Leyendo el reportaje del financiero de la semana anterior, me llamó la atención un comentario de un profesional en Derecho en que equiparaba a la Insolvencia con “la Muerte Civil”. Dada las implicaciones legales que esto puede tener y en aras de aportar a este tema, me propongo aca rescatar reglas que informan este tema, todas ellas contenidas en el Código Civil y asi poder responder a la pregunta, título de este blog.
Veamos:
Cuando se estima que una persona es insolvente?
Según, el art. 886 cel Código Civil, la insuficiencia de bienes para cubrir las deudas es el requisito esencial. Entonces, es una condición patrimonial mas que personal, ya que es una persona cuyo total de deudas supera el total de sus activos.
Un Insolvente pierde algún derecho civil?
En relación a esto según el artículo 899 del CC, el deudor insolvente queda “… de derecho separado e inhibido de la facultad de administrar y disponer de bienes que le pertenezcan y sean legalmente embargables…” entonces, solo pierde el derechio de administrar su patrimonio.
Y pierde todo su salario?:
El salario tiene una protección especial en el artículo 172 del Código de Trabajo, y solo será sujeta de retención la porción embargable, que por ejemplo en un salario de 300 mil colones mensuales, no es mas de 20 mil colones por mes.
Una vez declarada la insolvencia, que pasa con su vida económica?
Según el Artículo 889 del CC, al inicio del proceso y una vez declarado insolvente, ” los bienes que pueda adquirir, pendiente del concurso, por medio de su trabajo o industria…” no pueden ser perseguido por sus acreedores. Entonces, es claro que su vida continua, pudiendo generar ahorro, comprar bienes, etc. los cuales no son actos que un muerto pueda hacer.
Y una vez terminado el proceso? que dice la ley?… El Artículo 976 del CC. le otorga al deudor insolvente que finalizó el proceso, un período de proteccion de 5 años, durante los cuales los acreedores “…no podran perseguir ni ejecutar al deudor…“.
Es necesario tener bienes para ser declarado insolvente?
De ninguna forma, al contrario, la no existencia de bienes, y un alto nivel de endeudamiento hace que el balance sea negativo y asi se cumpla con el requisito legal de “insolvencia”.
Entonces:
1. Tiene relacion directa con el patrimonio, deudas y bienes que se poseen.
2. Mantiene la protección del salario.
3. Permite que producto del trabajo se genere ahorro y se adquieran bienes.
4. Una vez terminado el proceso, protegue al deudor por 5 años, dandole un “respiro” para que pueda salir adelante.
Muerte Civil, o una opcion frente a el endeudamiento?
buenas quisiera información sobre el proceso de insolvencia, yo actualmente estoy trabajando cubriendo unas vacaciones por lo que noe stoy fija y aveces el salario se me retrasa mucho, tengo cuentas atrasadas con HSBC, mutal alajuela y unos almacenes ademas de una hipoteca de una casa que esta a nombre de mis hermaas y mia con el usufructo de mi mamá, podría ser la declaratoria de insiolvencia una posibilidad?
Estimada shirley, gracias por escribir, le comento que en este blog, he escribo varios comentarios sobre la insolvencia, que le pueden ayudar a tener mas informacion sobre la misma. La decision sobre acogerse o no a la insolvencia no es sencilla, e tiene una serie de consecuencias que deben de ser analizadas una a una y determinar si es la opcion mas viable. Asesorese con un abogado y analice los pros y los contras de la medida, pues si bien es una medida o derecho que usted tiene, le comento que en nuestra oficina hacemos un analisis antes de tomar la decision.-
Perdi el trabajo hace dos años y no pude seguir pagando las tarjetas de credito. No tengo nada a mi nombre y como tengo 59 años no veo posibilidades reales de conseguir trabajo. vivo con la ayuda de un hermano, una amiga abogada me dijo que si no las pagaba se me manchaba el credito pero que no me pasaria nada mas. es asi?
Estas deudas tiene fecha de vencimiento como las facturas ¿
Estimada Lilia, las deudas no pagadas tienen varios efectos o circunstancias, record de credito afectado, procesos judiciales, embargo de bienes. Ahora bien, si no tiene bienes, el proceso judicial se inicia, pero no hay efecto en contra de bienes o salarios, pues no hay. y recuerde NO HAY PRISION POR DEUDAS. y la prescripcion, 4 años a partir de la ultima gestion de cobro, plazo que puede extenderse hasta por 10 años.
Cómo se hace para declararse insolvente, a que organismo puede uno acudir. Existe algún tipo de asesoria al respecto que no se muy cara, como sabe uno si las deudas pescriben en un tiempo menor de cuatro años por ejmplo mi caso fue llevado al juzgado en marzo del 2008. Yo me presente al juzgado a notificar que había recibido el comunicado pero no podía pagar además ninguna d elas opciones que me dan son reales con mi situación economica. Puede declararse uno insolvente sin tener trabajo.
