Derechos de los Inquilinos en Costa Rica

En nuestro país se han dado muchos casos de dueños de propiedades en alquiler que no dejan en paz a sus inquilinos y los perturban constantemente.

Se tiene la errónea idea de que por ser los dueños de la propiedad, tienen el derecho de ingresar a ella cuando mejor les parezca o introducir materiales u objetos sin la autorización del inquilino.

Nuestro ordenamiento jurídico protege el derecho de posesión, es decir, que aunque no se es dueño de una cosa, esta se tiene bajo el poder y voluntad.

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Me quedé sin trabajo, ¿y la pensión alimentaria?

La Ley de Pensiones Alimentarias tiene previstos mecanismos para aliviar la carga por pensión alimentaria para aquellos trabajadores que se queden sin trabajo.

Además, en caso de que no necesariamente el empleado se haya quedado sin empleo, pero ahora tenga una ocupación en la que gane menos, existe lo que se conoce como incidente de rebajo de pensión.
Analicemos cada posibilidad:

Permiso para buscar trabajo

El primero de ellos es pedirle al juez del Juzgado de Pensiones Alimentarias donde se tramitó la pensión que lo autorice para buscar un trabajo, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley de Pensiones Alimentarias.
Se debe comprobar realmente que la persona no tiene trabajo (por ejemplo, con la carta de despido), ni recursos económicos (por ejemplo, presentar como pruebas recibos vencidos, el estado de la cuenta bancaria, cartas de acreedores que manifiesten que el obligado alimentario está atrasado con los pagos).
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Bienes hipotecados o Prendados. Se puede rematar por otras deudas?

Una de las consultas que mas se repite en el Blog, es que si al tener un carro con una prenda ( por ejemplo que se lo deben al Banco X) y tienen otra deuda (con la empresa de tarjetas CrediJ digamos), SI crediJ puede “quitarles” el carro.

La respuesta es SI !!!!

En deudas personales (tarjetas de credito, creditos personales) nuestros bienes responden, entonces, si le dejamos de pagar a CrrediJ, ellos pueden acudir al Juez a obligarnos a pagar, el Juez ordenara el embargo de Carro, la captura y el Remate, un Remate no es mas que una venta a la fuerza que hace el Juez para pagar las deudas.

Entonces, si el carro tiene una Prenda, y esa otra deuda con CrediJ, el Juez vende el carro y el dinero que recoge lo usara para PRIMERO PAGAR LA PRENDA AL BANCO X, y si sobra dinero, lo abonara a a CrediJ.

 

Obtener empleo y las deudas en Costa Rica

Existe una costumbre entre los empleadores, la de considerar el nivel de endeudamiento de un trabajador con parte de su hoja de vida. Tengo decenas de comentarios de personas que no han podido conseguir empleo, pues parte de la “investigación” que realiza el Empleador consiste en revisar cuantas deudas tiene.

Es entendible que en algunos puestos claves, este análisis sea necesario y lógico, sea como una excepción, pero como regla!? Vivimos en un país en que el nivel de endeudamiento en Tarjetas de Crédito alcanza casi los 900 mil millones de colones.

Estas decisiones de los Patronos, en vez de solventar un grave problema social viene a acrecentarlo, Por esta razón y por muchas otras, es necesario regular  los contratos de tarjetas de crédito mediante una Ley.

El informe del MEIC sobre Tarjetas de Credito y sus inconsistencias

Por mucho tiempo he venido dando seguimiento al Estudio que realiza el MEIC sobre Tarjetas de Crédito, en no pocas ocaciones me parecía que contenía informacion que no era acorde con la realidad, sobre todo en las tasas de interés que anotaba como máximas, Con el ultimo informe en la mano, me aboque a la tarea de comparar el informe con la realidad, particularmente con un estado de cuenta de una de las tarjetas de crédito.

Mientras que el informe del MEIC en su punto 3.7 , C y D  dice que Credix World redujo la tasa de interes en colones del 52% al 36% anual.

En un Estado de Cuenta de un Crédito de Credix World indica que la tasa Actual es del 4.5% mensual sin embargo a partir de Junio, indica, pasara a un 4,55% anual, entonces actualmente la tasa es del 52% anual y pasara al 54,6%.

 

Entonces, me entra la duda de como confiar en un Informe con este error, de estar equivocado agradecería me lo dejen saber.

 

 

Como proteger su Casa de Habitacion? : el Patrimonio Familiar

La casa donde habita la familia, tiene fuera de los legal un significado inmenso en el desarrollo de la Familia, tener un techo seguro es esencial. Esto lo reconoció el legislador y lo estampó en el articulo 42 del Código de Familia.

Como se protege?

Es un que toma el propietario en favor sea del cónyuge,  conviviente o de los hijos menores que  vivan en la casa.

