encontrado, seguramente hay una orden de captura.
3. esa moto ya no la puede traspasar pues estando embargada, no se puede vendr.
4. Le puede embargar no mas de 3.500 colones x mes.-
5. cuando la deuda total se paga, se termina el embargo.
6. la “mancha” crediticia puede estar x 4 o 5 años.-
Estimada Gabriela, del 6 de julio, su salario no puede ser embargado por mas de 48 mil colones al mes. la apelación de una deuda en la corte, puede hacerse si por ejemplo, lo que le cobran usted ya lo pago y tiene pruebas. si estan cobrando intereses prescritos,etc. pero para esto si es necesario que un abogado lo asesore.
Estimado Eduardo, del 8 de julio, su salario no puede ser embargado por mas de 14.000 por mes, a menos que usted accediera por escrito, (lo que no seria un embargo sino un pago). Asi que sepa que el codigo de trabajo le protegue su salario y NUNCA pueden ser embargado por las de esa suma .-
Estimada Monica del 9 de julio, si un deudor no paga, el acreedor (a quien se le debe) va donde el Juez a pedir que le ayude a que usted le pague, entonces, el Juez ordena que todos los bienes que tiene el deudor sean embargados, bienes como salario, cuentas bancarias, vehiculos, casa, lote,… si no tiene nada de eso, entonces no mas que pueda hacer el Juez. no hay carcel por deudas, no le pueden impedir salir del pais.
Buenas, don luis deseo que Dios este llenando lo de bendiciones, mi pregunta es mi empresa quebro hace 5 años, y ahora la C.C.S.S, me pide que pague una millonada por una empresa que ya no existe que debo hacer.
Buenas noches , otra pregunta:
voy a comprar un aparato a credito ( hipotetico) y me piden firmar letras de cambio una por cada pago mensual ademas presentar cheques posfechados tambien uno por cada pago
eso es legal??
noes verdad que emitir un cheque posfechado es ilegal
gracias de nuevo estoy recomendando esta pagina a todos mis amigos deberian hacer una cuenta en facebook tendrian muchos fans
gracias
Estimado Marcos, gracias por sus recomendaciones, le comento que esta parte – el blog – la atiendo solo, y a veces no tengo el tiempo que se merecen para dar respuestas!!!!.. pero de veras que estoy contento por que esta dando una pequeña ayuda.
Lo de las letras es correcto, las letras de cambio por ley tienen solo un vencimiento, no es como los pagares que tiene la opcion de que se hagan pagos mensuales. ahora, NO ES LEGAL, que le pida cheques… menos postfechados…. tanto por que usted tiene razon, es un delito y como por que ya la obligacion fue “garantizada” con las letras de cambio. Gracias de nuevo!!!
Estimada Paola Ch, quien nos escribio el 19 de julio, gracias por sus bendiciones, espero que Dios le este bendiciendo a usted tambien!.
Las deudas de la CCSS, son de dos tipos: las que tienen que ver con cuotas obreras, y las que tienen que ver con cuotas patronales.
Si la deuda es por cuotas obreras, el tema se complica pues puede tener conotaciones penales (retención indebida), es un delito penal, pues el patrono retuvo de el trabajador un dinero (las cuotas) y no las pago a la Caja.
Si es deuda por cuotas patronales, es diferente, ahi no hay problemas penales, es una deuda que no se pago o no se pudo pagar. La Caja va a ir a la corte a pedir a un juez que le oblige a pagar, en ese caso, si hay bienes, (casas, carros, etc) los va a ordenar embargar para que usted pague, si no paga, entonces va a ordenar rematarlos.
En aquellos casos en que el o los deudores no tienen bienes ni salario, entonces el Juez no puede hacer mas nada y la deuda se queda sin pagar, recuerde que en estos casos no hay prision por deudas.-
Don Luis, gracias por su ayuda. Mi salario es de 1,082,000. Quisiera aclarar completamente 3 puntos.
1. Tengo 2 deudas de tarjetas de credito que no puedo cubrir actualmente, en caso de que amabas vayan a cobro la suma de embargo seria de unos 126,000 en total? la segunda tendria que hacer fila? o podrian embargar ese monto por una y otro por otra.
2. Al monto de la deuda se le agregaria un 50% de ley y luego se embargaria hasta cancelar. Una vez cancelado ese monto puede el acreedor reclamar cargos adicionales por mas intereses?
2. En caso de que se me impusiera un pension alimentaria una vez que el embargo este vigente. Bajaria el monto del rebajo?
Gracias de antemano
Estimado Diego, 1. Segun su salario el monto maximo a embargar es 131.000 colones.
2. tenga 1 o 5 embargos, por mes no se le puede retener mas que ese monto de embargo, la ley lo protegue.-
3. el 50% por un monto que la ley prevee para cubrir todo, sin embargo, si la deuda no se paga, los intereses seguiran corriendo hasta el pago, no importa si es mayor a la suma de la deuda mas el 50%.
4. la pension alimentaria tiene una ley especial que la rige, y si llegare uan orden de pensión contra su salario, Primero retienen la pensión y si sobra, entonces dse paga al embargo. Por ejemplo si la pension es de 150 mil por mes, no quedaria nada por embargar, pero si la pensión es por 100.000, quedaria para el embargo, solo 31 mil colones.-
Buenos Días Lic.
Estimado Licenciado espero que se encuentre muy bien, me encuentro desesperado por el acoso que estoy recibiendo del Grupo Citi respecto al cobro de mi targeta que no he podido pagar, yo anteriormente ya le habia escrito en el Blog resulta que me estan amenazando con enviarme cobradores a mi lugar de trabajo y a mi casa, estoy reuniendo todas las cartas de cobro que me han eviado y guardando los mensajes de voz que me dejan en mi telefono, con estas pruebas puedo poner algun tipo de denuncia por acoso……???????? o en cual cual lugar puedo poner una queja de lo que me esta sucediendo.
Lic. yo no se por que ellos antes de hacer esto no proceden a enviarnos a Cobro Judicial como debe de ser el procedimiento y empiezan a hacernos estas cosas que nos afectan grandemente en nuestra autoestima y nos enferman, yo tengo el nombre del Cobrador y un Apellido que me esta acosando pero no se si con esto puedo hacer algo.
Estimado Licenciado yo le agradezco a usted este espacio y Blog ya que nos sirve de des saogo y nos enseña a no dejarnos que nos amedrenten por estas empresas.
Licenciado he pensado en decirle a este cobrador que voy a enviar un correo masivo explicando mi caso y lo que esta haciendo este Grupo Financiero para que otras personas conoscan lo que son y si les ofrecen una targeta no la acepten por las consecuencias que puede traer como mi caso pero no se si esto pueda ser buena idea????
Estimado Don Luis, actualmente se me retiene una cantidad de dinero por concepto de embargo de salario, el monto establecido por el juzgado es por la suma de un millón doscientos mil colones.- Este monto ya fue sobrepasado según los rebajos de planillas, pero aun mi patrono me sigue haciendo rebajos.- mi consulta es la siguiente:
1).- Es el patrono el encargado de indicarle al Juzgado que ya el monto del embargo fue pagado, o en este caso mi persona debe realizar la gestión para su levantamiento.-
Hola.soy un persona que por falta de oportunidad e tenido que atrasarme en barias cuentas por lo que en la actualidad tengo como percance 5 cobro por las rasones ya mencionadas. El problema es el siguiente: ya tengo un trabajo estable trabajo para el gobierno con la empresa JAPDEVA y tengo como FIJO 2años y hasta el momento no e podido conseguir un préstamo personal en un BANCO o COOPERATIVA, para solventar mi económica y seguir con la vida. Gracias por escuchar.
Buenas noches don Luis…muchas gracias por su disposicion de aclarar las dudas acerca de los embargos.
Yo tengo una duda, mi salario es de 600 mil al mes, segun entiendo, el rebajo de la renta aplica para salario mayores a 607 mil, creo…ahora bien, tengo varias consultas:
1. Cuanto seria el monto a rebajar?
2. Este monto a rebajar, es independientemente del valor total de la deuda que uno tenga?
3. Si uno tiene un aumento de salario, el embargo cae sobre el nuevo salario o el embargo se aplica sobre el salario que uno tenga en ese momento?
Muchas gracias nuevamente por su atencion!!!
Buenas Don Luis le agradezco su atencion de antemano.
mi pregunta es si a mi me pagan mi salario en una tarjeta de debito exclusiva para el salario! esa tarjeta la pueden congelar? estoy preocupado porque si un dia de pago me llegaran a congelar todo mi salario no podria llevar el sustento a mi casa!
Muchas gracias espero su pronta respuesta me parece que hace un trabajo excelente een este blog..
Pregunto:
1- Cuantos embargos puedo aplicarle a un Colaborador de una sola vez
2- Cuantas pensiones alimenticias le puedo aplicar a un Colaborador
gracias.
Buenas,
acabo de recibir una notificacion de embargo por una tarjeta de credito, esta fechado abril del 2005.
Me estan cobrando intereses moratorios de junio 2003 a febrero 2005.
estos intereses no prescriben?
Estimado Ronald, los intereses como regla prescriben al año, o sea, no se pueden cobrar de hoy un año para atras, por ejemplo, a menos que existan elementos que interrumpieron la prescripcion, como pagos, o actos en la corte. Es muy muy importante que contrate a un abogado para que le atienda el caso, pues si no hay actos interruptores, puede que tambien el principal este prescrito.
Estimado Jose A. G. El salario tiene un monto maximo embargable, no importa cuandos embargos hay en fila, no se puede exceder de ese monto, entonces, revise el salario y el monto maximo a embargar. En cuanto a la pension alimentaria, la ley dice que no puede retenerse como maximo el 50% del salario, asi que igual, depende del salario y del monto de la pension o pensiones, la que llego primero, tiene prioridad.-
Buenos días,
Yo no puedo pagar mis deudas de tarjetas de crédito desde hace mas de un año, y tengo saldos muy altos, así que creo que si termino de pagar será como en diez años. En mi otro trabajo me llegó el embargo por una de ellas, y estoy en mi nuevo trabajo a la espera.
Imagino que como la gente de las tarjetas sabe que no me pueden cobrar (no tengo bienes), me llaman y llaman para arreglar, pero aunque quiera no puedo.
En uno de estos casos, puedo hacer arreglo de pago porque la deuda es pequeña comparada con la otras. Esta tarjeta no la pago desde hace un año, y la última compra en ellaes desde principios del 2008.
Esos intereses de la tarjeta prescriben para efectos del arreglo de pago? O solo aplica cuando está en proceso de embargo?
Me gustaría que nos explique cómo es que funciona lo de los intereses prescritos, y si los emisores de tarjetas deben eliminarlos en los arreglos de pago, etc.
Muchas gracias por la valiosa información.
Buenos Días, mi esposa le ha servido como fiadora a un compañero junto con otras 7 personas el crédito es por 20,000,000 de colones. Cuando iba a iniciar el pago de las primeras cuotas le aparecio a el una pension por 800,000 mil colones el salario bruto de el es 1.261.098.30.. Nos parece que el hizo algo indebido no entendemos porque tiene una pension tan alta. Nos podrias decir cuanto seria la pensión y si eso se puede pedir para que se la bajen. A el le aplican todos lo rebajos de otros prestamos, mas la pensión entonces cuando le van a aplicar lo de este credito no le alcanza el disponible y por ahi le empiezan a rebajar a los fiadores. Le agradeceriamos su respuesta. Gracias
Estimado Guss, del 28 de Julio, le comento que es he insistido que el Reglamento que fue aprobado en nada protegue a los deudores de estas situaciones. Si le recomiendo:
1. guarde esos mensajes ysi puede “paselos” a la compu.
2. pida el nombre y la identificacion del cobrador.
3.si le llaman grabe la conversacion – advierta antes de empezar a grabar que lo va a hacer.
Todo esto, recopilelo y contacte a la defensoria del consumidor, ellos son loa institución que le puede ayudar.
Que he notado, que son miles y miles de personas en las mismas situaciones y no se agrupan, no se defienden, no reclaman sus derechos!!! hay que pasar de la queja a los hechos y perdone que le hable claro. Usted firmó un contrato con Citi y el contrato desde el inicio previa que usted podria no pagar, asi que debemos todos entender que no es un “pecado”, es simplemente una de las opciones que el mismo contrato tenia.-
Estimado Enrique del 28 de Julio, le comento que el Patrono debe de llevar el control de la suma que le ha retenido, el recibió una ORDEN Judicial de retener hasta 1.200.000 colones (segun usted me dice), entonces, una vez que llegue a ese monto, ya debe de dejar de retenerle. Entonces, pida al patrono que acate la orden que le dipo el juez y que una vez que llegó a eso, que se detenga de embargarle el salario.
Hola buenos días!
Antes q nada quiera agradeces por este espacio tan importante y de tanta credibilidad, mi pregunta es la siguiente…
* Si tengo mas de un embargo salarial la nota llega a mi trabajo igual pero no la pueden aplicar?
* un embargo espira a x cantidad de tiempo ó por notificado queda a la espera de su turno para realizar el pago aunque dure pagando x cantidad de años el primero?
* mi salario es de C 330 956, cual seri el monto a embargar?
nuevamente gracias por su ayuda…
Jesus
Estimado Jesus, gracias por escribir, el salario suyo puede ser embargado hasta en 17.195 colones por mes. los embargos si son por montos mas altos que ese, entonces “hacen fila”, se paga el primero, cuando termina, sigue el que estaba de segundo, etc. el embargo prescribe, muere, pero para ello tienen que pasar varias cosas, transcurso del tiempo (normalmente 4 años) y que el actor (acreedor) no haga gestiones de cobro. asi que no es facil.
Estimada Lisette, del 6 de agosto, le comento que LA PRESCRIPCION de los intereses, opera asi: Prescriben al AÑO, desde donde se empieza a contar ese año: 1. desde el ultimo pago, o desde la ultima gestion de cobro de parte del acrredor,pero que se pueda probar en la corte (una llamada es dificil probarla, por ejemplo). entonces, si usted tiene un caso de prescripcion, al momento de hacer un arreglo, es algo que debe de usar, y reclamar que los intereses estan prescritos.
