El común denominador en las deudas: El desconocimiento.

Hay un común denominador con que me encuentro con los deudores que me visitan:

EL DESCONOCIMIENTO.

Las deudas no son ni mas ni menos CONTRATOS, una presta el dinero y la otra lo paga de regreso, mas intereses (visto de una manera simple). Estoy seguro que los contratos de préstamo que utilizan las empresa que prestan dinero  son redactados por Abogados, con apoyo de economistas y otros profesionales. PERO, el deudor al buscar un crédito, pide asesoría? sabe las consecuencias legales del contrato?, alguien le indica que variaciones va a tener el mercado y en como esto va a afectar las tasas de interés que estará pagando?. CREO QUE NO… es difícil pensar que alguien lo haga.

Este tipo de contratos, (los que podría llamar contratos-mensajero), en muchos casos, son entregados por motociclistas al deudor, sin mas explicación que “ADONDE DEBE DE FIRMAR”.

Este DESCONOCIMIENTO, permite que la parte que redacta el acuerdo, de alguna manera pueda tomar ventajas, sobre todo en un mercado lleno de mitos (y que sustentan las amenazas infundadas).

Entonces, si antes de firmar el contrato no tuvo asesoría legal, considere asesorarse si tiene problemas con su crédito. Nunca es Tarde.-

Las deudas de tarjetas y la calidad de vida.

Hoy decidí escribir sobre mi caso. Ya por varios años he venido estudiando y escribiendo sobre temas legales relacionados con deudas en Costa Rica, durante este tiempo he aprendido varias cosas legales, que por ejemplo existe un desbalance en la ley que favorece a la parte poderosa de la relacion, al acreedor;  que muchas de las estrategias de recuperacion de deudas, se sustentan en procesos ilegales y que sobre todo existen muchos mitos que intimidan a los deudores y los obligan a cometer errores.

Pero dejando de lado los códigos, las leyes y demás letras en libros, lo que he encontrado y es lo que me mueve a continuar este proyecto, es ver como la calidad de vida de los deudores se deteriora, llegando a situaciones de miseria.  Es ver como los deudores se comprometen en “arreglos de pago” que los encadenan a eternos pagos, que si revisaran con detenimiento y con tranquilidad (como lo harían si están en semejante situacion!!!!) sabrían que esos arreglos nunca van acabar y van a estar toda su vida pagando. Es ver como existen prestamos con intereses superiores al 70% anual (y nadie si inmuta!). Es escuchar de deudores que los acreedores envian a “encargados de cobro” con documentos “tipo pancarta” a sus lugares de trabajo, con grandes letras que dicen “C O B R O  J U D I C I A L contra JUAN PEREZ”, exponiéndoles con sus jefes y compañeros de trabajo, cuando aun no existe proceso alguno ante los juzgados donde se puedan defender. O ver como un salario liquido gracias a las “deducciones automáticas” llega a ser 20 mil mensuales.

Calidad de Vida, es mas que tener cosas, es paz y tranquilidad. 

Es un tema complejo que se tiene que ver de forma integral, lo se, pero, a primera vista quienes me buscan por consejo legal, mas que defensa legal, buscan calidad de vida y eso es invaluable y se debe recuperar y proteger !!

 

Las deudas en Costa Rica y la asistencia de un abogado

No es desconocido que existe un grave problema de deudas en nuestro país, empresas de Tarjetas de crédito acosando, Cooperativas con agresivos planes de financiamiento entre sus agremiados, etc.

A diario atiendo deudores en busca de asistencia y soluciones, lo interesante es que mas que eso lo que buscan es apoyo y comprensión (bien lejos de temas legal, verdad!), no obstante, siendo que las deudas, sean de tarjetas de crédito o prestamos personales, son contratos, ambas partes tienen derechos y obligaciones. La problemática acá es que el deudor ha creído o le han hecho creer que no tiene derechos y que al dejar de pagar esta condenado a lo peor. Falso!

Recuerde que las empresas de tarjetas antes de redactar un contrato, consulta a sus abogados, antes de definir una tasa de interés consulta a sos asesores financieros, etc, etc todo con la intención de que tanto el contrato como la tasa de interés, sea de su total beneficio. Entonces, no olvide que usted puede recibir asistencia legal y hacer  valer sus derechos.

Entonces, considere buscar asistencia legal, existen opciones legales que puede utilizar para mejorar su situación, y sobre todo, mucha de la información que circula sobre las deudas, es generada por las empresas acreedoras (o sus ejecutivos de cobro), información alejada de la realidad y que tiene como fin asustar y presionar al deudor.

El Sagrado Salario y las deducciones automáticas

Hay una practica común de los acreedores – sobre todo de un sector (no de tarjetas de crédito), de incluir en el proceso de crédito una autorización para “deducir del salario” la cuota mensual de pago del préstamo, practica que se puede prestar para una violación clara de normas de derecho laboral, desde el punto de vista de la protección del Salario y la razón de ser del mismo.