Este acuerdo se debe de hacer ante un Notario Publico, y no paga ningún timbre o derecho de registro.

No es solo firmarlo ante el Notario, la protección aplica hasta que este debidamente inscrito!.-

Que protege realmente?:

– Basicamente queda protegido de los  embargos originados en deudas contraídas posteriormente a afectar el bien a patrimonio familiar.

– Si el propietario del bien contrae una deuda luego del “patrimonio familiar”, la casa no podría ser embargada si esa deuda no es pagada.

– Una vez afecto al patrimonio, el bien solo podrá ser vendido o hipotecado, con la autorización expresa del otro cónyuge, para mi, uno de los mayores beneficios de esta figura. Pues no solo es pensar en deudas con terceros, ante una vicisitud en las relaciones  dentro en el matrimonio, el bien no podría ser distraído o vendido a “espaldas” del otro conyuge.

Cuando se establece el patrimonio Familiar a favor de los hijos, se debe de tomar en cuenta que este acaba cuando estos llegan a ser mayores de edad. Por lo que lo conveniente es hacerlo a favor tanto del cónyuge junto con los hijos.

 

 

 

Fideicomisos y Testamentos en Costa Rica

Comentaba anteriomente que la mayoría de las veces nos preocupamos de como adquirir los bienes, de si los registramos a nombre nuestro, a nombre de una sociedad, etc. Pero poco nos preocupamos de pensar que va a pasar si la muerte nos visita.

Existen en mi criterio dos formas básicas ” para dejar solucionado el futuro” en caso de una muerte:

Testamento y Fideicomiso Testamentario.

El primero de ellos – el testamento – es básicamente es una manifestación de voluntad para decidir – en caso de muerte – como desea que se disponga de sus bienes.

Puede ser Testamento Abierto, sea que cualquiera puede leerlo y tener acceso a el en el Archivo Nacional. y el Testamento Cerrado, que como su nombre lodice, queda “secretamente” guardado en un sobre y se abrirá luego de morir el testador. Todos tienen formalidades que su Notario le indicara. 

Cuando se otorga un Testamento, los bienes siguen inscritos a nombre del testador y no sera hasta que se la muerte en que se van a traspasar.

Ahora, En cuanto al Fideicomiso Testamentario – podrías decir que es un paso mas del testamento, pues si bien, se debe de decidir que va a pasar con los bienes al momento de la muerte, utilizando esta formula, los bienes se “traspasan temporalmente” a nombre del Fiduciario. De esta forma ademas de tener cubierto el tema de que pasa al morir, durante toda la vigencia del fideicomiso, los bienes están protegidos.

La Usura en las tarjetas de crédito en Costa Rica

No queria salir esta semana de la oficina sin comentar el tema de la Usura, razón por la cual las deudas de tarjetas de crédito se han convertido en una amenaza social, mucha veces he comentado los tipos de interés que se cobran en este tipo de deudas.

Ahora bien, cada par de años nos encontramos con proyectos de ley que dicen venir a regular este tema, que van a acabar con esto y aquello, y al final nada sucede. Para tener clara la gravedad y la importancia de este tema, en la Convención Americana de Derechos Humanos, articulo 21 encontramos:

“… 3. Tanto la usura como cualquier otra forma de explotación del hombre por el hombre deben de ser prohibidas por la ley.-“

La trascendencia de este articulo y las implicaciones legales son profundas. Estaré comentando los avances y medidas que apoyado en él estaré tomando.

suerte!

 

Infografia – Algunos Datos sobre deudas de Tarjetas en Costa Rica

Esta Breve Infografia pretende resumir el estado actual de las deudas de tarjetas en Costa Rica.

El nuevo proceso de Desahucio en Costa Rica

Muy recientemente el proceso de Desahucio vario sustancialmente, y sobre todo en favor de los dueños de los inmuebles. Esta nueva regulación hará que el proceso de desalojo de los inquilinos sea mas rápido.

La idea de esta reforma es que el proceso expedito puede utilizarse en aquellos casos en que:

– Se venza el plazo del contrato.

– Se incumplan las clausulas del contrato.

– y sobre todo se de la falta de pago, tanto de la mensualidad como de las cuotas del condominio y o de los servicios públicos.

Otra novedad se da en el sentido que el Juez al ordenar el desahucio, puede a la vez, ordenar la retención preventiva de los bienes del demandado. Muchas veces con las anteriores reglas, el inquilino ademas de “vivir gratis” por meses, podía irse con menaje casa y era casi imposible para el dueño recuperar los alquileres que no le fueron pagados.

Esta reforma viene a equilibrar y mejorar la posición de los propietarios de comercios y casas de habitación en alquiler.

Todo dependerá ahora de como o cuan rápido los Juzgados tramiten y resuelvan los procesos.