Estimada Carmen, existen muchos mitos en cuanto a la insolvencia, pues se cree que es como morir. Sin embargo si se revisa la ley es mas bien una “segunda” oportunidad qur la ley da a los deudores. Le invito a ver mi blog sobre el tema… http://www.dyncr.com/blog/insolvencia-en-costa-rica-una-opcion-para-deudores . Cualquier ayuda adicional, contactenos, estamos para servirle.
Buenos dias es muy breve mi pregunta .Tengo dos deudas una con instacredito como fiador por un monto de 780.000 y otra con beto le presta por 1000.000 mi deudora esta atrasada y yo me atrase con la deuda de beto .QUisiera saber si me embargaran en mi trabajo me despidieran por mis deudas seria correcto.Gracias. quisiera una respuesta pronta .Mi .salario es de 360 mil 375 milpor mes.le he dicho alos de instacredito mi problema en mi trabajo que si me embargaran me despiden de mi trabajo.
Estimado Daniel, le comento que no existe alguna causal para un despido sin responsabilidad patronal, en razón de deudas atrasadas o en cobro judicial. Si he visto que despiden con responsabilidad patronal (opagando todas las prestaciones de ley).
Ahora bien, un salario de 375.000 se puede embargar hasta por 18.600 por mes, nunca mas de eso.
Hola actualemnte estoy sin trabajo y ya tengo cobro judical por varios prestamos…no tengo fiadores ni tampoco bienes que me puedan quitar..soy casada y lo que me preocupa es que mi pareja tiene un lote y casa que se la dieron los papas herencia pero esta a nombre de el todo.
Yo por estar casad con el ese bien puede ser tocado???
Gracias
Estimada Ivanni, que nos escribe el 14 de enero pasado, nuestras deudas no pueden a afectar a otras personas, a menos que exista alguna fianza, en su caso seria necesario que su esposo sea fiador de alguna de esas deudas, de no existir esa fianza, nunca podrian ser embargados los bienes.
Acerca de esta parte:
Una vez terminado el proceso, protegue al deudor por 5 años, dandole un “respiro” para que pueda salir adelante.
Quién define el tiempo de duración del proceso?
Después de esos 5 años, que sucede?
Saludos cordiales.
Estimado Jorge, el plazo de duracion de un proceso, lo define el mismo proceso, quiero decir con esto que dependera de muchas variables para definir el tiempo. Entonces si un Despacho Judicial tiene mucho trabajo, o bien si el proceso en si tiene muchas partes involucradas, etc, todo esto afectara el tiempo del proceso. Despues de esos 5 anios, es una pregunta complicada de contestar, debo de ser honesto, pues por un lado no existe mucha jurisprudencia – casos anteriores similares – en los que uno pueda sacar conclusiones, y existen otras variables como la prescripcion de las deudas que en mi criterio vendrian indirectamente a afectar las deudas, dejandolas prescritas por el transcurso del tiempo.
Que pasa, por ejemplo con entidades como CITI, en las que, uno trata de negociar los pagos y le indican que “El banco tiene politica de “no arreglos de pago”???
Estimada Kattia, le comento que los arreglos de pago, son una potestad que tiene el acrredor. Ellos deciden o no si aceptan el arreglo de pago o no. Ante situaciones es recomendable que busque apoyo legal y pueda conocer los verdaderos alcances de las deudas que tiene. Que medidas puede tomar y sobre todo que es verdad y que es mito sobre lo que le dicen los “cobradores”. Puede pedir informacion a nuestra firma sobre las asesoria en el tema de deudas, al telefono 2253-5587.
Hola don Luis. Veo que este es un tema que ha prevalecido en el tiempo. Mi esposo tiene una clase de endeudamiento terrible en este momento y una enorme depresión producto de las tantas deudas. Compramos un terreno que tiene una casita sencilla donde vivimos y un carro que sirve para el trabajo de mi esposo. Pero las mayores deudas están en las tarjetas de crédito. En el entendido de que ocupamos la casa para vivir y el carro para trabajar y que aún los debemos pero estamos intentando pagar,afecta a la ley de insolvencia para con las tarjetas de crédito???
Estimada Ana, lo mejor que le puedo recomendar es que busque asesoría legal, las deudas son contratos y para poder entender los efectos y poder defenderse es necesario la asesoría de un abogado. Si gusta puede contactarme al tel. 22535587 y con gusto le brindamos información sobre nuestro servicio. Existen acciones legales que puede tomar para enfrentar sus deudas, y muchos de los comentarios y amenazas que reciben de los acreedores y cobradores, no son reales.
Hola Lic. una consulta por favor, que sucede cuando una persona es declarada insolvente pero tiene deudas con fiadores, les pueden cobrar a estos fiadores dichas deudas?. Muchas gracias
Gracias Gustavo, Así es, una vez que un deudor se declara insolvente, los acreedores pueden cobrar la deuda a los fiadores.