Estimado William, del 6 de agosto, un salario , en caso de pension alimentaria puede ser “embargado” hasta el 50%m, en este caso, no puede ser embargado por mas de 600 mil colones. Las pensiones alimentarias tienen prioridad sobre los embargos, entonces si a ese salario le aplican la pensión NO QUEDARA lugar para rebajar por el prestamo. Puede contratar un Abogado para que le asesore y le explique si ese proceso es real o simulado, pero solo un abogado lo puede decir.
Estimado Noel, del 3 de agosto, el salario suyo puede ser embargado hasta en 47. mil colones por mes. No debe de pagar Impuesto de renta. el monto a embargar depende del salario, no de cuando es la deuda. conforme aumente el salario, aumenta el monto a embargar.
Estimado Jean Paul M, del 4 de agosto, le comento que ese tipo de cuenta tiene proteccion, asi que no podria ser embargado totalmente. gracias por su comentario, a veces entre el trabajo diario no puedo atender las consultas al tiempo que quiero, pero me esfuerzo por salir. gracias!
Estimado Jose, del 30 de agosto, le comento que el salario tiene una proteccion especila, y no puede ser embargado todo, solo una parte, en su caso que su salario es de 292.000 colones el embargo no puede ser mas de 12.700 x mes.
Buenas Tardes Luis,
Tengo un par de dudas con respecto al embargo salarial, me han comentado que si no le embargan a uno el salario en un lapso 4 años ya no pueden hacerlo porque se les vence el plazo y despues de ahi se vuelve incobrable para el acreedor. Es cierto esto?? o cual es el tiempo para que una deuda caduque y no se pueda cobrar?
Tambien quisiera saber cual es el tiempo despues de un proceso de estos para que el historial crediticio quede limpio de nuevo?
Gracias!
Lic tenga buanas tardes necesito aclare duda yo estaba laborando y mi salario tenia un embargo hace dos mese me despidieron que debo hacer puedo ir a cancelar juzgado o me comunico con la institucion que me embargo para cancelarles directamente que sucede en estos casos
Buenas tardes dm Luis:
Mi consulta es la sigte: Mi esposo hizo una comra de elctrodmesticos has 6.1/2 años, al parecer no ha cancelado la deda con Casa Blanca, y ahora ellos llaman a todos lados para contactarlo, tal ha sido el punto de ellos que el día de hoy llamaron al celular de mi jefe, que es mismo que utilizo yo en mi trabajo, para localiarlo a e´l. Les digo q por favro lo eliminen y me dicen que solo el perjudcado puede eliminarlo. Pero le preunto a la muchaha que si el fue el que se lo dió y me dice qu No que ellos tienen los medios para encontrarlo y que a ella le aparece en el sistema. Muchas veces les he dado el nuemro de lél peor no lo llama, pero sí llaman a todos los nuemro de mi familia, (mi mama, mi casa, mi papá) y ahora a mi jefe!! eso es el colmo, No sé si la deuda está prescrita, pero cada vez que llaman y eso creo que lleva como 1 año en ese juego dicen lo mismo mañana lo embargamos… No llega el embargo pero ami me sifuen buscando como si yo fuera la deudora? Para mi eso es “acoso” pero en la defensoría del consumidor mo me pueden ayudar!!
Que se hace en eso caso? LA deuda ya prescribió? Qu ehago para que no utilicen los numero de mi trabja? Mi jefe hoy se molesttpo po esa llamada y con justa razón, es un numero qeu pidio hace 1 1/2 mes y ya ellos llaman a mi esposo a ese número? GRacais por su atención! Dios le bendiga!!
Hola mi consulta es la siguiente:
Hace un año no pago una deuda con el banco, era pequña pero fallecio mi papa y no pudia pagarla ya que me hice cargo de mi familia. lo que me extraña mucho esque del banco nunca me llamaron para preguntar la razon del atrazo. Dice el señor que mandaban telegramas pero a mis manos nunca llegaron, ya que me cambie de casa. nunca me llamaron para un arreglo de pago yo fui con dinero y el señor no me lo acepto me dijo que era cancelar el total de la deuda o un fiador, pero no lo consegui, solo mi novio pero el no es asalariado, por medio de la caja es trabajador independiente. la cuestion esque me cerraron todas las puertas y ahora estoy empezando en un nuevo trabajo el cual estoy muy contenta pero ya me avisaron por medio de la empresa a la que laboraba anteriormente que me llagaron a buscar para el embargo.
No se si eso es justo, no me ayudaron ellos en nada, que puedo hacer en ese caso??
Hola!!! a ver si entendi: si tengo un salario de 500000 mensuales y una deuda con una targeta de credito de 120000 cuanto es lo que me rebajarian?????
Buenos días don Luis, mi duda es la siguiente: Las deudas por tarjetas o préstamos prescriben 4 años después de que se firmó el pagaré, o 4 años después del último abono? Como hago para tener la certeza de que ya la deuda prescribió?
Si ya estoy siendo embargado, y el rebajo de salario tarda más de 4 años que pasa con las otras cuentas que están esperando embargarme? Prescriben?
Gracias
Estimada Amy, gracias por escribir, le comento: 1. La prescripcion tiene varias reglas,asi que dar un periodo exacto no es facil, la regla de los 4 años cuenta a partir de la ultima gestion del acrredor, entonces, este plazo puede llegar a 10 años o mas.
Estimado Alexs, le recomiendo antes de pagar, que pida explicacion clara de todos y cada uno de los montos que le estan cobrando, y si el monto es muy alto, que contrate un abogado para que revise si existen montos prescritos, si los intereses estan conforme a la ley. etc
Estimada Dora del 31 de agosto, prepare una carta concreta con su peticion y enviela al acreedor, haciendole saber que estan cometiendo un error y que usted puede tomar acciones legales si continuan con esas acciones.
Estimada Keila, del 2 de setiembre, lo siento por usted, para poder darle un consejo completo necesitaria cuando es su salario, asi podriamos saber cuanto le podrian embargar. tambien puede leer comentarios atras, pues he dado muchos montos de embargo sobre salarios.-
Estimado Eddy del 5 de setiembre, su salario de 500.000, no pueden embargarles por mas de 36 mil colones por mes.
Estimado David, el tema de la prescripción es un poco tecnico, pero si, los 4 años empiezan a correr desde el ultimo pago. pero si la cuenta esta en cobro judicial, entonces los 4 años corren a partir de la sentencia, y despues de la sentencia desde la ultima gestion que realicen.
estimado david,lo siguiente es para hacerle una consulta tengo el salario embargado y me llego otro embargo no es cierto que solo un embargo me pueden rebajar a la veces,y luego siguen con el otro.necesito saber si estoy en lo correcto.de todas formas me gustaria escuchar su comentario.
tengo 3 deudas y ya me llegaron el cobro judicial en mi trabajo me rebajarían los 3 cobros o sería uno a la vez ?
Hola mi sutuacion es la siguiente, le saque un electrodocmestico a un amigo pero el no pago,el pago del electrodomestico se realizaba la mitad con una tarjeta y la otra mitar acontado, pero no pago de ninguna Forma.
Ya Habian pasado 4 años y nueve meses y me llego un embargo,
despues de Tanto tiempo se puede aplicar un embargo?
Buentas Tardes! Luis Un excompañero de trabajo me presto (a titulo de prestamista) 300 mil colones y me cobro 180 mil de interes por un plazo de 3 meses. Yo le firme una hoja muy sencilla donde decia que en tres meses me comprometia a devolver el dinero junto con los intereses. Adjunto a esa hoja, que debo aclarar no tenia ningun sello de abogado, ni fue notariada, le entregue tambien una copia de mi cedula. La deuda la pague como lo acordado pero como eramos amigos nunca le pedi ningun recibo. Y ahora resulta que me esta cobrando de nuevo la deuda argumentando que nunca se la pague. Ya que el me pidio que se la dejara con la esposa y asi lo hice, ella lo llamo frente a mi para decirle que yo recien le deje la plata. Y ahora parece que la plata nunca aparecio o sencillamente sin verguenza alguna quiere sacar doble provecho de la situacion. Lo ultimo que me dijo fue que lo iba a meter con abogado a cobro judicial, para embargarme el saliario y mi carro, es esto posible? Gracias!!
Tengo varias deudas con tarjetas de crédito y a partir de este momento creo que no podré pagarlas. Supongo que entraré en mora y de ahí la posibilidad de que luego embraguen mi salario. Tengo varias consultas: si tengo un salario líquido de 400 000 cuánto se puede embargar?. Suponiendo que me embarguen el salario, pueden embargarme al mismo tiempo los bienes que estén en mi casa, mis cuentas bancarias u otros, ya que no tengo bienes propios?En caso de que se embarguen bienes se acuerda un día para realizar el embargo o ellos pueden llegar cuando quieran, puden ir al lugar de trabajo a realizar embragos? Los otros acreedores pueden embargar mis otros bienes mientras esperan el embargo del salario? Esto porque como usted lo explicó estarían en fila esperando para embargar el salario. En el caso del aguinaldo, éste puede ser embargado, si es así se calcula por aparte o se suma al salario ordinario?. Si participo en una sociedad anónima pueden embargarme los dividendos de esa sociedad o algún dinero que reciba por otros trabajos aparte del salario? Muchas gracias y disculpe la extensión de la pregunta pero es que tengo muchas dudas.
Estimado Bryan (mi nombre es luis… solo para aclarar), el salario tiene un monto embargable, mas de ese monto no se puede embargar mas, puede encontrar ejemplos de cuando es el monto embargable, en mis comentarios. Entonces, si llegara otro embargo, efectivamente este segundo “debe de hacer fila” y esperar que se termine de embargar o pagar el primero.
Estimado Miguel, es uno a la vez.
El salario tiene un monto embargable, mas de ese monto no se puede embargar mas, puede encontrar ejemplos de cuando es el monto embargable, en mis comentarios. Entonces, si llegara otro embargo, efectivamente este segundo “debe de hacer fila” y esperar que se termine de embargar o pagar el primero.-
estimado Dennis, del 7 de setiembre, las deudas tienen diferences formas de prescripcion, alguna 1 año, otras, cuatro, en su caso, me parece que vence a los cuatro años… tomados a partir del ultimo abono o pago efectuado. Y si ya lo notificaron esta notificacion hace que empiecen a correr de nuevo los cuatro años. entonces, si recien le notificaron, contrate a un abogado para que le revise si puede reclamar alguna prescripcion de el total o de los intereses.
Estimada Andrea del 8 de setiembre, el tema aca es de prueba, el Juez que va a conocer del cobro judicial, va a recibir la prueba de ambos, el tiene que aportar el documento donde usted le debe, usted el documento donde dice que le pago. Si usted no lo tiene, aunque haya hecho el pago, el juez no puede creer en su palabra, aunque sea cierta.
Cuando una deuda de estas se paga, es necesario que le devuelvan a uno el original.
y no es necersario que tenga sello de abogado, con solo su firma es valida.-
Estimada Lucia, del 8 de setiembre, voy a ser puntual:
1. El salario de 400 mil es embargable en 25 mil colones por mes, no mas de eso.-
2. Todos los bienes son embargables.
3. el embargo lo va a efectuar una persona nombrada por la Corte, y no es necesario que le avisen.
4. la Lugar del trabajo no hay nada que embargar.
mi nombre es giovanni me quede 5 meses sin trabajo y debo en una tarjeta de credito1.920.000 y hasta ahora consegui trabajo pero ganando menos, mi salario es de 250.000 colones al mes, cuanto me rebajarian por mes. yen cuanto tiempo me comenzarian a rebajar el embargo sobre mi salario.
muchas gracias de antemano por su valiosa opinion.
Estimado Giovanni, un salario de 250 mil colones, es embargable hasta por 8 mil colones por mes, no mas de eso.
Hola… en estos momentos tengo unas deudas con tarjetas de crédito que por razones personales no puedo pagar, mi salario liquido es sumamente bajo, ya que además de las deducciones de ley me rebajan las cuotras de otros créditos. En caso de que proceda un embargo de una tarjeta sería sobre mi salario liquido que incluye las deduicciones de los otros prestamos??? Muchas gracias!!
Mi consulta es la siguiente: A una persona que tiene dos pensiones alimentarias se le puede aplicar un embargo
Mis ingresos se conforman por salario base ¢375 000, mas comisiones pueden rondar entre ¢300 000 a ¢1 000 000, en este caso como aplica el embargo.
gracias!!!
Estimado Luis.
Una persona puede declararse totalmente en quiebra y no cumpir con sus deudas ,ya que el salario no le alcanza,
Saludos .
Estimada el salario esta protegido por ley, y los embargos tienen un porcentaje de embargo (no se embarga todo). Al salario bruto, se le rebajan las deduccions de ley, si hay pensión alimentaria, y luego de esto, el embargo. Le invito a leer aca mi blog , donde explico con detalle como opera el embargo: http://www.dyncr.com/blog/embargos-de-salarios-en-costa-rica
Estimada Nuria del 5 de octubre, todo depende del salario de la persona, y del monto de las pensiones. Pero si es posible.
Estimada Julieta, del 6 de octubre, para la Ley no hay distinción, ambos ingresos, salarios y comisiones, conforman el ingreso embargable.
Estimado Luis um, me comento que el tema de la insolvencia (quiebra) tiene muchos mitos, pero en realidad es una medida extrema que tiene la ley EN FAVOR de los deudores, para que puedan salir adelante de sus DEUDAS. El que tenga o no tenga salario no es medular, es mas bien que sus ingresos y bienen, no sean suficientes para pagar lo que debe. Entonces , hemos atendido casos de deudores que no tienen bienes ni salario, pero acuden a la insolvencia para poder algun dia saldar las deudas. tengo un blog exclusivo de este tema, al que le invito a visitar.
Estimada Gabriela, del 4 de octubre, un salario comoel suyo, puede ser embargado hasta en 36900 colones por mes.Primero le deducen las cargas sociales, luego el embargo y luego los prestamos. ahora bien, suhija tiene un derecho a alimentacion, vestido, salud, etc, no depende de usted, es un derecho y como tal lo npuede exigir por medio de una pension alimentaria. Si existiera en su caso una pension alimentaria en favor de su hija menor, luego de las cargas sociales le retendrian la pension y si quedara, entonces seguiria el embargo y los prestamos.-
mi papá tiene varios prestamos con diferentes entidades y producto de las cuotas que tiene que pagar estaba recibiendo un salario liquido de 140.000 colones al mes porque se las rebajan directamente del salario. Parece que tenía una deuda atrasada de 3 o 4 meses en un banco y llegó a un acuerdo de pago con ellos, los términos de este arreglo los desconozco, pero ahora de salario le llegan sólo ¢84.000 colones. El es educador pensionado.