Si solo vemos esta autorización de deducción como una libertad del trabajador, el préstamo es valido y eficaz, sin embargo a la luz de las normas laborales, (normas de derecho publico) si esa autorización no le permite al trabajador mantenerse a el y su familia, entonces estamos frente a un deducción salarial ilegal.

 

Existen normas en nuestro Código de Trabajo que determinan hasta que monto puede ser cedido el salario por parte del trabajador. y conforme el articulo 11 del Código de Trabajo:

“Serán absolutamente nulas, y se tendrán por no puestas, las renuncias que hagan los trabajadores de las disposiciones de este Código y de sus leyes conexas que los favorezcan.”

Entonces, si producto de estas deducciones automáticas el salario se ve menoscabado, el patrono deberá suspender las mismas.

En esta Navidad, No use la Tarjeta de Credito.

Como sabemos las tarjetas de crédito puede ser consideradas básicamente como dos cosas:

  • Medio de Pago
  • Medio de Financiamiento 

Si usted es de aquellos que la utiliza como medio de pago, ese comentario no es para usted !.

Pero, si al contrario usted utiliza las tarjetas de crédito como medio de financiamiento, recuerde que es el préstamo mas caro del mercado, y me atrevería a decir que de Centro America y Panama.

Estamos hablando que la tasa de interés promedio ronda el 50% anual, en colones, eso si hace los pagos mínimos, pero si por el contrario ademas paga fuera del tiempo, va a pagar tasas de interés de 71% de interés anual. 

Para que tenga una idea, un préstamo personal (no de tarjetas de crédito), puede tener tasas de interés desde  18 % anual. 

Adicional a esas tasas de interés, recuerde que existen cargos por atraso, cargo por membresía, y un sinfín de cargos.

Procure a como haya lugar de evitar financiarse con Tarjetas de crédito, he recibido decenas de personas que por ejemplo, “financiaron” su nuevo negocio con tarjetas de crédito y si bien el negocio era una buena idea, los intereses y los cargos mensuales llevaron a la quiebra el proyecto, es mejor buscar otras opciones de financiamiento, ahorrar, o bien esperar otro momento.

Y recuerde, el sector mas agresivo para cobrar es el sector de tarjetas de credito, asi que si cae en atraso, podría estar siendo acosado día y noche, llamadas telefónicas a usted y a familiares, visitas a su lugar de trabajo, faxes y llamadas a su jefe.

Ah y por ultimo, el dicho de “no hay almuerzo gratis” creo que nació luego de que se crearan

las “millas”, puntos y demás regalos.-

Es Cliente Tripe A de tarjetas de credito, Cuidado.

Muchas veces en las conversaciones que sostengo con deudores de tarjetas ahogados en sus deudas, escucho esta frase:

“Siempre fui un cliente AAA de la empresa de Tarjetas.”

 

Pero qué ventajas tiene haberlo sido… NINGUNA!

Una vez que empieza el atraso en los pagos y los intereses (Que podríamos decir de usura) hacen imposible volver a tener al día la cuenta, esos cargos Administrativos por no pago o pago atrasado, que mensualmente se cargan, convierten la experiencia de un AAA en un INFIERNO.

No importa lo AAA que fuiste, no importa lo “Buen cliente”, a partir del momento de caer en mora, las llamadas de cobro groseras, los cientos de mensajes de texto, no cesarán. El pasado no vale de nada, es pagar, y pagar bajo las reglas complacientes de nuestra vacía legislación en este campo.

Así que si le tratan como un AAA, recuerde que ante una situación de mora (en la muchos caen, no por irresponsabilidad sino por los azares del Destino), le servirá de poco o nada, y el trato que recibirá será como si siempre hubiera sido un mal pagador, en este juego, la cortesía no esta en el dado.-

Sus bienes y medidas erróneas de protegerlos

Es común escuchar a deudores que me visitan, comentarme que ya tomaron medidas para “proteger los bienes”, pero, mas que soluciones son potenciales problemas los que esas medidas pueden generar, y es algo que creo que es necesario comentar. voy a poder un par de ejemplos:

1. Le doné la casa a mi hermana: Existe una norma concreta en el Código Civil que expresamente indica que en caso de donación, si el donador tiene deudas, estas deudas pueden perseguir al nuevo dueño, el caso que estas deudas no se honren.

2. Le vendí mi casa a un hijo: para que exista un venta real es necesario que exista un intercambio, un parte entrega el dinero y la otra la propiedad, eso es en palabras sencillas, una venta. Es claro que estos “tratos” a los que me refiero no son Compraventas, son claros delitos de simulación, con claras implicaciones penales. Y claro, sin entrar a detallar temas como Traspasar a menor de edad, etc.-

Antes de tomar decisiones, que pueden costarle caro, busque buena asesoría legal, puede que sea un poquito mas cara, pero, al final es una solución concreta y no un nuevo problema.-

 

Fortalecer La Insolvencia como apoyo a los deudores

Leyendo el proyecto de “LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO”, que ha estado en la Asamblea Legislativa en “estudio”, sorprende que en ella no se incluya el tema de la Declaratoria de Insolvencia.

