Dentro de las causas que he determinado como claves para que las deudas de tarjetas se conviertan en insostenibles, la USURA, es una de las que más afecta.
La Usura tiene que ver con el interés que se paga por el préstamo, básicamente es la ganancia del prestamista. Y para definir el interés se toman en cuenta, sobre todo los riesgos (de que no se pague el préstamo) en invertir en “deudas o deudores”.
Entonces, considerando esto del riesgo, la tasa de interés define cuanta ganancia va a tener el prestamista, luego de “perder” en los deudores que no pagaron (riesgo).
Entonces, si comparamos un préstamo personal (sin garantía) podemos encontrar intereses del 25% al 30% de Interés anual en colones que frente a un 50% anual en una tarjeta, se nota que la ganancia del último es gigante, sobre todo considerando que ambos tienen riesgos parecidos.
CUADRO COMPRARATIVO TASAS DE INTERES ACTIVAS EN LOS BANCO PRIVADOS EN COLONES AL 10 DE ENERO 2016. | |||
2014 | 2015 | 2016 | |
agricultura | 19,42 | 16,02 | 16,19 |
ganadería | 18,14 | 16,7 | 22,08 |
industria | 16,85 | 14,23 | 13,6 |
construcción | 19,08 | 16,4 | 15,1 |
vivienda | 14,64 | 11,83 | 13,16 |
otras actividades | 20,37 | 19,45 | 18,83 |
comercio | 16,97 | 15,14 | 13,09 |
servicios | 18,47 | 16,03 | 14,75 |
consumo | 32,76 | 33,05 | 31,75 |
Tarjeta de crédito | 64,8 |
Entonces, me di a la tarea de revisar varias decisiones judiciales a nivel Americano y encontré dos “teorías” que juntas podrían ser el apoyo que buscaba para defensas ante usura en Costa Rica.
Sin deseo de hacer la historia muy larga, finalmente logramos – al menos – que un Juez Civil aceptara para análisis nuestro alegato, así que pronto podremos saber que deciden los Jueces ante esta violación a un derecho humano fundamental, porque:
De acuerdo con el artículo 21 de la Convención América de Derechos Humanos:
“Tanto la usura como cualquier otra forma de explotación del
hombre por el hombre,
deben ser prohibidas por la ley.”