Mi pregunta es ¿posible que lo dejen sin salario mínimo ? ¿como procede la ley en este caso? Gracias
Sr. Luis mi pregunta es la siguiente: ¿las horas extras se incluyen para aplicar el embargo?
Gracias
Buenas tardes
Don Luis tengo una duda si yo estoy en periodo de prueba de 3 meses en un trabajo nuevo y llega la orden de embargo a mi trabajo . pueden despedirme por eso? mi en mi trabajo actual es de C 500 000 colones es a base bonos y comisiones, aveces gano menos y aveces mas. Por otra parte el monto fijado por el juez varia mes a mes de acuerdo al ingreso que tuve o es fijo? Muchas Gracias
Estimada Karla, gracias por escribir, el embargo no es una CAUSAL DE DESPIDO, el Monto del salario lo determina el salario que USTED GANA, en su caso, NO PUEDE SER MAYOR DE 36.000 COLONES, al mes.-
Estimada Maria del 14 de octubre, todos los ingresos, como comisiones, salarios, horas extras, bonos, forman parte del del monto embargable del trabajador.-
Estimada Magda del 14 de octubre, el Salario tiene UNA PROTECCION LEGAL extrema!… en el mismo Código de Trabajo se determina EL MONTO MAXIMO A EMBARGAR. Nunca se puede exceder de es monto maximo a embargar. asi que le invito a revisar mis blogs, sobre este tema y podra tener mas informacion sobre el asunto y comprender la PROTECCION QUE TIENE EL SALARIO.-
Don Luis muchisimas gracias por la oportunidad de verdad agradezco el tiempo que toma para ayudarnos con nuestras preguntas. MI pregunta seria la siguiente… Yo durante un tiempo tuve un trabajo donde estuve ganando muy bien por lo que gracias a dios tenia un credito excelente por lo que me hice de un prestamo para pagar unas cuentas que adquiri cuando no tenia ese trabajo y tambien uno para comprar un negocio aparte de las muy conocidas trajetas de credito bueno el hecho es que por inmadurez no supe admimistrar mis finanzas y cuando me di cuenta no pude seguir pagando mis deudas aparte de que mi megocio quebro y bueno ya tengo mucho tiempo sin pagar por lo que se me haria imposible ponerme al dia sali del pais para buscar mejores ingresos y poder hacer frente a mi s deudas pero tampoco me fue bien ahora regrese al pais y gracias a dios tengo el mismo trabajo pero la cantidad que debo es tanta que no podria pagarla yo esoty de acuerdo en que se me embargue el salario pero no lo hacen entonces estoy esperando a que lo hagan pero quisiera saber si el monto que embargan es una cantidad fija emitida por el juez basada en las planillas de la caja o si se saca un porcentaje de tus ingresos al momento de hacer el pago pregunto porque yo gano por semana y mis ingresos nunca son los mismos por motivo de tiempo extra puede ser a veces de 200 dolares por semana hasta a veces 500 dolares por semana esa seria una de mis preguntas. Otra pregunta seria si ya me embargan mi salario tambien pueden embargar la cuenta donde recibo el deposito directo, si el caso fuera que si pueden como funciona podrian congelar todo lo que entre a la cuenta o solo una parte. Mi ultima pregunta seria, yo en esto momento estoy soltero pero vivo solo no tengo mucho estoy pensando en pasarme a vivir con mi novia y bueno tendriamos que comprar todo el menaje seria buena idea comprar todo a nombre de ella para evitar asi embargos o eso tambien podria embargarse. Muchas gracias y que dios lo bendiga…
TENGO UN PROBLEMA CON UNA TARJETA DE CREDITO PERO MI PROPIEDAD Q AUN SE LA DEBO A UN BANCO ESTA CON UNA ANOTACION QUE DICE HABITACION FAMILIAR ESO SIGNIFICA QUE ES UN PATRIMONIO FAMILIAR? Y EL PATRIMONIO FAMILIAR ES INEMBARGABLE? CIERTO?
don luis tengo una duda ten go un salario de 350000 y tengo varios embragos pendientes pues estuve sin trabajo varios años,me pregunta es pueden embargarme todos al mismo tiempo soy casada tengo 2 hijas y soy la que mantiene a mi familia…
Buenas Tardes Don Luis, mi consulta es la siguiente, tengo varios embargos pendientes ya me estan rebajando uno(8500) pero tambien tengo pension alimeticia de 149000 mensuales, mi salario es de 326000 pero con las extras me llega a 360000, como podria quedar mi salario con la pension y el embargo?
Muchas gracias por su tiempo.
Saludos,
Buenas Estimado Luis le comento mi situacion he estado sin trabajo mucho tiempo y bueno una s deudas que tengo se acumularon ahora estoy trabajando nuevamente mi consulta seria ai a nombre mio esta 50% de una propiedad de bien social (BANHVI), esta puede ser embargable ademas tengo inscrito un automovil pero no es un carro caro si me embargaran este cubriria el monto de la deudas o como seria Le agradesco me ayudara y a la vez lo felicito por sete medio tan importante que ofrece
Muchas bendiciones Gracias!
Estimado Antonio A, Su historia es la de miles de personas, deben todas de entender que tanto ustedes como la empresa de tarjetas hicieron un trato, un negocio, y si no funciono, es culpa de ambos, no solo es responsabilidad del deudor pagar, el acreedor tiene obligaciones tanto antes de otorgar el credito como durante el credito, como x ejem no cobrar tasas de interes abusivas. Esa es mi teoria!!!.-
en su caso, el salario se embarga segun el monto de este, asi que entre mas salario, mas suma a embargar.
La cuenta no debiera de ser embargada, pero le recomiendo que converse con el banco y deje claro que esa cuenta es de su salario.
Compren todo a nombre de ella novia.
tengo mucha informacion sobre derechos de los deudores, la insolvencia como medida de proteccion, etc, le invito a leerla, suerte!
Estimada melissa, del 19 de octubre, todo depende si la afectacion al patrimonio familiar es anterior a la fecha de cuando obtuvo la tarjeta. Las deudas luego de que se afecto la propiedad a Patrimonio no pueden embargar el bien.-
estimado Erick del 23 de octubre, El 50% de su casa es embargable, a menos que el contrato con el Banvhi diga algo contrario. La deuda no se paga automatica con solo que le embarguen el carro, lo mejor es que sepa desde ya que monto debe, y tenga documentos que lo amparen.
Estimado Alejandro del 22 de octubre, su salario completo de 360.000 con esa pension, es embargable en 1.800 colones por mes (mil ochocientos colones).-
Buenas tardes tengo una duda de esta respuesta suya a una consulta que hay arriba
“3. le recomiendo que se cerciore que en el proceso donde le estan embargando usted hya esta notificada, pues de no estarlo, y su salario esta embargado por mas de tres meses, podria hacer con un abogado una gestion que se llama desercion, con esta, se castiga al acreedor por no actuar con celeridad, y dentro de las consecuencias esta la de que las sumas embargadas se las reintegran.”
segun entiendo es que si uno no fue notificado puede reclamar si le embargaron antes de notificarle, en mi caso una casa comercial me embargo por una camara que saque para un familiar y este no la pago. en RRHH me mandaron un email que habia llegado una orden de embargo de esta casa del juzgado de xxx a los meses no me acuerdo cuantos me llego la notificacion de dicho embargo ya estando rebajandome del salario hace un tiempo. En este caso comoprocedo ya que por ignorancia mia deje que corriera el rebajo pero ahora viendo estas consultas y respuestas me surgio la duda.
Agradezco en lo que me pueda ayudar.
Estimado luis Si ponga al dia la cuenta donde tengo el embargo me dejarian de rebajar del salario.el embargo.
Estimada Ruth, del 20 de octubre, un salario de 350.000 colones, puede ser embargado hasta en 19.500 colones por mes, no mas de eso le pueden rebajar mensualmente no importa si son 1 o 10 embargos, los demas deben de “hacer fila”
Estimado Guido del 28 de octubre, efectivamente al pagar toda la deuda, el embargo se deja de aplicar, PERO SI ES NECESARIO que el Juez envie la orden, esto es importante, que le de seguimiento en la corte y asi lo mas rápido posible ocurra.
Estimado Esteban del 27 de octubre:Si alguien tiene embargado un salario y no ha sido notificado, teóricamente se puede pedir la deserción. Usted tendría que contratar un abogado para que le revise el expediente, y asi saber a ciencia cierta la situacion del proceso.
Estimada Jeannette del 26 de octubre, le comento que el embargo se determina según el salario que usted tenga, la duración del embargo, será según el monto que debe. Pues a mas deuda mas duraran cubriendo con el embargo la deuda. Revise este blog pues existen decenas de consultas sobre salarios y montos a embargar puede que se encuentre con la respuesta. saludos
MI salario es de 175.000 reportado en la ccss pero me depositan mas por otros conceptos…
Para efectos de embargo toman en cuenta lo reportado en la ccss o lo que me depositan en el banco????
buenas tardes, me gustaria saber en caso de que una persona por ejemplo tenga 3 embargos y venga un 4 y no tengamos como aplicarlo puesto q ya esta en el salario minimo, como hacemos nosotros como patronos para reportar al Poder Judicial que no podemos hacer el rebajo y que quedara en cola.
Cual es el traminte a realizar
buenos dias mi consulta es la
siguiente si el banco popular me rebaja un prestamo la de planilla afectara eso al embargo de salario mi salario es 295000 por mes y el banco me rebaja 80000 colones por mes le agradezco su ayuda don luis
Estimado don Luis, le agradezco de antemano si puede ayudarme con algún consejo sobre el siguiente asunto:
En noviembre del 2009 un hermano me donó su derecho a la parte que le correspondía de la casa de habitación. (Mis otros hermanos hicieron lo mismo en diferentes fechas porque solo yo arreglaba la casa y pagaba los impuestos, por lo que la propiedad está a mi nombre en todos los derechos, solamente una hermana tiene derecho de usufructo) El abogado que hizo la escritura de la donación, realizó una investigación registral en esa fecha y no encontró ningun gravamen ni anomalías por lo que se hizo la transacción. La semana pasada revisé la página Web del registro de bienes inmuebles y encontré una anotación que dice que ese derecho (el que era el de este hermano) está gravado desde febrero del 2010 hasta febrero del 2020. A mi nunca nadie me avisó, si no entro ese día a la página ni me entero de que hay un problema con mi propiedad. Mi hermano se fue a vivir a otro pais desde hace como 5 meses y no tengo comunicación con él y nunca me dijo sobre dicha deuda.
A raiz de ese descubrimiento se revisó el el expediente en el juzgado de CJ I SJ y dice que la denuncia fue puesta en marzo del 2009, que en octubre 2008 la deuda era por más de 700.000 colones y que en febrero del 2009 era casi un millon.
1. ¿Puede credomatic o un juez hacer eso sin que uno pueda defenderse?
2. ¿Es posible que un juez pueda vender mi casa, sin haberme notificado oficialmente y si la acusacion es contra una deuda de una tarjeta de credomatic de mi hermano?
3- ¿Si pago la deuda me quitarían el gravamen de mi casa?
4-¿ A la fecha actual la deuda se ha incrementado por intereses?
5- ¿Pueden vencer estos intereses aunque sea en parte?
6- ¿Que es mejor, interponer una tercería y esperar el dictamen del juez o pagar a credomatic? Mi hermano nunca va a pagar, sería yo la que lo haga y no me parece justo.
Muchas gracias por su ayuda.
Estimad@ sand, voy a resumir tratando de responder todo, veamos: si usted es dueno de la casa, en ese proceso le tienen que notificar el remate. Si paga la deuda, no rematan la casa y el Juez quita el gravamen. los intereses de mora (ante no pago) son mayores al 55% anual es por eso que aumenta la deuda asi. Los interes pueden prescribir al a/o. Y lo mejor que puede hacer es contratar un abogado para que revise con detenimiento el expediente, me parece que hay mucho que se puede hacer. Saludos
Estimado Jose del 3 dde diciembre, el salario tiene un monto maximo a embargar, el embargo ocurre por una orden del Juez, y si el Juez ordena, el patrono debe de acatarla, no importa si con ello, debe de dejar de rebajar lo del Bco Popular. Primero se rebajara la orden del Juez y luego la orden del Popular./
Mi consulta es la siguiente; mi esposa y yo somos fiadores de un prestamo, pero la deuda tiene como 6 años que se dejo de pagar por el deudor, de hecho hasta ahora nos dimos cuenta del atrazo, pero nunca nos ha llegado una notificación o algo, no tenemos bienes a nuestros nombres, pero mi esposa acaba de terminar la universidad y me preocupa que cuando empiece a trabajar le puedan embargar, es posible???
A mi esposo le embargaron el salario por una cuenta que no cancelo,mi pregunta es ?Pueden quitarle el carro ademas de el dinero que estan quitando por mes
buenas, quiero saber si a una persona lque no tiene vienes a su nombre por no pagar una cuenta le pueden embargar una pension alimenticia q recibe de su ex pareja para sus hijos es posible eso, estoy muy preocupada por favor espero una respuesta y muchisimas gracis lic.
Estimada Evelin, una pension alimentaria es inembargable, no se preocupe por eso./
Estimado juan jose del 6 de diciembre, una deuda de tarjetas puede estar vigente hasta 10 o mas años, dependiendo de como transcurra el proceso judicial. Entonces si ella llega a tener salario se lo pueden embargar.
Estimada Silvia del 8 diciembre, efectivamente todos los bienes son embargados en caso de deuda, el acreedor le puede pedir al juez que le embargue todos. Ya en el proceso se definira el monto de la deuda y cuantos de esos bienes se necesitan para pagar toda la deuda. Este atenta a lo que este resolviendo el Juez, un abogado le puede ayudar mucho.
Buenas quisiera saber como el juez define el monto a embargar, como el sabe lo que gana la persona, quien lel da estos datos para proceder con el embargo.
gracias
Estimada carla, el Acreedor (a quien se le debe) le indica al juez cuando le deben, el juez le indica al patrono que embargue el salario, por el monto de la deuda + 50% (para cubrir gastos y futuros intereses). El patrono embarga el salario, segun las reglas del Codigo de Trabajo.
