Ultimamente he tenido varias consultas sobre la forma en que se debe de efectuar el embargo del salario, fórmula – un poco compleja – que está en el articulo 172 Del Código de Trabajo. Pues resulta que muchos de los Patronos desconocen la forma correcta de aplicar los embargos contra los salarios. Es entendible en cierto modo, pues la formula del articulo indicado, puede generar confusión.
El error en que incurren los patronos hace que la mayoría de las veces el monto embargado sea mayor al que por ley corresponde.
Acá pueden encontrar una explicación de como se debe de aplicar un embargo al salario: