Durante todo el tiempo que he atendido la problemática de endeudamiento en Costa Rica, he encontrado una serie de normas que limitan la defensa del deudor, sea que impiden acceder a defensas legales o bien que por el solo hecho de no pagar una deuda, son o pueden ser despedidos. Esto obliga a deudores a mantener las operaciones al día, mediante mas endeudamiento.
Uno de los casos mas contradictorios, se presenta en el Poder Judicial, pues en la Ley Orgánica del Poder Judicial, existen ambos tipos de normas.
- Norma respecto a prohibir al acceso a los trabajadores al derecho de ser declarados insolventes.
- Norma que les obliga a no tener deudas en mora.
Ahora bien y gracias a una acción de inconstitucionalidad planteada por un trabajador del Poder Judicial, a mediados del mes de setiembre, se declaró inconstitucional la norma que prohibía ser declarados insolventes, lo que permite, ahora con menos presión, acceder a este derecho, que fue creado para dar auxilio a los deudores de forma que puedan salir adelante. Digo con menos presión pues, es claro que normas de este tipo van en contra de derechos superiores de carácter laboral.-
El camino no acaba, pues aun persisten normas que consideran las deudas como “actos inmorales” o bien, que consideran a un deudor moroso como alguien que no es honrado ni responsable, un grave error.-