Estimada alejandra del 2 de diciembre, el Juez confia en que el patrono lleve a cabo la orden que el le giro, entonces llevar la “fila” de embargos es responsabilidad del patrono, si le recomiendo a mis clientes patronos que contesten al juez de los embargos en fila, dejandoles saber de este hecho.
Saludos,
Una consulta; serví como fiadora para una tarjeta de crédito, la persona titular no realizó los pagos requeridos, y este mes en mi salario aparece un embargo, no me han notificado nada, y estaba leyendo en una de sus repuestas a otra persona que de no recibir notificacion se puede gestar con un abogado un trámite que se llama deserción, ¿en mi caso puedo hacerlo? o ¿qué podría hacer para evitar ese embargo? ya que no me siento responsable de cancelarlo. Gracias.
Buenos dias tengo una consuta espero y me pueda ayudar. hace como 3 años yo le hice el favor a mi ex suegra de fiarle y ella pago como 2 cuotas y despues de ahi no lo volvio hacer, en diciembre me llamo el abogado de donde ella saco el prestamo diciendome que me iban a pasar a cobro judicial si no cancelaba ¢510.000 los cuales para mi fue muy dificil de tener no pude cancelarlo y el dia de ayer me mandron un mensaje de la recuperadora de credito diciendo que ya se paso a cobro judicial, mi pregunta es la siguiente, ya no se puede llegar a algun arreglo de pago o ahora ya hay que esperar la resolucion del juez indicando el monto a cancelar? no rebajan todo el salario verdad porque yo tengo que pagar casa, comida etc.. gracias espero y me puedan ayudar con mis dudas
buenas tardes licenciado,,mi consulta es la siguiente,. me embargaron por una suma de 305mil colones. y hasta el momento ya me han rebajado 100mil colone ens, a mi hermano que fue fiador le estan embargando el automovil,puedo ir a los tribunales a hablar y hacer un deposito en las cuentas del banco de costa rica donde tienen esas cuentas judiciales y que ellos den por satisfecho el cobro o tendre que ir hablar en el banco ,donde ellos me dicen que la cuenta va por un millon,por todos los interess
Buenas. Tengo varias consultas:
1. Si mi salario lo depositan en una cuenta de ahorro en el Banco Popular entiendo que no pueden embargarme el salario. En este caso que hace el Patrono.
2. Que procede una vez que el juez ha girado la orden de embargo y el patrono por los motivos antes expuestos no puede ejecutarla? Debería yo buscar otro arreglo de pago con el acreedor? O qué debo hacer?
Muchas gracias por su espacio y felicidades a todo el equipo de trabajo por el excelente trabajo que realizan.
Buenas hace 18 meses estoy embargado consulte y ya lo termine de pagar como hago par levantar mi embargo y retirar lo que se me rebajo de mas.y cuanto tarda?
Buenas yo gano en total 200.000 colones pago pensión, me dijeron que al yo pagar pension no me pueden hacer embargo salarial, es esto cierto???
Buenos dias,
Don Luis mi consulta es la siguiente: Si tengo embargos por parte de diferentes instituciones, pueden ellos tomar el dinero que yo ponga en una cuenta a mi nombre en un certificado de ahorro a plazo? Me queda claro que solo una entidad a la vez me puede embargar, sin embargo, me preocupa no poder tener dinero a mi nombre. Le agradezco de antemano la ayuda.
Estimada Ivannia, del 13 de febrero, LA DESERCION es un derecho de la parte demandada,se reaquieren tres cosas: un bien embargado (el salario); que no este notificado el deudor y que transcurran tres meses. Entonces desde que a usted se le embarga el salario el actor debe “correr” a notificarle antes de esos tres meses. Eso si, usted debe de pedirlo al Juez mediante la ayuda de un Abogado.
Estimado Christian G, del 16 de febrero, puede pagar en cualquier momento, debe de pedir el detalle completo de la deuda, cuanto de capital, cuanto de intereses, etc. Recuerde que los intereses prescriben al annio, si tiene mas de un annio de no pagar, puede reclamar que estan prescritos. Asesorese con un abogado, para que le ayuda en la defensa.
Estimado Eliecer del 16 de febrero, puede hacer dos cosas: 1. presentarse al Juzgado a depositar, para que levanten el embargo, y que el dinero se aplique a la cuenta. 2. conversar con el Banco para pagar ahi y que el banco envie una nota al Juzgado dando por terminado el Juicio. En ambos casos, debe de pedir asesoria para que un abogado revise que lo que le estan cobrando es lo legal.
Estimada Seidy del 16 de febrero, le comento que el salario tiene una porcion embargable, no importa como o donde se pague, el patrono tiene que cumplir con la orden del Juez. 2. El patrono estaria incumpliendo una orden Judicial y podria ser acusado por ello. En cuanto a usted, su situacion es pasiva en esto, pues la orden para el patrono de retener si no lo cumple usted no se ve afectada por ello. Ahora bien, depende de qeu quiere hacer, yo le recomendaria sobre todo que busque asesoria legal para que revise el juicio y analice si tiene algun derecho que pueda alegar. Gracias por sus comentarios!
Estimado Eliecer del 16 de febrero, le comento que puede pedir al acreedor que envie un escrito al Juzgado pidiendo terminar el proceso y que se le levante el embargo, o bien ir usted al Juzgado y pedirlo directamente.
buenas, en este momento mi esposo y yo quisieramos comprar una casa, mi esposo es asalariado y yo soy pensionada del regimen i.v.m. de la ccss, lo que quisiera saber es si podemos ser sujetos a un credito hipotecario ya que yo tengo varias deudas de tarjetas de credito desde hace 7 años cuando yo trabajaba y nunca pude pagarlas debido a que los arreglos de pago en conjunto sumaban un monto muy alto. gracias por su ayuda
Buenas tardes don Luis, quisiera consultarle: De Citi me llamaron para indicarme que van a pasar mi deuda con el departamento legal, supongo que eso implica el embargo de salario, implicaria tambien el embargo de bienes. La casa de mis papas tiene una hipoteca, mi papa tiene el derecho 003 y mi hermano y yo tenemos derecho en un nudo de la propiedad(creo que asi se dice) La hipoteca se hizo despues de esa constitucion.
Mi pregunta es: puede embargar esa propiedad?(los bancos con los cuales tengo tarjetas que no puedo pagar) yo solo tengo un derecho sobre ella, no soy la due_a principal?
Agradeceria mucho su respuesta,GRACIAS A USTED Y A SU EQUIPO POR LAS MUESTRAS DE INTERES EN NUESTRAS SITUACIONES Y EN BRINDARNOS UNA LUZ.
Don Luis si mi salario es de 806,000 colones, el neto es de 716,589 colones, pero tengo un prestamo que se rebaja de planilla. Ya me informaron de Citi que van a proceder con el tramite legal, que supongo es el embargo de salario, con el rebajo del prestamo me llegan liquido 518,000 colones. Mi consulta es: cuanto es la cantidad que me pueden embargar y adicionalmente, Citi tendria que hacer fila detras del prestamo que ya se cobra? o el prestamo queda detras del embargo?
Estimada Maria, ante un embargo o cobro judicial, todos sus bienes pueden ser embargados, y se entiende por bienes: Salario, carros, casas, lotes, cuentas bancarias, y tambien derechos sobre propiedades, y la nuda propiedad es un DERECHO que se PUEDE EMBARGAR. Este o no con hipoteca no limita que pueda ser embargado. Entonces, al embargarse su derecho, ellos luego de un remate en la corte, seria los nuevos duenos de su derecho.
Estimada Maria, ante un embargo del salario, se va a respetar este orden:
Primero le rebajan las obligaciones legales (cargas sociales, impuesto al salario), luego las Judiciales( pension alimentaria de primero, luego las ordenes de embargo) y luego las voluntarias (prestamos, ahorros, etc).
Buenos días: Mi consulta es porque mi esposo trabaja con una entidad financiera y cuando él entro a laborar, firmó un documento donde se prohiben los embargos y si le llega a la empresa algún embargo queda despedido. Él le sirvio a un “amigo” 3 veces de fiador y nunca pago los prestamos ahora ya le notificarón el primer embargo, pero dejaron la notificación en nuestra casa, llegará al trabajo?. El tipo nosotros ya nos cansamos de buscarlo y no nos da la cara y como donde trabaja la empresa ni los tiene asegurados no lo pueden embargar y no tiene nada a nombre de él. La deuda es en total es por ¢8.500.000, estamos desesperados y no sabemos que hacer que nos recomienda, Gracias
necesito saber si pueden hacer embargos de vienes en una casa donde yo vivo que no esta a mi nombre ni tampoco es de familiares, sino que yo vivo ahí pagando un cuarto de alquiler pero en la realidad es que legalmente yo no vivo en esa casa, como hacen para embargar mis bienes muebles…
Estimado Alejandro del 18 de febrero, le comento que mas que por tener una pension alimentaria, su salario no se puede embargar por el monto que es. Los salarios tienen un minimo embargable, y su salario es menor que eso.
Estimado Andres del 19 de febrero, los certificados a plazo, forman parte del patrimonio, o grupo de bienes de su propiedad, es por ello que SI PUEDEN SER EMBARGADOS.
Estimada Graciela del 22 de febrero, los records sobre “mal pago” como se podrian llamar tienen plazos muy largos, entonces, cualquier cuenta no pagada de ese tipo, puede mantener manchado su credito por mas de 4 anios.
Estimada Maria del 22 de febrero, le comento que los derechos de propiedad (NUDA PROPIEDAD) SI SON EMBARGABLES,
Estimado Oscar, del 26 de febrero, los bienes muebles (telecvisores, dvds, etc) segun la ley, son del que los posee, entonces, en el caso de que alguien use algo de otra persona, es mejor estar preparado con alguna prueba de que no es suyo. Asi puede evitar que sea embargado.
Don Luis
Tengo varias tarjetas y por motivos personales no puedo hacerle frente a los altos costos, una gestionadora de credito me esta pesionado por una de las deudas, me dicen que ellos tiene la notificación del embargo y lo harn llegar a mi trabajo.
Mi pregunta es quien notifica al patron el acredor, o los tribunales.
Si el salario bruto es de 700000 colones cuanto seria el embargo
Buenas Tardes, el Banco Credito puede mandar a embragar un salario sin haber sido notificada la persona de la accion del banco????????? o peor aun si no hubo aviso previo ni por telefono ni por escrito y sin haber ninguna llamada por parte del abogado del banco, para algun tipo de concilliacion o arreglo.
Puede entonces el banco pasar a alguien a embrago de salario, sin haber llamada ni ningun tipo de conciliacin con el abogado de ellos.
Muchas Gracias
Estimada Marlen, efectivamente no es necesario, los contratos de prestamo, dicen claramente que con solo el atraso en uno de sus pagos, toda la deuda se torna exigible, esto quiere decir q le pueden cobrar toda la deuda sin necesidad de aviso previo o notificacion.
Estimado Rafael, el embargo es una orden judicial y como tal la emite el juzgado, puede que llegue por correo o bien el acreedor retire la orden y la lleve a donde el patrono. Su salario puede ser embargado en no mas de 58 mil colones.
Yo quiero saber que pasa en caso de no haber recibido nunca una notificación de embargo, y que de repente le digan a uno en su trabajo que tiene el salario embargado?
Procede algo así?
Estimada Ana, le comento que no es necesario notificar al deudor antes de embargar su salario. Los contratos de prestamos indican q el solo atraso de una cuota da derecho a interponer el juicio y embargar los bienes y el salario. Lamentablemente si procede.
Buenas tardes.
¿Cuantas veces se puede embargar el salario de una persona?
Estimada Adriana, el salario puede ser embargado tantas veces como el salario alcance. El salario tiene un monto maximo a embargar, cuyo monto lo define el Cod de Trabajo. Normalmente, el salario se embarga una vez, y los demas embargos tienen que esperar a que termine el primer embargo, en este blog puede encontrar muchos ejemplos de montos a embargar segun el monto del salario.
Don Luis
Tengo una amiga que se quedó sin trabajo y está morosa con una financiera, en el único bien inmueble que tiene (casa) es un derecho real 001, la hermana tiene el 002. Vi en sus respuestas que el derecho puede ser embargado, mi consulta es si la financiera puede vender la propiedad si existe el derecho 002 quien tendría que consentir en la venta. Además, al tratarse de una casa de habitación, ¿cómo la financiera toma posesión?
Estimado Eric, espero este bien, le comento que cada derecho es independiente, y no es necesario que se consienta la venta, ante el hipotetico caso de que el Banco se lo adjidique x la deuda. En estos casos, el Banco como dueno, procurara vender el bien y no tomar posesion. Finalmente hay que entender que por ley, nadie puede estar en “sociedad” es por ello que en un punto la casa se venderia y se repartiria entre los propietariios (50% cada uno).
hola tengo el salario embargado con una cuenta de un banco pero necesito salir del pais ,es impedimento para poder hacerlo?agradesco su ayuda gracias
Estimado Sr. Luis:
una persona adquirio deudas siendo dueño de su propio negocio periodo durante el cual pago sus deudas, pero despues de un tiempo pierde su negocio y pasados aproximadamente 2 años de no pagar sus deudas empieza a trabajar para un patrono.Es cierto que a esta persona no se le puede embargar el salario por esas deudas porque nunca puso a responder su salario cuando las obtuvo? Muchas gracias y Buenas tardes
Hola necesito saber como procede un embargo, yo fie a un hombre en coopeservidores, el man se atraza en los pago a mi me realizan rebajos administrativos de mi salario para solventar un poco la deuda de ese cara de barro, mi pregunta es si se da el embargo que es lo primero que toman, mi salario o el bien mueble (carro que el tiene), necesito saber como hago ya que ese sinverguenza se esta dando la gran vida y yo pagandole parte de la deuda, para moverme y si ellos los de coopeservidores pueden embargarle el carro antes que mi salario, ya que vale un poco mas de lo que el debe, auxilio porfavor expliquemen como es esto en costa rica porfavor, gracias y espero respuesta, si pueden a mi correo o facebook.
Estimado, estoy embargado hasta el cuello ….. una consulta mi papa me regalo un carro ahora lo quiero cambiar por otro…. que paso si lo vendo y compro otro??? lo embargan tambien???
