Uno de los grandes problemas alrededor del tema de las deudas, es el desconocimiento y la falta de análisis del entorno legal que le regula.
En el punto concreto de los salarios y sobre todo el salario mínimo, existen normas expresas en el Código de Trabajo, en el Código Civil e incluso a nivel de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que ordenan que este es tanto inembargable como “intocable” aun por deducciones que el trabajador haya aceptado.
Sobra decir que los derechos de laborales son irrenunciables, y el derecho al salario es uno de los pilares del Derecho laboral.
Así que no es necesario esperar a que se dicte ningún Decreto o que se reforme alguna ley, para que el salario mínimo tenga protección, pues siempre ha estado protegido.
Existen claros y concretos dictámenes del Ministerio de Trabajo, así como jurisprudencia que lo confirma.
Sea que se haga un reclamo administrativo ante el patrono, o bien que sea necesario acudir a la vía judicial, el derecho al salario mínimo es y será protegido.
Tome el control de su situación, busque asesoría y conozca sus Derechos, nunca es demasiado tarde.