Varias situaciones internas y externas han promovido una voracidad de parte de las empresas de tarjetas, por un lado la creación de regulaciones en su contra en otros países (lo que les motivó a buscar otros destinos) y la ausencia de Leyes en nuestro país, (solo existe un articulo en el Código de Comercio y una débil reglamento del MEIC ). Entonces, si agregamos que desde antes del año 1995 las empresas de tarjetas están ofreciendo esta opción cara de prestamos, y el mismo proyecto de ley declara que:

“… la falta de regulación o la regulación parcial de las tarjetas de crédito y débito se ha ido convirtiendo en uno de los problemas sociales más grave en la actualidad.”

Entonces:

Que solución concreta tendría esta ley a los miles y miles de deudores que tienen contratos con tasas de interés superiores al 40% y hasta el 75%, coincido en que es un problema social grave, pero para llegar a esa conclusion y poder etiquetarle como tal, debemos de estar realmente frente a un problema que afecta a una gran cantidad de nuestra población, no a unos pocos.

La insolvencia, mal entendida por muchos no es nada parecido a “una muerte civil” como algunos abogados la entienden, es un remedio legal que nuestro Código Civil tiene para aquellos miembros de la sociedad que no pudieron atender sus deudas, y que dentro de sus medidas tiene, plazos de protección (no embargos de bienes, respeto del fruto del trabajo – salario -, etc)

Una Figura de la Insolvencia fortalecida y mejorada vendría a tener un sistema financiero mas sano, pues seria entre otras cosas, una forma en que deudores que hoy en día estan condenados a nunca mas ser sujetos de crédito, a poder recuperarse y poder reincorporarse a este.

 

El acoso en el cobro de deudas en Costa Rica

Escribía dias atras sobre el acoso en el cobro de las tarjetas de crédito, algo que genero mucho cmentario, sobre todo al ser citado en un diario nacional.

El tema generó preguntas concretas sobre si la norma indicada en cuanto al acoso, era aplicable para deudas que no fueran de tarjetas de crédito, y la respuesta es NO. No es posible aplicar dicha norma pues fue y es específicamente para enfrentar acreedores en deudas de tarjetas.

Ahora bien, he insistido que la no existencia de normas en el negocio de las deudas, aun y cuando es un negocio que supera los MIL MILLONES DE COLONES, obliga a los Abogados a investigar y ser creativos a la hora de defender situaciones de abuso como estas, pues si bien la norma contenida en el Código Penal, define la acción del acreedor – o podría – como una contravención, es una medida de defensa que se podría utilizar, veamos lo que dice:

TÍTULO II
CONTRAVENCIONES CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES
SECCIÓN ÚNICA
“Artículo 383.- Se impondrá de cinco a treinta días multa.


Llamadas mortificantes
9) A quien realizare llamadas mortificantes por teléfono u otro medio análogo.”

Si bien, la pena es minima, si creo que es necesario que los deudores hagan uso de las armas legales que poseen, aunque básicas, para así sentar responsabilidades y lograr al menos un poco nivelar el desequilibrio que existe por la falta de normas.

 

La insolvencia (quiebra) como medio para pagar las deudas en Costa Rica

Cada día más y más personas me solicitan apoyo legal y consejos para solucionar temas de deudas de tarjetas de crédito, esto me ha permitido encontrar varios puntos de coincidencia en cuanto a posibles razones del porque les es imposible pagar la deuda, podría decir que uno de los más importantes es EL TIPO DE INTERÉS.

Sobrado y claro está que el tipo de interés (de usura) aplicado a la mayoría de las tarjetas de crédito – superiores al 50% anual – hacen que las deudas crezcan de manera continua y desmedida en un corto plazo, sin que exista un mecanismo que lo detenga, a excepción de la declaratoria de insolvencia.

Pero entonces, ¿Cómo soluciona la Declaratoria de Insolvencia el tema de los intereses? Fácil, El Artículo 916 del Código Civil, establece que:

“Desde la declaratoria de Insolvencia, cesan de correr … los intereses de crédito”.

Al suspenderse los intereses,la deuda deja de crecer y nos enfrentamos así a un monto fijo a pagar, lo que permite entonces, tener certeza del monto de la deuda. Existen algunos elementos a considerar para decidir si es viable o no la Declaratoria de Insolvencia, que solo analizando cada caso en especifico, se puede tomar una decision al respecto.

En caso que desee una cita para analizar su caso, no dude en escribirnos al correo [email protected] o bien llamemos al 2253-5587