Buenos días don Luis, mi nombre es marvin, resulta que yo quede desempleado en el año 2009 y durante el tiempo que estuve desempleado utilice una tarjeta de credito sin estar yo trabajando porque tenía que comprar alimento a mi familia, no pudo cancelar la tarjeta porque no tenia un salario. Hoy dos años despues me encuentro con que me pasaron a cobro judicial y me estan embargando el salario y mis bienes. La empresa donde trabajo fue notificada de mi embargo y el gerente me dice que si no hago un arreglo en 10 dias me despide de mi empleo. Don luis yo tengo varias deudas y con todos he podido llegar a arreglos de pago menos con este acreedor que se ha señido en cobrarme a cualquier costo,`yo me presente a la oficina de ese acreedor a solcitar un arreglo de pago pero me exigen la cancelación de toda la deuda. quisiera que usted me aconseje que debo hacer, puede el patrono despedirme, y que ganaria el acreedor si los otros acreedores con los que tengo comprometidos mis bienes se quedan con mi propiedad.
Muchas gracias por su ayuda.
PUEDEN EMBARGAR LAS CASAS DE BIEN SOCIAL????
Por favor, podrían informarme si es obligatorio que un acreedor le dé la oportunidad al deudor de pagar toda la deuda antes de embargarle el salario? o si el embargo procede solo si el deudor no paga la deuda inmediatamente?
Estimada Gloria, no es obligatorio que le “avisen” antes de que su salario sea embaergado. Esto tiene su sustento legal en el contrato o en la ley, cuando se firma un contrato de prestamo, se acepta que si se atrasa en uno o varios de los pagos, toda la deuda cae en mora y la pueden cobrar.
Estimada Rossa, del 3 de junio, le comento que las deudas como las que usted me comenta, se les llama personales, y el la garantia o lo que responde en caso de que no se paguen, es el PATRIMONIO, y que es el patrimonio? pues todo lo que tenemos, sea la casa, el carro, la cuenta bancaria, y tambien el Salario. Entonces, si le pueden embargar el salario.
Estimada Carmen del 3 de junio, le comento que cuanto una deuda que tiene fiadores, se atrasa y no se paga, el Juez ordena el embargo de todos los bienes de ambos, del fiador y del deudor y para el juez no hay diferencia entre uno y otro. Esto es asi por que cuando el fiador firma esta aceptando que si el deudor se atrasa, el paga la deuda (dicho en palabras sencillas), la unica opcion es que pida al acreedor que le entrege una nota haciendo constar que usted pago y con esa nota usted puede cobrarle luego al deudor. (para ello necesita un abogado).
Estimado Cristian R, del 4 de junio, le comento que todo lo que este a su nombre puede ser embargado, entonces si compra un carro, una vez que el Registro lo inscriba a su nombre, esta sujeto a embargo.
Estimado Marvin del 5 de Junio, es ABSOLUTAMENTE ILEGAL, que un patrono despida por deudas morosas, trate de documentar ese comentario de su Jefe, o bien tenga testigos, no hay duda que seria un despido ilegal. Ahora bien, en caso de que un bien suyo se vaya a rematar, el que tiene prioridad es el que tenga la hipoteca, las hipotecas tienen prioridad sobre todas las demas deudas; luego de estas, entonces el primero que embargue el bien tendra prioridad sobre todos los demas acreedores.
Hola,
Yo tuve una deuda en el banco nacional en la cual me atrace durante 3 meses en el 2008, apenas pude me puse al dia y hace como un a;o la cancele. Ahora fui a pedir un prestamo y me sacaron la deuda del banco diciendo que tenia un -2% en la sugef y tenia que esperar por lo menos dos a;os para salir de eso. Habra alguna forma adicional que hablando con el banco nacional envie una carta a la sugef me liberen mi record o tengo que esperar?
Estimada Carolina, del 2 de setiembre, Le comento que los ‘records” que lleva la Sugef, mas que de cuentas sin pagar, es un records, de la forma en que paga la gente, entonces, si paga al día siempre es un ‘buen pagador”, pero si por ejemplo, para que alguien pague, el acreedor debió acudir a la corte, y este pago, se le considera un “mal pagador”. Y esto tiene un solo remedio EL PASO DEL TIEMPO. técnicamente no se puede hacer nada.
Tengo una duda: Si la suma mensual a embargar es menor al pago minimo de la deuda; que se estaría amortizando?
-Solo intereses
-Deuda + intereses
-Solo deuda.
Si se llega al nivel de embargo:
La deuda se congela o sigue corriendo intereses?
Gracias
Estimado Guido, conforme las reglas de cobro judicial, existe un orden para aplicar los dineros que se “logren’ producto de un cobro judicial: lo primero que se va a pagar son las costas personales (que son los honorarios de abogado), luego las costas procesales (que son los gastos del juicio, sea timbres, copias, etc), luego intereses y por ultimo capital. Y efectivamente la deuda siempre va generando intereses, (día a día ) por lo que es posible que los o montos del embargo no cubran nunca la deuda total.
Buenos estoy haciendo unos embargos a los empleados de la empresa y quiero saber hasta cuando debo dejar de descontarlos pq no me queda muy claro me da un monto y me dicen que eso mas el 50% de ley pero sumando todo ya casi termina
Estimada Kathia del 8 de setiembre, le comento que la orden de embargo, es una instrucción emitida por un Juez, para que de la porción embargable del salario, tome una suma determinada de dinero. El monto a embargar por mes se determina según el salario del deudor, y cuantas veces se debe de rebajar el salario lo determina el monto que se ordena embargar. En su caso el monto a embsargar es el “monto indicado mas ese 50%”. ejemplo 100+50%=150 entonces, el patrono llevara un record mensual de los dineros embargados mes a mes, y cuando llegue a esos 150 debe de terminar de embargar o retener sumas del salario.
Estimado D. Luis; Le comento hasta el momento tengo de atraso 2 meses con dos diferentes compañias de tarjetas. Actualmente gano ¢450,000.00 pero tengo que hacerle frente a otras obligaciones y de aca me rebajan automaticamente la cuota de dos creditos. Mi consulta es la siguiente: En caso de embargo, cuanto seria la suma a embargar?… cuanto tiempo quedaria retenido mi salario? es posible que este tramite dure un mes? y yo me quede sin percibir salario?…. ojala pueda responder a mi consulta. muchas gracias…
Saludos don Luis, mi salario es de 696.914, pago pension x 130.000, y me estan rebajando un embargo por 41.174 x quincena, si se aplica otro monto por pensión x 100.000, que pasa con el monto del embargo, aún me lo siguen aplicando?
Además según lei en los comentarios anteriores a mi no me notificaron de la aplicación del embargo?
Gracias por la respuesta.
Estimado MarkoM, le comento es necesario estar claro que estoy asumiendo que esa pensión esta siendo rebajada de su salario por parte del Patrono, por una orden del Juez, entonces, su salario no puede ser embargado por mes por mas de 37.466 colones. si llegara otra pensión, por 100.000 colones, entonces su salario no puede ser embargado por mas de 25.000 colones por mes. Le recomiendo que un abogado revise esos procesos de cobro judicial, donde le estan reteniendo dinero y aun no ha sido notificado, existen medidas legales que puede tomar para recuperar ese dinero.
Estimada Vivianne, del 12 de setiembre, le comento que su salario conforme las reglas del embargo vigentes en el Codigo de Comercio, no puede ser embargado por mas de 26.200 COLONES AL MES. No importa lo que pase, el patrono nunca podría retenerle por mes mas de ese monto. El salario tiene una protección especial y este caso es un ejemplo de ellos. saludos
Hola don Luis. Mi consulta es: debo 6 meses de atraso de una tarjeta por estar desempleado, ya me enviaron un correo notificando cobro judicial y ahora que consegui un empleo, ya es inevitable el embargo de salario?
Estimado Manuel, le comento ese correo a que usted hace referencia no parece una notificación oficial de la corte, parece mas bien una medida administrativa de la empresa de tarjetas, le invito a visitar El sitio del poder judicial y conocer si esta o no planteado el proceso en su contra.
Buenas, mi pregunta es la siguiente, al salario de mi esposo le aplicaron un embargo que ya cancelo como hace un año, ahora resulta que le van a volver aplicar otro embargo de la misma cuenta que ya cancelo, e indican que es una extension del embargo por intereses no cobrados, puede ser esto posible despues de mas de un año de cancelada la deuda, le agradezco su respuesta…
Estimado Jose, todo proceso de embargo es tramitado ante un Juez, el actúa por petición de las partes; le recomiendo que contrate a un abogado para que revise el expediente y confirme que esta pasando con respecto a los saldos, intereses, etc.
Buenas don Luis, mi situacion es la siguiente: hace como seis meses me quede sin trabajo y tengo como tres meses de no pagarle al banco, me dijeron que la cuenta va a pasar a cobro judicial. Por otra parte, yo tengo a mi nombre una quinta parte de una casa por motivo de una herencia, yo no vivo en esa casa sino que las que viven ahi son unas hermanas mias, la pregunta es la siguiente: el banco puede embargar la propiedad aunque ella no me pertenezca en su totalidad?
Estimado don Luis. Primeramente le agradezco la ayuda que nos brinda en este blog. El caso mio es que yo gano aproximadamente 230.000 colones mensuales y me dijo la entidad crediticia que por motivos de mi atraso en los pagos van a proceder a cobro judicial, mi temor es que yo tengo un hijo de tres meses y yo no vivo con la mama del bebe pero si le doy una ayuda economica, le puedo decir a la mama de mi hijo que fijemos un monto de pension en via judicial para que se garantice su manutencion antes que el banco me embargue el salario y no pueda ayudarle a la mama de mi hijo con sus gastos?. Eso es todo, muchas gracias.
Estimado Fran, la propiedad de los bienes puede ser total o parcial, en su caso se conoce como “dueño de un derecho”, esto quiere decir que una parte de esa propiedad le pertenece, es parte de su patrimonio. Entonces, como dueño de esa porción usted puede disponer de ella, sea vendiendola, hipotecandola, donandola etc, y también puede sufrir un embargo. Entonces, efectivamente puede ser embargada esa porción o derecho que posee.
Estimado Roger, ese salario es embargable en no mas de 1.500 colones por mes. Ahora bien, le recuerdo que la posibilidad de que ella pida que la pensión alimentaria en contra de su salario, es un derecho de ella, si ella lo decide así, ella tendrá seguro el dinero de la manutención. Desde el punto de vista de ella, definitivamente es lo que debe de hacer.
Leyendo muchas de las respuestas dadas por usted, quisiera saber si por causa de un embargo pueden despedir a una persona? que sucederia con el embargo? A que se refiere usted con que el patrono debe cancelar todos los extremos laborales?
que debo hacer si quiero embargar el salario de alguien por deudas con migo (tengo una letra de cambio) hace ocho meses no me cancela nada, como se calcula el interés si la deuda e de 800000 colones y podré embargarle su salario si el liquido es muy poco (aunque tiene un nominal de 700000). No quiere llegar a arreglo de pago
Estimada Gabriela, debe de contratar un abogado para que plantee la demanda civil contra el deudor, los intereses se van a calcular según el tipo de interés que dice la letra de cambio, si no dice nada, entonces, se aplicaran los intereses de ley. (todo esto su abogado se lo puede explicar con mas detalle),
Estimada Jazmin, gracias por escribir, cuando despiden a alguien es por CULPA del empleado, SEA QUE COMETIO UN ERROR y por eso es despedido, o bIen, por que PATRONO decide despedirlo, “por que si”, en este caso cuando el patrono no tiene razón legal para despedirlo, entonces debe de pagar todo a lo que el tiene derecho.
Despedir por deudas no es legal en Costa Rica, y si esto ocurre el patrono debería de pagar todo al empleado.
Buenas tardes, un blog muy informativo el que tienen aca.
Mi consulta es la siguiente, en un embargo por una tarjeta de credito de citi pueden embargarme mi carro si este esta hipotecado con el BCR?
Estimada Nadia, gracias por su comentario, Los bienes de los deudores responden por deudas, no importa si esta hipotecado o dados en prenda, su acreedor puede embargarlo, y el Juez va a vender ese carro, y con el dinero que obtenga, va a pagarle al BCR, y los que sobre (si sobra) lo va abonar ak Citi. Asi es como funciona, explicado de forma sencilla.
Buenas, lo felicito por el blog, muy informativo y profesional. Quisiera consultar si ha cambiado el monto total a embargar de un salario x en los ultimos meses, y si este es igual el mismo con respecto al salario minimo que se rebaja.
Ademas, que sucede si tengo una deuda muy alta que por lo alto de las cuotas no voy a poder pagar, y al tener tambien otras deudas, tomo la decision de dejarla de pagar para que el resto no se vean afectadas(partiendo de que es mejor tener una sola deuda atrasada que el resto).
Dependiendo del monto de la deuda, el embargo de salario siempre tiene que cumplir con las reglas mencionadas? Y que tipo de bienes me pueden embargar si de los bienes que tengo no cuento con nada a mi nombre? Seria solo el cobro judicial lo mas que podrian hacer? Hasta que punto pueden llegar?
Estimado Juan, le comento que el porcentaje siempre va a ser el mismo, lo que varia semestralmente es el salario mínimo, que al subir, hace que varie el monto a embargar en los salarios.
Al dejar de pagar una deuda, el acreedor va acudir a la Corte a cobrarla, y el Juez, ordenara embargo sobre el salario y demás bienes, sea casas, carros, cuentas bancarias. Si el deudor no tiene bienes, el proceso en términos prácticos no avanza, pues no existe ni prisión por deudas.
