Como proteger su Casa de Habitacion? : el Patrimonio Familiar

La casa donde habita la familia, tiene fuera de los legal un significado inmenso en el desarrollo de la Familia, tener un techo seguro es esencial. Esto lo reconoció el legislador y lo estampó en el articulo 42 del Código de Familia.

Como se protege?

Es un que toma el propietario en favor sea del cónyuge,  conviviente o de los hijos menores que  vivan en la casa.

Este acuerdo se debe de hacer ante un Notario Publico, y no paga ningún timbre o derecho de registro.

No es solo firmarlo ante el Notario, la protección aplica hasta que este debidamente inscrito!.-

Que protege realmente?:

– Basicamente queda protegido de los  embargos originados en deudas contraídas posteriormente a afectar el bien a patrimonio familiar.

– Si el propietario del bien contrae una deuda luego del “patrimonio familiar”, la casa no podría ser embargada si esa deuda no es pagada.

– Una vez afecto al patrimonio, el bien solo podrá ser vendido o hipotecado, con la autorización expresa del otro cónyuge, para mi, uno de los mayores beneficios de esta figura. Pues no solo es pensar en deudas con terceros, ante una vicisitud en las relaciones  dentro en el matrimonio, el bien no podría ser distraído o vendido a “espaldas” del otro conyuge.

Cuando se establece el patrimonio Familiar a favor de los hijos, se debe de tomar en cuenta que este acaba cuando estos llegan a ser mayores de edad. Por lo que lo conveniente es hacerlo a favor tanto del cónyuge junto con los hijos.

 

 

 

Publicado en Deudas de Tarjetas de Credito, Español.

Luis Alberto Pereira Brenes abogado y notario público, ha trabajado en el Bufete Robles y Lacle y en el Área Legal del Banco Nacional de Costa Rica. Es fundador y director de DyN Business Process Outsourcing.

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