Leyendo el proyecto de “LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO”, que ha estado en la Asamblea Legislativa en “estudio”, sorprende que en ella no se incluya el tema de la Declaratoria de Insolvencia.
Varias situaciones internas y externas han promovido una voracidad de parte de las empresas de tarjetas, por un lado la creación de regulaciones en su contra en otros países (lo que les motivó a buscar otros destinos) y la ausencia de Leyes en nuestro país, (solo existe un articulo en el Código de Comercio y una débil reglamento del MEIC ). Entonces, si agregamos que desde antes del año 1995 las empresas de tarjetas están ofreciendo esta opción cara de prestamos, y el mismo proyecto de ley declara que:
“… la falta de regulación o la regulación parcial de las tarjetas de crédito y débito se ha ido convirtiendo en uno de los problemas sociales más grave en la actualidad.”
Entonces:
Que solución concreta tendría esta ley a los miles y miles de deudores que tienen contratos con tasas de interés superiores al 40% y hasta el 75%, coincido en que es un problema social grave, pero para llegar a esa conclusion y poder etiquetarle como tal, debemos de estar realmente frente a un problema que afecta a una gran cantidad de nuestra población, no a unos pocos.
La insolvencia, mal entendida por muchos no es nada parecido a “una muerte civil” como algunos abogados la entienden, es un remedio legal que nuestro Código Civil tiene para aquellos miembros de la sociedad que no pudieron atender sus deudas, y que dentro de sus medidas tiene, plazos de protección (no embargos de bienes, respeto del fruto del trabajo – salario -, etc)
Una Figura de la Insolvencia fortalecida y mejorada vendría a tener un sistema financiero mas sano, pues seria entre otras cosas, una forma en que deudores que hoy en día estan condenados a nunca mas ser sujetos de crédito, a poder recuperarse y poder reincorporarse a este.