Buenas noches. Este es un lugar excelente y felicitaciones por su disposición a aclarar las dudas de muchas personas que por falta de conocimiento no actúan a tiempo.Mi problema es el siguiente:Resulta que serví de fiador a un amigo con CONAPE, y por razones económicas muy fuerte no ha podido pagar el préstamo por lo cual la empresa prosiguió a hacer un juicio para embargar el salario del fiador, (en este caso yo). Me di cuenta hace muy poco y quiero saber que tanto pueden embargar de mi salario ya que tengo que sostener a mi familia y no gano mucho, la cuota del préstamo era de 30,000 colones y pregunte en CONAPE y me dijeron que el proceso se detiene solamente pagando el total de casi 2,000,000 de colones. Mi pregunta es… ¿me rebajaran el total de la cuota por mes? o ¿pueden con una orden de un juez rebajarme todo mi salario? ¿Pueden embargarme mi salario aun si no he recibido la notificación del juzgado? Ni en mi trabajo ni en mi casa me ha llegado esa notificación. Lo que no quiero es que manchen mi record crediticio… ni que me avergüencen ante otras personas (En esto estas personas son expertas) ¿Que dicen ustedes? si llego a hablar con ellos y les digo que quiero hacerme responsable de pagar el préstamo con la cuota cada mes… ¿será que ellos detendrían el proceso judicial? o simplemente querran avergonzarme. Yo no me di cuenta de parte de ellos en ningún momento que el préstamo no se estaba pagando… nunca me llamaron…. solo me di cuenta cuando mi “amigazo” me dijo que le habían enviado una notificación a él, me la mostró y decía que me iban a embargar el salario. ¿Esto puede hacerlo esta “empresa?? ¿Me podría asesorar para no pasar a mayores problemas? incluso estoy dispuesto a hacerme cargo del préstamo con tal de que no me manchen mi record ni que me avergüencen en mi trabajo o con otras personas. Además tengo dos hijos pequeños y alquilo casa y debo mantenerlos. Mi salario es de 500,000 bruto y percibo 100,000 por quincena a causa de otros créditos, ¿Cuánto pueden rebajarme de mi salario?¿Pueden embargar el total de mi cuenta donde me depositan mi salario? Gracias por su atención y ayuda.
Estimado Fran, gracias por escribirnos, le comento que las deudas son contratos, que tanto el fiador como el deudor aceptan cuando lo firman. Cuando se firma se aceptan una serie de condiciones, entre ellas una que usualmente dice ” en caso de atraso la deuda estará exigible el su totalidad…” esto quiere decir que una vez que el deudor deja de pagar el acreedor puede cobrar todo el monto del préstamo. En cuando a la opcion de un arreglo , depende exclusivamente de ellos, pues tambien es claro el contrato y la ley al respecto. Finalmente un salario como el suyo, no puede ser embargado por no mas de 32 mil colones.
buenos dias mi cinsulta , de antemando agradeciendo su respuesta yo fui fiador de mi cuñada , eso fue hace diez años , yo tengo un vehiculo hace doce años , ahora quie lo voy a vender tiene un gravamen , que debo hacer para poder liberar ese gravamen que es por un prestamo en el banco popular que mi cuñada no pago de hecho yo nunca recibi ninguna notificacion de embargos de bienes durante ese tiempo y hasta ahora que voy a vender el vehiculo me doy cuenta que ella no lo pago graciuas por su respuesta
es esencial que contacte un abogado para que analice la prescripción de esta deuda, y si es posible interponer una deserción, etc. Saludos.
Estimado don Luis:
Mi consulta es hace 11 años mi compañia quebró y 5 tarjetas de crédito me embargaron mi salario en el nuevo trabajo que conseguí. Desde el año 2000 (Con orden del juzgado). estan vigentes los dos embargos. Han pasado 11 años y dado el monto tan alto de la deuda hasta dentro de 1 mes habré pagado el primer embargo.
El siguiente embargo según la orden del Juzgado de marzo del año 2000 es de ¢3.000.000. La pregunta es debo pagarla y seguir embargado por otros 10 años. Adicionalmente el Banco me llama todos los dias para que pague y sobre la deuda me dicen que les debo ¢8.000.000 por los interes de estos 12 años. Agradezco su ayuda.
Estimado Sergio, definitivamente lo mejor que le puedo recomendar es que un abogado revise el expediente de ese segundo cobro judicial, pues existen acciones legales que puede tomar el deudor, como la prescripción, la deserción y que si alguna de ellas prospera puede rebajar la deuda o bien en algunos casos no deber nada.
Estimado Luis,
Yo actualemnte tengo dos embargos a mi salario , y me estan informado de un tercero como calcularian el monto a embangar , toman en cuenta los que ya me aplicaron ? Es posible tener tantos embargos a un mismo salario?
Estimado Kenneth, gracias por escribir, el monto a embargar de un salario depende del salario que usted tenga. Puede ver el ejemplo que use en el primer post aca, donde un salario de 400 mil colones no puede ser embargado en mas de 22.900.
Buenos dias, tengo un problema, le debo a monge, epa, gollo y el verdugo, todo esto lo hice en diciembre del ano pasado, pero e tenido muchos problemas y complicaciones y no he podido pagar solo el pago inicial, me podrian explicar bien como va a ser mi proceso? porque son varias companias y el guarda de mi trabajo me dijo que habia llegado una embargo salarial pero que ya lo habia entregado a recursos humanos, yo no he visto la carta pero la verdad tengo mucho miedo, mi salario base es $720.00 pero gano incentivos y commisiones osea que quizas al mes me podria hacer $1200.00 osea que mi salario siempre varia. me puedena ayudar porfavor?
Buenas tardes, no se a que se basan para recopilar información, Yo en lo personal realice un arreglo de pago co OPCen marzo pasado, ahora resulta que me embargan por una cantidad absurda, tengo comprobante de pago y la cuenta quedo cancelada, en este caso a donde me dirijo para hacer estos rreclamos.
Buenas tardes, Luis
Actualmente tengo un embargo de salario, y me están llamando de la entidad financiera para indicarme que luego de cancelar este embargo, procederan a embargarme nuevamente sobre los intereses que ha generado la deuda en el año y medio que lleva de pagarse. Es correcto ese procedimiento?
Estimada Seidy, por lo que me comenta usted tiene un proceso en Corte en su contra, en el cual ordenaron el embargo de su salario. Lo mejor que le puedo recomendar es copiar el expediente en el Juzgado y que un abogado lo revise, ahí podrá encontrar el saldo actual, como se ha aplicado el dinero que le han embargado, y talvez, algo que pueda “rebajar” la deuda que tiene, sea por prescripción de intereses, por ejemplo. Saludos
Estimado Martin Ch L, quien nos escribió el 7 de agosto, los embargos de salarios los tramita o los ordena un Juez, lo mejor que puede hacer es revisar el expediente, teniendo recibos de pago total, puede indicarle al juez y si tiene razón entonces darán por terminado el proceso.
Buenas don Luis mi consulta es la siguiente : que pasa con deudas que no se han podido pagar hace mas de 3 años eso vence? oh el proceso continua apenas el que tiene la cuenta empieza a cotizar?GRACIAS
Hola, si me puedes ayudar, tengo como 3 deudas desde hace mas de 5 años que no las pago por problemas fincieros, una es de un banco y las otras 2 de unas financieras, mi pregunta es estas deudas aun pueden sr un posible embargo, nunca me han notificado nada y si me embargaran mi salario neto es de 340.000 cuanto me tocaria de rebajo?
Muchas gracias!
Estimado Jeff, le comento que un salario como el que indica puede ser embargado hasta por 16 mil colones al mes, nunca mas que eso. Es importa te que si le notifican de la corte algún proceso judicial por esas deudas o bien le embargan el salario, contacte un abogado para que estudie si estan prescritas las deudas, pues si transcurren mas de 4 años si que el acreedor actúe, estas deudas “mueren”. Pero eso es necesario que un abogado lo estudie.
Buenas don Luis:tengo unas deudas hace mas de 6 años las cuales no he pagado con tarjetas y unas financieras .como hago para saber si ya prescribieron y otra cosita la mancha en el credito queda de por vida ?gracias
Estimada Hazel, le comento que para poder saber si estan prescritas las deudas, es necesario efectuado un estudio en la Corte y revisar Los expedientes de cobro judicial. Ahi se podria saber si estan prescritas las deudas o no. Ahora bien, el plazo de prescripción de este tipo de deudas es de 4 años, pero cada vez que el acreedor ( a quien usted le debe) trata de cobrar ese plazo inicia de nuevo. Le aclaro que esas acciones del acreedor deben ser según la ley, asi que por ejemplo, llamadas telefónicas no interrumpen la prescripción, por ejemplo.
como se calcula la retencion legalmente embargable por cobro judicial cuando ya tengo embargado el salario por pension alimentaria, tengo la siguiente duda, entiendo que al salario liquido se le resta el salario minimo legal al resultado de este se le resta la pension alimentaria, entonces nos da como resultado el salario legalmente embargable por cobro judicial en mi caso dividido entre ocho. Lo que sucede es que la empresa para la cual trabajo hace el siguiente calculo, al salario liquido le restan el salario minimo legal hasta hay estamos bien, pero al resultado de la operacion anterior le aplican la retencion del embargo por cobro judicial y despues le rebajan la pension alimenticia, lo que implica que me estan reteniendo mucho mas por concepto de embargo judicial en donde la pension alimentica es prioritaria, le agradezco su aclaracion al respecto y la fuente que debo consultar. Muy agradecido.
Estimado Jorge, si observa el primer post de este blog, puede ver el orden que según la ley debe de respetarse al momento de embargar un salario. Y si, antes de un embargo de un salario por una deuda, estan las pensiones alimentarias. Esto esta regulado en el Código de trabajo art. 172.
Estimado una consulta, estoy ayudando a mi suegro el cual esta pasando una sitiación incomoda con tarjetas, Los numeros son estos: El recibe en promedio por mes un salario bruto de 874500 colones, le rebajan cargas sociales y prestamos de deducción de planilla, asociación, todo por un monto aproximado de 774 mil x mes, con lo cual le queda de salario Neto 100 mil colones x mes. Actualmente tiene una deuda entre 2 tarjetas que suman unos 5.3 millones y le piden de Pago minimo unos 300 mil x mes, tiene 4 meses de atraso a la fecha.
Me parece que no le pueden embargar el salario??
Y evidentemente no puede hacer frente a la deuda??
Recomendaciónes.
Gracias por su ayuda, muy noble su aporte
Buenas noches, excelente blog profesional, muy buen trabajo y profesionalmente muy acertado. Don Luis un gusto escribir en este blog. Tengo una duda al tener ya un embargo se puede tener otro ???? este embargo es de 39.000 en un salario de 546.000. Existiría esa posibilidad de tener un 2 embargo ??
Gracias.
Tengo una deuda que he venido pagando mes a mes, hasta julio anterior… no pude hacer el pago de agosto y el banco me envía mensajes diciendo que darán trámite al embargo salarial y de bienes. Yo la verdad no soy dueña de nada, no existen casa, carro ni terreno a mi nombre, mi cuenta bancaria es donde me depositan el sueldo el trabajo que es de 150 000 colones al mes… Tengo entendido que para que esto suceda debería yo tener al menos un sueldo de ¢180.417 o me equivoco? Uno de os últimos mensajes que recibí dice lo sigueinte “Usted me indica que no tiene nada pero recuerde el embargo salarial; para que no le llegue a su trabajo y no se vea perjudicada por eso necesitamos pagos a tiempos para que eso no se suceda.” Me podría aclarar si este banco realmente puede proceder ymandarme un embargo al lugar de mi trabajo?
Estimada Rosibel, Efectivamente un salario menor a 200 mil es inembargable. ahora bien, entre las opciones o derechos que tiene el acreedor, es plantear un proceso en la Corte, a efecto de embargar los bienes que tenga hoy (que no hay) o los futuros, que llegue a tener. también puede pedir embargo del salario, esto pues no tienen idea real de su salario. Entonces, el Juez envía una nota a su patrono para que embargue el salario y este debe de revisar o aplicar el Codigo de Trabajo para constatar que no es embargable.
Muchas gracias don Luis por la información!
Muy buenas tardes Lic. mi pregunta es la siguiente…….. mi salario es de 500.000 colones mensuales y tengo una pension alimenticia de 90.000 colones estoy esperando un embargo quisiera saber cuanto seria el monto a embargar despues de las cargas sociales y del salario minimo que es inembargable que seria de 180.417 quisieraa saber cualseri mi monto para embargar. Muchas Gracias.
Don Luis hace un tiempo postee esta consulta, sin embargo no he tenido respuesta, comprendo de sus multiples ocupaciones y este espacio usted lo hace de muy buena; me gustaria que usted me colabore con esta duda… Buenas noches, excelente blog profesional, muy buen trabajo y profesionalmente muy acertado. Don Luis un gusto escribir en este blog. Tengo una duda al tener ya un embargo se puede tener otro ???? este embargo es de 39.000 en un salario de 546.000. Existiría esa posibilidad de tener un 2 embargo ??
Gracias.
Estimado Esteban quien nos escribió el 3 de setiembre, que su salario actual – de 546.000 colones – tiene un máximo embargable, y es efectivamente ese mondo de 39 mil colones. No será hasta que se cancele ese primer embargo, cuando puede embargarse por otro embargo. El Codigo de Trabajo ordena que el salario tiene un monto máximo embargable, según el monto del salario, asi que no importa cuanto sea la deuda que tenga, el numero de deudas, etc, será el salario en que determinara el monto máximo a embargar. Gracias por sus comentarios.
Estimado Carlos quien nos escribió el 5 de setiembre, le comento que un salario de 500.000 sobre el que pesa una pensión alimentaria de 90.000, puede ser embargado en no mas de 22.000 colones al mes.
estimado Luis agradeciendo de antemano su respuesta y felicitandolo por el trabajo que lleva a cabo iluminandonos con su ayuda, paso a hacerle mi consulta, cuanto puede ser embargado en un salario de 320 mil colones al mes, tambien me gustaria saber si ese embargo se haria una sola vez al mes en tractos ya que el salario es pagado semanalmente y por ultimo, de tener fiadores como se verian ellos afectados?, Muchas gracias, ojala me podas ayudar
Estimado Luis C, gracias por sus comentarios, un salario de 320 mil colones, puede ser embargado hasta por 12.500 por mes, nunca mas de eso. El patrono podria rebajar semanalmente un parte de esos 12.500 colones de forma que al final del mes pueda enviar a la Corte la suma del embargo. En el caso de los fiadores, estos tambien podrian ser embargados en sus salarios y bienes, pues al igual que usted son deudores.
Don Luis mi consulta es la siguiente: tengo una deuda con una tarjeta de credito por 560 000 colones, hasta la fecha la tenia al dia, pero ultimamente los pagos minimos han subido hasta 50 000 mensuales los cuales ya no puedo pagar, ya que tengo familia asi como un prestamo de mi casa; pensaba dejar que me embargaran, segun lo que entiendo mi salario liquido es de 320 000 y haciendo calculos la octava parte seria como 17 000, me gustaria que me diera su opinion acerca de esta situacion y si es conveniente dejar que me embarguen el salario, lo que me preocupa seria que la entidad financiera me quitara mas dinero del que es debido o me congelara la quincena entera, Gracias espero su respuesta seria de mucha ayuda….
