La semana anterior fui entrevistado por el semanario El financiero de Costa Rica
Ver entrevista en este LINK
de nuevo sobre el tema de deudas de tarjetas.
Igual que otras ocaciones, centenas de personas me han estado contactando por diferentes vias, sea para asesorarse o al menos para poder contar su historia.
Leyendo el reportaje me llaman la atencion los comentarios de diferentes profesionales entrevistados, sobre todo aquel que considera que este es un problema pequeño y que el caso contado es aislado.
Dejando de lado la tristeza que esto me genera, me veo obligado a comentar que estoy seguro de que miles y miles de personas sufren de este mal, y que debe atenderse pronto este problema, pues igual que otras problematicas nacionales, estan afectando la convicencia. Existió un periodo de mas de 10 años, en que estas empresas entregaron sin control tarjetas de credito y estos miles de personas estan pagando ahora las consecuencias.
Es impactante ver como una de estas empresas tiene una tasa de interes moratorio del 5,94% mensual, que anual es mas del del 70% anual.
Entonces, seria interesante realizar un ejercicio y determinar cuando de esos 80 millones de colones son capital y cuando es intereses, pues 1 millon gastando en un año (83 mil colones por mes, que es muy poco en realidad) con tasas de interés del 73%, al cabo de 3 años se convierten en mas de 3 millones de colones, esto sin contar que los cargos por mora, llamadas telefonicas etc.
Que persigo?, sencillo, que existan leyes (no solo reglamentos) y que este tipo de contratos, tengan un tratamiento justo para ambas partes y existan advertencias claras de los riesgos que pueden acarrear aceptar una tarjeta de crédito.
Y que los deudores de tarjetas de credito sepan que tienen derechos, que existen mecanismos legales para defenderse.
hola como estan yo quisiera pedir por favor asesoria por que me encuentro en una situacion dificil . primero no tengo trabajo ni propiedades tenia un carro que tuve que vender .. a mi esposa por que le debia dinero . como en marzo y ahora las tarjetas amenazan con embargarme que me pueden hacer me pueden meter a la carcel o algo . que pasa aora // en este momento tambiuen necesito preguntar por mi esposa la pueden embargar a ella que trabaja por estar casado conmigo aunque no haya firmado ingun contrato
saludos y gracias
Estimado Richard, no hay prision por deudas, en que ella este casada con usted, no la convierte en deudora.-
Estimado Luis.
Buenos Dias.
Mi consulta es la siguiente soy fiador de una persona en el banco popular,pero esta persona no pago se mando a embargo y no se cobro el archivo en el juzgado aparece con este termino
el estado del archivo es TERMINO DESERCION
ARCHIVADO DESIERTO.
Me podria indicar que significa este termino..
Saludos y bendiciones para ud y la gran labor que hace.
Estimado Luis, la Desercion es una figura que opera en los procesos judiciales, cuando el actor (a quien se le debe) no actua o gestiona el cobro por mas de 3 meses. Cuando esto pasa, el Juez le “castiga” terminando el Juicio. Esto no significa que ya no se debe el dinero, sino que el actor debe de empezar todo de nuevo. Si por alguna razon hubo dinero embargado de salarios, ese dinero se puede pedir que se devuelva.
Saludos Don Luis, me pueden embargar un carro que tengo con crédito prendario por no pago de tarjeta de crédito?
Estimado David, ese carro es embargable, seria embargado y en algun momento vendido por el Juez, y el dinero producto de la venta se aplica a esa prenda y el saldo a la deuda que tiene con la tarjeta de credito.
Saludos don Luis, tengo una deuda con una cooperativa, me dicen que la policia me anda buscando para entregarme un documento (me imagino que es un citatorio). Las preguntas son: puedo ir a la carcel por no pagar la deuda? Puede la policia estar buscandome para ello? Que pasa si no me notifican?
Estimado Sergio, no existe prision por deudas en Costa Rica, desde creo que hace mas de 25 anios, parece que lo que esta pasando es que existe un cobro ordeno notificarle, para notificarle puede pedirle asistencia a la Policia para que ubique su casa y haga entrega de unos papeles, estos papeles explican cuando debe, ect etc. La idea de esa notificacion es que usted, asistencia de un abogado, analice la demanda y de ser necesario se oponga a ella.
Buenas tardes, tengo un embargo salarial por una deuda con tarjeta de credito que actualmente me estan aplicando a mi salario y otros dos que estan en proceso , por otro lado tengo una casa hipotecada. mi consulta es si estas deudas que estan en trámite de cobro judicial podrían afectar de alguna forma mi casa, saludos, y gracias.
Estimado Fernando, le comento que el hecho su casa tenga una hipoteca, no la exime de ser embargada, desgraciadamente si alguno de los acreedores asi lo decide, puede pedir al Juez que embargue su casa y finalmente hasta la llegue a rematar.