A mi automovil le salio un embargo practicado, que es eso?, me pueden quitar el automovil? aunque ya me hayan embargado el salario?
Estimada Sofia del 20 de diciembre, le comento que un embargo practicado es una orden emitida por un Juez debido a un cobro judicial, la orden consiste en anotar en el vehículo la existencia de esa deuda, ademas es perfectamente posible que se embarguen dos o mas bienes, sea el carro y el salario, y parte de las cosas que piden los acreedores es la orden de captura contra el vehículo.
Estimado Breidin, el maximo a embargar de su salario es de 13 mil colones al mes, legalmente es imposible que se embargue que eso, a menos que el patrono desconozca esta regulacion que esta contenida en el Codigo de Trabajo. Las deudas de tarjetas tienen la tasa de interés mas alta de todos los creditos, lo que hace que al utilizarse como un medio de financiamiento, el dinero sea muy muy caro.
La opcion de no cancelar tiene ciertos inconvenientes y es mejor analizarlo con detalle, aun mejor con asesoria.
Estimado Luis muchas gracias por los aportes que nos proporciona, por tomar parte de su tiempo para ayudarnos que Dios lo llene de bendiciones por tan gran gesto. Don Luis mi consulta es la siguiente, yo pago una pensión alimenticia de 60000 y tengo un salario de 480000, estoy teniendo problemas para pagar mis tarjetas de crédito, cuanto sería la cantidad a embargarme si la pensión no es por embargo de salario y que tendría que hacer para cuando me interponga el cobro judicial el juez tome en cuenta esa parte. Muchas gracias por todo.
Estimado Eugenio, gracias por sus comentarios, le comento que un salario de 480 mil colones, es embargable hasta en 30.500 colones por mes. Ahora bien, la pension alimentaria tiene prioridad sobre los embargos solo en los casos en que esta ordenada por un Juez y esta se rebaja automáticamente del salario, De no existir esta orden a su patrono, en no podría considerarla a la hora de hacer el rebajo por el embargo del salario.
Buenas don Luis mi pregunta es la siguiente hace tiempo atras fui embargado durante 2 años, la deuda la paque en efectivo antes de pagar la totalidad con el embargo.
Donde va a dar este que me rebajaron y como puedo hacer para que me lo devuelvan?.
Gracias.
Estimado Herrol, el dinero que un Juez Ordena embargar, sea de un salario o bien de una cuenta, son depositados en la cuenta de la Corte en el BCR. Debería de visitar el Juzgado y Revisar el expediente, y confirmar que esta el dinero, y gestionar ahí la devolución. Muy posiblemente sea necesario acreditar que usted pago todo ante el acreedor.
Buenas , Don Luis mi consulta es la siguiente: hace ya algun tiempo le servi de fiador a una amistad en almacenes Casa Blanca ,actualmente mi salario reportado a la C.C.S.S es de 240.000 clns , de hecho salgo de giras pero lo que me dan de viaticos lo gasto en las mismas y pago una pension de 50.000 clns a una menor de edad, es posible que me hagan algun tipo de embargo? muchas gracias.
Estimado Rolando Q, un Salario de 240 mil colones no puede ser embargado por mas de 7 mil colones al mes, ese seria el monto maximo a embargar.
Ahora bien, si esa pensión que usted indica es vía Judicial, sea que a su patrono le llega o le llego una orden de retención por pensión, no había lugar a embargo.
Hola, mis consulta es: Si tengo que aplicar un embargo a un colaborador que tiene un salario variables, es decir, todos los meses recibe un salario bruto diferente, tengo que calcular todos los meses el valor a embargar o este embargo se hace solo por el salario base?. Gracias
Estimada Xiomara, le comento que cada mes debe de efectuar el calculo, según los ingresos del trabajador, así entonces, a mas ingresos en un mes, mayor el embargo a aplicar.
Estimado Licanciado. Un patrono puede despedir a empleado porque le llegue un embargo de salario. Otra consulta una entidad financiera puede negar un arreglo de pago a un deudor, aunque este esta en la dispocición de honrrar su deuda, pero no pueda cubrir las cuotas
Estimado Licenciado, primero agradecer la pronta y tan veraz respuesta que da a cada una de las personas que consultamos. Mi consulta es la siguiente: Soy profesora y laboro para el MEP, entró un embargo,ya que no pude seguir pagando el mínimo de una tarjeta de Citi y además mi ex-esposo dejó de pagar una deuda donde yo fui fiadora hace más de año y medio. ¿Dónde puedo averiguar por cuanto tiempo estará ese embargo y de quien fue el mismo?. Bendiciones
Muy buenas don Luis, excelentes consejos.
Gano 320 000 al mes, cuanto es lo mas que me pueden rebajar por embargo, y con este salario puede haber otro embargo?
muchas gracias por su ayuda y siga adelante.
Buenas tardes Don Luis, mi consulta es la siguiente, en un salario de 230000 por mes cuánto puede ser embargado? Y al salario escolar se le puede rebajar un embargo?
buenas quisiera saber me están mandando notificaciones de cobros judiciales por una cuenta del año 2001 la cual me atrase unos pagos y no pude ponerme al dia a los 3 años mas o menos me llamaron de el banco que tenia la deuda yo ofreci un arreglo de pago y me dijeron que no que tenia que cancelar todo yo no podía y ahí quedo todo. <ahora después de 12 años me mandan a cobrar eso y me amenanzan con embargarme el salario pueden????? o es solo intimidación después de tanto tiempo?????????
Muy buenas don Luis, lo felicito por su gran ayuda en estos temas.
Mi sueldo es de 320 000 y ya me informaron que me tiene que aplicar en embargo para este mes. tengo dos consultas. En este momento cuanto es el monto inembargable y cuanto me deben rebajar.
muchas gracias
Estimado Rodrigo, gracias por sus comentarios, le comento que su salario es embargable HASTA por 8.977 colones al mes, no mas que eso. El salario inembargable es el igual o menos a 218.834 colones al mes.-
Estimado Alfredo quien nos escribió el 25 de junio, le comento que la PRESCRIPCION se da cuando el transcurso del tiempo y el desinteres del acreedor de cobrar el capital, el Juez la declara a petición de la parte demandada. Le comento esto pues puede ser (repipo pude ser) posible que su caso este prescrito. Es importante que un abogado revise el expediente judicial y de estar prescrito conforme las reglas procesales, este le prepare el escrito de petición de declaratoria de prescripción. La prescripción una vez declarada hace que la deuda desaparezca,de forma que nunca mas podrían cobrarle. Pero insisto es necesario que un abogado revise el expediente.
Estimada Mayela quien nos escribe el 25 de junio, le comento que en este moneto el salario suyo, 230.000, es inembargable, y con respecto al salario escolar le invito a leer sobre este tema lo que escribí:
http://www.dyncr.com/blog/salario-escolar-sector-privado-costa-rica
Estimada Melissa, que nos escribe el 21 de Junio pasado, le comento que la orden de embargo que recibió su patrono, contiene la información que comenta, sea el Juzgado, monto por el que se decreto el embargo, etc. El tema del tiempo, es imposible de saber, pues depende de cuanto es el total del embargo, el salario suyo, cuento le embargan por mes, tipo de interés que le cobran, en fin, es un ejercicio bastante complicado para saber de entrada. Espero le sirva esta información y gracias.-
Estimado Wilky, le comento que como regla no es posible despedir a un trabajador por el simple hecho de que llegue un embargo de Salario, de hecho no existe como tal una causal así en el Codigo de Trabajo. Ahora bien, es posible que por perdida de confianza, por ejemplo un trabajador que por su puesto tenga acceso a dinero o bienes de la empresa, y que el embargo haga que el patrono pueda a confianza en el trabajador, es posible, aunque, aclaro, es una casual que tendría que demostrar el patrono.
Finalmente, le aclaro que la opción de aceptar un arreglo por parte de un acreedor es opcional, depende de la voluntad del acreedor, el decide si la acepta o no. Saludos
Hola mi caso es que mi esposo adquirió una deuda de la cual yo soy su fiadora, como no pudo hacer frente al pago me embargaron el salario, yo tengo trabajo fijo. Nosotros teníamos una casa en venta y la misma se vendió a un intermediario que también la tiene en venta, pero la empresa dice que esta es una venta simulada y que nos pueden acusar de estafa. Al momento de la venta no había ningún embargo, ni al salario ni a la casa. En estos momentos me dicen que están tratando de embargar mi carro a mi nombre y un lote a mi nombre y me están pidiendo que vaya a firmar la notificación para que el juzgado de le la plata que me han rebajado. Que puedo hacer para defender mi patrimonio, ya que si bien la deuda es de mi esposo todo está a mi nombre. Es correcto ir a firmar esta notificación?
Existe algún recurso legal para frenar un embargo de salario. tenemos una deuda por tarjeta que lleva 2 años sin poder ser pagada ni se nos ha notificado. El salario de mi esposo es el unico ingreso y cubre los gastos familiares, si nos rebajan un embargo sería terrible para nuestra económia. ahora facturamos a una razón social pero si lo contratan sera facturado a su nombre y hay podrían embargar y eso nos asusta.
Buen Día! Es posible que le impongan impedimento de salida del país debido a un embargo salarial??
Una pregunta, se un solo proceso, puede captar el monto máximo embargable? y que se hace con el monto restante del monto embargable?
Por ejemplo mi salario de 500000 el monto aprox a embargable es de 248000 y de eso lo que me puede embargar es 31000 Que pasa con el resto del monto? se devuelve o se deposita en alguna cuenta?
Hola Licenciado
Muchas Gracias por toda la informacion que brinda en este blog..
Mi consulta es la siguiente actualmente tengo 4 embargos y trabajo para el sector publico, es posible que si cae otro embargo me despidan? Yo no trabajo con nada de dinero ni cuentas pero es que vivo con miedo de que un día me despidan, porque el reglamento de servicios de la institucion dice que debo tener dentro y fuera del lugar de trabajo, una conducta honesta y
temperante y tambien dice que dedo guardar la imagen propia como personas funcionarias públicas y la imagen de la institución, en toda acción que realicemos dentro y fuera de ella. Entonces no se, si por estar embargada no cumplo con esos enunciados y sea una falta grave..
De antemano gracias….
Estimada Carmen, le comento que para un patrono es difícil sustentar un despido en la base de deudas no pagadas de trabajador, si bien en la practica algunas veces sucede, a nivel judicial, la decisión del Juez creo que no seria apoyando el despido.
De hecho, siempre he sostenido que existen suficientes razones para no equiparar un atraso en los pagos con una actitud irresponsable de parte del deudor, existen practicas de los acreedores que ponen en riesgo económico a los deudores, y que incluso hacen que una obligación que hoy se pueda pagar, con el paso del tiempo sea imposible (aumento en la tasa de interés, cobro de cargos, etc).
Un despido sin responsabilidad patronal, apoyado en la existencia de deudas no pagadas, es una labor dificil de sostener para el patrono,sobre todo en su caso particular.
Estimada Carmen, quien escribe el 20 de agosto pasado, le comento que el Juez le envía una orden al patrono de embargar el salario, en lo legalmente embargable, entonces, el patrono en el caso que usted indica, solo retiene el monto embargable y el resto lo entrega al trabajador, ese resto no embargable, se entiende como el dinero necesario para subsistir y por eso no se puede embargar.
Estimada Marcela, quien nos escribe el 16 de agosto, le comento que no es posible establecer impedimento de salida por una deuda civil (tarjetas de crédito, prestamos).
Estimada Maria D, quien nos escribió el 12 de agosto pasado, le comento que el Salario tiene una protección legal, y nunca puede ser tomado en su totalidad, puede revisar varios de mis comentarios acá sobre montos de salarios y la suma real maxima a embargar.
Buenas tardes, quisiera saber dos cosas muy importantes de los embargos.
1. Después de cancelar la totalidad de un embargo, como tramito el levantamiento del mismo?.
2. Un empresa me embargo el salario por una tarjeta de Crédito, antes de que me embargaran les pedí de mil maneras diferentes que no lo hicieran, que yo quería un arreglo de pago con ellos, y me amenazaron y me dijeron que o cancelaba la totalidad de la deuda, o me embargaban y punto. Ahora estoy a tres pagos de cancelar el embargo y me llaman de esa misma empresa a cada rato para ofrecerme arreglos según ellos, y que yo después retiro el dinero de la corte. Yo les dije que no me interesaba porque ya me habían manchado, que prefería cancelar el dinero por medio del embargo. Y ahora me dicen que cuando yo lo pague van a pedir una ampliación de embargo, por los intereses generados en estos meses, eso es posible???
mi consulta es la siguiente:
una persona que gana 277000 colones por mes y tiene un cobro de pensión alimenticia por 50000, le llego un embargo porq no pago en un local comercial, se le puede aplicar el embargo, y cuanto seria el monto si se aplicaría?
Buenas noestoy asegurada en la caja no cotizo…solo doy servicios profeaionales q no son fijos de aprox 285 000 al mes q me depositan en una cuenta ..Que me pueden embargar ?
Buenas tardes don Luis, le agradezco la ayuda que nos da a todos con su asesoramiento, mi consulta es esta, yo debo dinero a 5 entidades financieras, estoy en proceso de cobro judicial, no pude afrontarlas xq pase de gar 800000 a ganar 350000, segun tengo entendido solo una de esas entidades (la que llegue primero) puede embargarme una cierta cantidad de dinero, si por casualidad consiguiera otro trabajo (tener 2) me pueden hacer 2 embargos (uno por cada trabajo), si fuese asi, pueden estos ser de parte de diferentes entidades o debe de ser la misma. Espero su respuesta.
Muchas gracias
Hace unos siete años, tengo una deuda con hipermàs por 170, 000. soy paciente con estrés pos traumatico, he estado hospitalizado por mi enfermedad en el Calderón guardia y Chacòn Paut. Desde hace mas de cuatro años me contactan para ejercer presión y que pague. Hoy estoy trabajando y ya me enviaron una notificación donde enuncian que me embargaran. Que hago
ASESOREME POR FAVOR
84912311
Estimado Guillermo, quien nos escribe el 11 de octubre, en el momento que le notifiquen formalmente el Juzgado de cobro, es necesario que contacte un abogado para que le defienda en el proceso, segun puedo entender de lo que escribe, pueden haber intereses prescritos e incluso el capital.