HOLA MI ESPOSO A COMO PODIA PAGABA LAS CUOTAS DE xxxx LE DIERON 4OO.OOOCOLONES PERO INJUSTAMENTE LO DESPIDIERON SIN RESPONSABILIDAD Y xxxx LWE DIJO QUE NO APLICA LA POLIZA.DESPUESTRABAJO UN MES Y LO ECHARON POR REORGANIZACION IGUAL LO QUE ESTAMOS SIN TRABAJO Y CUANDO LE COBRAN SON AMENAZANTES AHORA LE DIJERON QUE LO DEMANDARON O EN PROCESO ESTA POR UN MILLON TENEMOS DOS CUOTAS ATRAZADAS Y QUE PODEMOS HACER NO TENEMOS NADA AYUDA GRACIAS
Buenas a mí me notifircarón por una deuda de tarjeta de crédito yo no tengo trabajo fijo además alquilo una casa de ¢70.000 y el menaje es apenas lo necesario para vivir en la notificación dice que me van a embargar el menaje de la casa ya que no tengo nada a mi nombre ellos pueden hacer eso.
Muchas gracias.
Estimada Judith A, le comento que para que un embargo del menaje casa sea efectivo, solo es posible cuando existen bienes no necesarios, y cada vez la jurisprudencia hace mas dificil para el acreedor poder utilizar esta medida. Ya hoy en día menos bienes se pueden embargar del menaje casa, es por ello que es una practica que pocos acreedores utilizan.
Estimada Isis, como lo he recalcado muchas veces, es necesario tener claridad en las deudas, en cual es el capital que se debe, cuando de intereses, la tasa de intereses, fecha del ultimo pago, etc. Todo esto es obligación del ACREEDOR, darlo.
Entonces, es urgente que tengan esa información y sepan con claridad como la deuda creció a esos montos.
Finalmente, cuando una deuda no se puede pagar, el acreedor puede pedir embargo de las cosas propiedad del deudor, pero si este no tiene nada, el acreedor no puede hacer mas que eso.
Yo quiero saber si me pueden impedir la salida del país por duedas..
Este tipo de deudas no tiene ante el atraso o no pago, el impedimento de salida o la prision.
Buenos días Don Luis lo felicito por esta pagina tan buena para muchas personas que necesitamos tanto de sus consejos y de su sabiduría en el campo penal Dios lo bendiga siempre a usted y sus seres queridos.
Hola estoy realizando un trabajo para la Universidad.
Necesito saber que consecuencias trae declararse en quiebra para una persona física, o acceder a un concursos de acreedores en este caso por no ser comerciante.
Como consumidor, que es lo mas adecuado al estar sobreendeudado y entrar en estado de insolvencia???
Muchas gracias por la ayuda que me puedan brindar.
Estimada Nelly, gracias por escribir, existen muchos mitos alrededor de la insolvencia, le comento que esta es una medida que esta en el Còdigo Civil y tiene como interes o razon, tratar de que los no comerciantes que caigan en problemas económicos, puedan salir adelante. Al respecto creo que es importante que lea este comentario anterior http://www.dyncr.com/blog/es-la-insolvencia-una-muerte-civil pues existen muchos mitos alrededor de la insolvencia. Si bien creo que existen algunas reformas sencillas que se deben de hacer al proceso de insolvencia, si es una medida a considerar.
hola, mi consulta es la siguiente; por problemas económicos deje de pagar una tarjeta de crédito como a mediados del 2009, en septiembre del 2010 el ente emisor de la tarjeta puso la demanda por 1,270,000 colones al día de hoy ellos me dicen que debo 4.700.000 colones. los abogados de este banco me llaman a cada rato para hacer conciliación y que ellos bajan la deuda. al día de hoy y en este proceso de cuatro años todavía no me han notificado. le agradezco que me de un consejo que debo hacer.
Estimado Luis, espero este bien, lo mejor que puedo recomendarle es que un Abogado pueda revisar el expediente judicial, pues de ser cierto que tiene mas de cuatro años y aun no ha sido notificado, podría alegarse PRESCRIPCION TOTAL DE LA DEUDA o de los intereses, etc. Pero solo teniendo acceso al expediente es posible.
Buenas tardes,
las propiedades o activos embargables por deudas de tarjetas de credito es solamente por lo que está a nombre personal? o tambien aplicaría sobre las sociedades anonimas en donde soy accionista y/o parte de la junta directiva?
nunca he sido notificado por escrito del cobro judicial, entiendo que asi el proceso no avanza, eso es correcto?
Muy agradecido por esta oportunidad que nos brinda a los deudores. Dios le bendiga Luis!
Estimado Carlos, le comento que los acreedores, ante la falta de pago de un deudor, piden el embargo del los bienes del deudor. Se debe de entender que una persona física y una sociedad, son personas diferentes, o sea, las deudas de uno no pueden afectar los bienes del otro. El tema de las acciones es particular, pues, el acreedor podría pedir el embargo de las acciones, sin embargo, el proceso es tan dificil y complejo, recuerde que el registro de acciones es privado, que hace casi imposible que una acción asi prospere. Si un cobro judicial no es notificado al deudor, es posible que llegue a operar la prescripción.
Gracias !!