Estimado Jonathan, en su caso cada salario puede se embargado, se entienden cada uno como un salario aparte, y si, puede ser embargado por el mismo acreedor o por otro diferente. El salario lo embargara el primero notifique a su patrono sobre la orden de embargo.
Estimada Lia, la cuenta bancaria donde usted deposita sus ingresos (que no son salarios) puede ser embargada completamente. Un Salario tiene una protección especial del Codigo de Trabajo, pero una cuenta bancaria no.
Estimado Freddy, un salario de 277 mil colones que tiene una pensión alimentaria de 50 mil colones al mes, es inembargable. no puede ser embargado por que no supera el minimo.
Estimada Carolina, la orden de embargo la emite el Juez que ordeno el embargo, lo mejor que puede hacer es visitar el Juzgado y gestionarlo personalmente.
Antes de negociar con el acreedor, es sumamente importante que el proceso de cobro donde le han embargado el salario, sea revisado por un Abogado, para justamente definir si existen intereses pendientes, etc.
Saludo, tuve una tarjeta de credito y me quede sin trabajo, como estaba al dia no me quisieron hacer arreglo de pago entonces deje de pagar. 6 años despues me cae de repente y sin previo aviso un embargo de salario, nunca me notificaron y deseo llevar el caso como prescripcion. He consultado y me he topado con dos versiones 1) el embargo en si NO interrumpe prescripcion solo si me hubieran notificado o si yo mismo hubiera reactivado haciendo algun pago. 2,) La otra opinion que me tope fue que el embargo SI interrumpe la prescripcion indistintamente haya sido notificado o no. Repito habian pasado 6 años entre mi ultimo pago y el embargo y nunca fui notificado.
La prescripcion en este tipo de procesos es de 4 años y efectivamente no veo la prescripción como un elemento interruptor de la prescripcion. Adicionalmente y como medida alternativa, en su caso de no haber sentencia dictada cabe previamente la deserción.
Estoy pagando un embargo de ¢35mil a la quincena, segun mis calculos ya se debio haber cancelado el monto adeudado, como puedo averiguar eso, es con el banco popular pero dicen que ellos no tienen nada que ver que es con la corte y ellos me re integrarian que de cierto es eso y donde puedo ir a gestionar el levantamiento.
Gracias
Estimado Gabriel, gracias por escribir, le recomiendo varias cosas: 1. pedir a su patrono un detalle completo de todas las retenciones que a su salario a efectuado, con estoy tendrá el monto total retenido. 2. que un abogado revise el expediente y puedan saber a nivel judicial cuanto es el capital, gastos y los intereses que debe. 3. Revisar si se han girado dineros al Actor (banco popular) y como se ha ido rebajando la deuda. esos serian los pasos básicos.
Buenas tardes don Luis.
Consulta hace unos dia llego un embargo judicial a la empresa que yo laboro y quería saber cuanto es el monto que me tienen q embargar si de vengo un salario bruto de 395,000.00 colones .
Saludos.
Estimado Luis le comento que un embargo sobre un salario de 395 mil colones no puede superar los 23.100 colones por mes. no importa si existen uno o varios embargos, los montos por embargo se definen según el salario, y en su caso ese seria el monto máximo mensual que su salario podría ser afectado.
buenas tardes saludos
mi consulta es la siguiente: le servi de fiador a una persona la cual no quiere acerse cargo de la cuenta ya 6 meses eso, cuanto tiempo y como funcionaria si me embargan mi salario??’
Saber cuando tiempo el acreedor va a esperar para ir a la Corte a gestionar el cobro es muy difícil, pero es normal que este trate por todos los medios de evitar ir a la Corte.
Una vez en la Corte, puede esperar que el Juez decrete la orden de embargo de los bienes entre 1 a 2 meses, depende del trabajo de estos Despachos.
El Juez va a tratar a el deudor y al fiador de igual forma, sea se van a embargar sus bienes a la misma vez, por el mismo monto, etc.
El salario se embarga según el monto del mismo, ósea a mas salario mas monto embargable, puede buscar en este mismo post, muchos ejemplos de montos de embargo.
Gracias x la oportunidad,hace año y medio me quede sin trabajo y empece a trabajar en lo propio apenas e ido saliendo con lo necesario mas no asi con pago de dos tarjetas y un préstamo,mi pregunta es tengo mi casa a nombre mio pero con una hipoteca la cual e ido pagando,hace mas o menos 8 meses le pusimos una afectación familiar,si las deudas mencionadas fueron antes lijicamente el embargo ya me cayo en que condición esta mi casa en cuanto a que me la puedan quitar xq esta la deuda de la hipoteca primero y también la afectación que se iso,ahora los artículos que están en mi casa me los pueden quitar,ya consegui un trabajo hace una semana y quiero honrar mis deudas aunque dure toda la vida si me cae que se que si el embargo a mi salario ya se detiene el embargo que hay sobre la propiedad y demás bienes xq estaría pagando en el momento que me rebajen parte del salario o me rebajan del salario y el embargo de las propiedades o vehículos sigue.
gracias x el espacio,si me embargan el salario y ya tengo un embargo sobre propiedades se detendría a la hora que empiecen a rebajar del salario o tendria aun riesgo de perder las propiedades aunque me estén rebajando del salario tambien
Estimado Christian, le comento que normalmente es posible que ambos bienes sean embargados a la misma vez, sea el salario y las propiedades. De hecho es importante que este atento al proceso (señalando lugar para notificaciones) y así sepa que esta pasando en cuanto al proceso de remate de las propiedades. e incluso considerar en algún momento pedir una exclusion del bien embargado, en caso que el embargo del salario sea cercano o suficiente para pagar el capital y los intereses.
Estimado Christian, en cuentos a la propiedad que tiene la hipoteca, le comento que aun con una hipoteca, es posible que otro acreedor pida el remate de la casa.
Buenas! Tengo una deuda pendiente con Credomatic y el HSBC hace ya casi los 5 años en los cuales nunca me notificaron y a la fecha no lo han hecho, no pude pagar por problemas personales. Acabo de empezar en una nueva empresa y apenas estoy en una capacitación. Escuche que el banco se negaría a abrirme una cuenta de planillas ya que el dueño de Credomatic “Bac San Jose” no lo permite. Mi consulta es saber a partir de que monto el salario podría ser embargado? Mi salario es de 250 mil colones y se pagan comisiones en caso de alcanzar resultados de 160 mil adicionales. E banco podría negar el servicio a pesar que la planilla de la empresa se cancela en el mismo banco? Podría la empresa despedirme ante una situación así? Gracias
Hola, hace mas de 7 años que tengo una deuda y nunca ha pasado a hacer cobro judicial, en estos días me han estado llamando para que pague todo y evitar el embargo, la consulta es despues de tanto tiempo lo pueden hacer? porque no quieren hacer trato de pago.
saludos!
Estimado Jeff, quien nos consulta el 14 de noviembre le comento que es muy común que las empresas de tarjetas no “pasen” a cobro judicial sus créditos en mora, las razones? varias, que en otro momento comentare. en cuanto a que hacer? Yo creo que es mejor esperar a que el cobro judicial se presente y estar atento a que una vez que sea notificado, con el apoyo de un abogado, haga la defensa legal correspondiente, ante el Juez podría alegar – entre otras cosas, prescripción del capital (este tipo de deudas prescribe a los 4 años), prescripción de intereses (los intereses prescriben al año), es claro que es necesario analizar el caso con detenimiento y revisar si existen actuaciones del actor (acreedor) que interrumpan las prescripciones. Pero, debido al desinterés de arreglos de pago, no existe mejor lugar para defenderse que ante el Juez…-
Buenas caballero quería hacer una consulta, resulta que saque un préstamo y puse a responder mi auto, hace unos meses me quede sin trabajo y no pude seguir pagando ahora tengo trabajo en el sector público y devengo un salario líquido de 397000 colones por mes, me llama la empresa y me dicen que tienen orden de captura para mi si no pago la deuda adquirida y que me van a embargar el salario; que de cierto hay en las amenazas de dicha empresa y cuanto podrían embargar de mi salario. Gracias
Estimado Samuel, gracias por escribirnos, es necesario tener claro algo primero, si lo que firmo fue una prenda (dando en garantía el carro) o un préstamo personal. Si lo que firmo fue una prenda, entonces primero el acreedor debe de rematar el vehículo (parte del proceso es justamente esa orden de captura que comenta) y luego, mas de un año después, podría haber embargo de salario.
Ahora bien, si lo que firmo fue un préstamo personal, si podría ordenarse desde el principio del proceso, un embargo del salario. Y en cuanto al embargo del salario, un monto de salario como el que me indica, puede ser embargado en no mas de 15 mil colones al mes.
Buenas Tardes
Puede que tenga un embaro de salario por ser codeudora en un prestamo, donde el deudor principal dejo de pagar por ser un proyecto estafa por parte de la constructora y el BNCR de Palmares.Ya esto esta en proceso legal, pero el proceso cobratorio continua, supongo.
La situacion ahora es que puedo llegar a tener un posible embargo. Mi consulta es la siguiente ya que quiero protegerme lo mejor posible:
En la oficina donde laboro me reportan a la caja el salario minimo para un “agente de ventas”, que es 302000 aproximadamente, entonces el rebajo del embargo seria muy poco. Pero el salario restante me lo pagan por servicios profesionales.
Que pasaria en este caso, si yo cierro mi cuenta bancaria y mi jefe ( que esta dispuesto a hacerlo de esta forma), me deposita en la cuenta de un familiar mi salario junto con este monto que ganto por servicios profesionales. Yo de igual manera tengo que darle facturas a mi empresa por servicios profesionales a nombre mio por ese monto que recibiria. Por lo tanto tendria que reportarlo a renta.
Que pasa en ese caso, se me podria embargar ese dinero? que porcentaje seria? y si hay alguna manera de prevenirlo, que no sea haciendo una sociedad?
Gracias.
Estimada Andrea, quien nos escribe el 30 de junio pasado, respecto a si es posible el embargo de ese dinero depositado a nombre de su familiar, es difícil que asi sea, puede que sea embargado si ese familiar tiene una deuda y no la pagara.
ahora bien, en cuanto a la “estructura” que junto con su patrono esta considerando, me gustaria que leyera este articulo del Codigo Penal:
Estelionato.
ARTÍCULO 217.- Se impondrá la pena señalada en el artículo anterior,
según la cuantía de lo defraudado, en los siguientes casos:
1) …
2) Al que tornare imposible, incierto o litigioso el derecho sobre
un bien o el cumplimiento de una obligación referente a éste, acordados a
otro por un precio o como garantía, ya sea mediante cualquier acto
jurídico relativo al mismo bien, aunque no importe enajenación, o
removiéndolo, ocultándolo o dañándolo;”
como puede ver, lo que usted describe podria encasillar en este tipo penal y la pena es 3 meses hasta 10 años, lo que me obliga a recomendarle que lo reconsidere.
Hola reciba un cordial saludo… Cuanto seria el monto a embargar por un salario de 188.000 mil colones. Gracias profesor…
Estimado Breymer, un salario de 188 mil colones es inembargable, segun las reglas del Código de Trabajo.
Hola buenas tardes, me toca realizar el calculo para hacer el embargo a un compañero de trabajo pero tengo dudas porque creo que el salario de él no es embargable, él gana 216.384 mensuales, su pago se realiza de forma semanal gana por hora 1127 durante el I periodo del 2014 y el embargo es por 740.328 he estado leyendo y mencionan que el salario inembargable es de 232557.12 pero no se porque ya que el salario minimo por joranada de 8 horas es de 8.944.51 entonces no se como proceder de tanto leer si me pudieran ayudar por favor se los agradeceria mucho.
Estimada Marta, Efectivamente es inembargable, y efectivamente cada vez que exista un aumento de ley, o algun aumento que el patrono efectue, es necesario revisar efectuar el ejercicio.
Buenas. Inicialmente le agradezco por la ayuda que brinda por este medio, muy valiosa para muchos que no conocemos de esta materia. Hace casi un año me enteré que me habían aplicado un embargo a mi vehículo y según pude ver en el Registro Nacional es por un monto de 300 mil, en el apartado dice que dólares, yo sé que tengo deudas, pero nunca en dólares. Hasta la fecha no me han notificado nada y ya casi cumple un año y no he ido a averiguar por esperar la notificación para saber de qué se trata. Eso prescribe? Gracias por su ayuda.
Estimado Manuel, gracias por escribir, le comento que es posible que el que diga dolares puede muy posiblemente obedecer a un error material. Ahora bien, y lo mas importante, es MUY importante que sea yo o cualquier otro abogado con experiencia en este tipo de procesos, revise ese expediente, y determine si existe prescripcion de la deuda, de intereses o bien, desercion, que en todos los casos son medidas legales a su favor y que pueden desde tener por inexistente la deuda total o bien intereses, etc.
Buenas, les agradezco por ayudar por este medio a tantas personas, mi consulta es la siguiente, tengo en prenda un vehículo, la financiera me presto 2200000 colones he pagado por mas de un ano las mensualidades de 130000, ahora por problemas me he atrasado por 3 cuotas y ahora quieren la prenda, he tratado de arreglar con ellos pero los montos que piden para arreglar son muy altos y no aceptan menos, ahora las cosas se ponen peor porque quieren embargarme el salario y capturar el vehículo, recibo llamadas todos los días y documentos de advertencia en mi trabajo, yo recibo el salario en el banco popular gano 430000 colones bruto, es posible el embargo del salario? yo podría entregar la prenda, pero me cobran otro montón de dinero por gastos legales y por eso aun entregando la prenda no quedo bien en paz, aun cuando el carro esta valorado en 2700000 colones.
Buenos días: Tengo un embargo a mi salario desde hace varios meses, pero desconozco si de mi salario escolar también pueden hacerme rebajo de este. Otra situación es que mi papá piensa trasladarnos la casa a mis hermanos y yo pero desconozco si como estoy embargada alguna otra entidad podría embargarme la parte de la casa que nos corresponde.
Hola amigo ojala me puedas contestar si yo deposito una cantidad de plata en una targeta de débito cualquiera que este a mi nombre me si tengo un embargo me la pueden sustraer?
Gracias
todos los bienes que estén a su nombre, incluido el dinero en cuentas bancarias, son embargables, la única excepción es que la cuenta sea del Banco Popular, siempre y cuando no tenga deudas con ese mismo Banco Con gusto puede contactarnos al 22535587 para información sobre nuestra asesoría en estos casos. Saludos